Los contribuyentes tendrán hasta el 21 de noviembre para depositar los billetes no declarados que no estén bancarizados. Pero deberán iniciar el trámite antes de fin de mes.
El Gobierno nacional, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), decidió darle más tiempo a quienes quieren ingresar al blanqueo de capitales con dinero en efectivo. El plazo original previsto por la ley de “sinceramiento fiscal” imponía como límite para realizar el trámite completo el 31 de octubre. Ahora tendrán hasta el 21 de noviembre, pero tendrán que iniciar el trámite antes que concluya el corriente mes.
Los contribuyentes que deseen ingresar al régimen, deberán depositar el dinero en cuentas bancarias abiertas particularmente para el “sinceramiento”. El primer paso para realizar la declaración es gestionar una cuenta especial en cualquier entidad bancaria. Luego, se registra el efectivo a declarar, con la CBU de la cuenta en la cual se depositará el dinero, el monto total y el tipo de moneda.
Uno de los requisitos dispuestos por la AFIP para concretar la operación es que el monto depositado permanezca por al menos por seis meses, mientras que si el contribuyente desea comprar una propiedad, tiene la posibilidad de utilizarlo antes de ese vencimiento, si notifica a la AFIP con anticipación. Además, deberá cumplir con la obligación de concretar la operación con una transferencia electrónica al vendedor.
En primer lugar, y en función de los cambios de fechas, es importante explicar como se hace el trámite de aquí hasta el 21 de noviembre.
Paso I: Apertura de la cuenta bancaria especial en el banco
Hasta el 31 de octubre se puede solicitar la apertura de una cuenta especial para el blanqueo para depositar el dinero en efectivo no declarado.
Paso II: Ingreso a la página de la AFIP con la clave fiscal
Con el dato de esa cuenta, se debe ingresar en la página web de la AFIP con la clave fiscal, y al cliquear en la opción del servicio interactivo referido a las declaraciones del “sinceramiento fiscal” se completa una serie de datos. Allí se debe manifestar si el dinero se mantendrá en la cuenta bancaria por 6 meses o si se comprará un bien registrable o un fondo de inversión. La opción elegida también hay que informarla, previamente, en el banco. La clave fiscal (nivel de seguridad 3) se debe solicitar en la AFIP en www.afip.gob.ar y luego optar por el servicio interactivo referido al sinceramiento fiscal.
Paso a paso: cómo blanquear efectivo
Para sumas de hasta $ 305.000 no hay costo, mientras que para montos de $ 305.000 a $ 800.000 el impuesto es del 5% y para más de $ 800.000 del 10%.
1- Abrir una cuenta bancaria especial, según la opción de Sinceramiento elegida.
2- Acceder con clave fiscal al servicio Ley 27.260 – Declaración voluntaria y excepcional de bienes en el país y en el exterior. Allí ingresar el monto de dinero a sincerar, completar el destino (Permanencia) y generar el VEP por el 1% de adelanto del Impuesto Especial. Solo se generará el VEP cuando se declaren mas de 305.000 pesos
3- Pagar el VEP. En caso de corresponder. Y esperar a que impacte el pago en AFIP:
4- Visualizar el pago del VEP e imprimir el PDF con el comprobante de depósito.
5- Presentar el PDF y el comprobante de VEP pago al babo para depositar el dinero declarado.
6- Una vez confirmado el depósito, confirmar la Registración en el sitio web de la AFIP.
7- En la pestaña ‘Liquidación’ se podrá ver el detalle de la opción elegida.
8- En la pestaña ‘Pago’, generar el VEP por el resto del Impuesto Especial.
9- Pagar el VEP generado.
10- En la pestaña ‘Pago’ aparecerá ‘VEP Pagado’. A partir de esto se podrá presentar la Declaración Jurada. El sistema generará el comprobante del sinceramiento en PDF.
11- Cumplido el plazo de los 6 meses o llegado el 31 de marzo de 2017, ya se podrá disponer del dinero blanqueado.
Anónimo dice
ya tengo la cuenta fisca como declaro el efectivo a sincerar y el destino?
BUenas tartdes, quiero cargar un segundo deposito de moneda extranjera USD y no me permite, o sea avanza pero no me da opcion nuevamente de depositar dolares si otras monedas, como se puede hacer ??
El pago debe ser en efectivo o se podrian utilizar por ejemplo las retenciones del famoso 35%? gracias
Noo, el efectivo blanqueado
Ignacio, en la cuenta especial solamente se pueden hacer depósitos en efectivo? O tambièn se puede hacer una transferencia de otra cuenta?
Consulta. El paso 5 dice que hay que presentar el pago a la afip? No debería ser al banco?
Si, es verdad
Consulta el paso II que seria el inicio de la ddjj voluntaria se debe hacer antes del 31/10/2016 o puede ser despues de esa fecha