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Dudas y preguntas frecuentes del Régimen Permanente de Contribuciones de la Seguridad Social para Microempleadores Ley 26.940
¿Quiénes son considerados Microempleadores?
La ley define como microempleador a aquellos que cuentan con hasta 5 empleados y que muestran en 2013 una facturación anual menor a los $2.400.000, excluyendo las empresas constituidas como sociedades anónimas (SA). Solo pueden ingresar al nuevo régimen personas físicas (autónomos o monotributistas), sociedades de hecho, sociedades de responsabilidad limitada (SRL), o asociaciones civiles. Los empleadores que incrementen su nómina a 7 trabajadores seguirán en el régimen aunque pagarán contribuciones sin descuento por los trabajadores número 6 y 7.
¿A partir de qué período rige el beneficio de reducción de contribuciones para Microempleadores?
El beneficio de reducción de contribuciones establecido rige a partir del período devengado agosto de 2014.
Fuente: Art. 18 Dto. 1714/14 y Art. 6 RG 3683/14
¿Qué sujetos quedan excluidos del Régimen para Microempleadores?
Quedarán excluidos del Régimen Permanente de Contribuciones a la Seguridad Social para Microempleadores, quienes:
Soy un empleador del Régimen Agrario y cuento con una nómina de un (1) trabajador permanente y cuatro (4) trabajadores permanentes discontinuos (de temporada) ¿La reducción de contribuciones que prevé el Régimen de Microempleadores sólo alcanza al trabajador permanente, o también a los trabajadores permanentes discontinuos?
Siendo que a los fines de determinar su inclusión en el Régimen de Microempleadores debe considerarse la facturación bruta total anual neta de impuestos correspondiente al último período fiscal vencido, ¿qué parámetro debe utilizar el empleador que realiza una actividad exenta de IVA, toda vez que en este caso el último período fiscal vencido puede no coincidir con el año calendario al que corresponde la facturación bruta total?
¿Considerando que el monto máximo de facturación para adherir al Régimen de Microempleadores, conforme lo determina el artículo 6º de la RG 3683, debe surgir de DDJJ de IVA o impuesto a las ganancias, pueden los monotributistas adherir al mismo, siendo que no presentan tales DDJJ?
¿Se encuentran comprendidos en el Régimen de Microempleadores los Consorcios de Propietarios del Régimen de Propiedad Horizontal?
Cuando la reglamentación determina la posibilidad de inclusión en el Régimen de Microempleadores de ¿otros tipos societarios requeridos para desarrollar actividades específicas en los ámbitos provinciales¿ que podrán ser incluidos en el mismo por el Comité de Seguimiento, ¿a qué sujetos se está refiriendo?
Soy un Microempleador que mantiene el beneficio de reducción de contribuciones al cincuenta por ciento (50%) otorgado por la Ley 25.250 respecto de determinados trabajadores de mi nómina de personal (vg. mujer jefa de hogar). Ante la vigencia de la Ley 26.940 que establece un beneficio de reducción de contribuciones al cincuenta por ciento (50%) -igual al que ya vengo usufructuando-, ¿debo sustituir este último respecto de tal trabajadora o puedo mantener el beneficio otorgado por la Ley 25.250?
Soy un Microempleador que mantiene el beneficio de reducción de contribuciones al treinta y tres por ciento (33%) otorgado por la Ley 25.250 respecto de determinados trabajadores de mi nómina de personal. Ante la vigencia de la Ley 26.940 que establece un beneficio de reducción de contribuciones al cincuenta por ciento (50%), ¿puedo usufructuar este último respecto de tales trabajadores o debo mantener el beneficio otorgado por la Ley 25.250?
Soy un Microempleador en tanto cumplo con los requisitos que fija la Ley 26.940 en la definición de esta condición. No obstante ello, recién ahora tomo conocimiento del referido Régimen y por lo tanto del beneficio que el mismo conlleva ¿Puedo hacer uso retroactivo de tal beneficio?
Anónimo dice
Buenas noches Ignacio, un consulta, una Empleador tenia una persona como empleada Domestica, la cual renuncio al trabajar el día 31/10/2014 por el cual se dio la baja a esa fecha, ahora la quiere incorporar al negocio a tiempo parcial desde 02/12/014 puede usar el beneficio del 25 % de reducción?, ya que, tiene empleados mas gozando del beneficio de microempleadores. Cuando quiero dar el alta con el cod 304 no me lo permite, por ello mi consulta.
BUENAS TARDES IGNACIO, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE,
QUE SUCEDE SI RECTIFIQUE LAS DDJJ DE 8/2014, 09/2014 Y 10/2014 DESPUES DEL 28/11/2014. SE OTORGARA EL BENEFICIO DE LA REDUCCION DE LAS CONTRIBUCIONES DE SEG. SOCIAL??, GRACIAS POR TU PAGINAS ES DE SUMA UTILIDAD!!!
PUEDO PRESENTAR LAS RECTIFICATIVAS DE LAS DDJJs, PARA OBTENER LA REDUCCION EN LAS CONTRIB. SEGURIDAD SOCIAL, DE LOS PERIODOS 8/2014,9/2014 Y 10/2014, AUN DESPUES DE VENCIDO EL PLAZO QUE FUE EL 28/11/2014?, GRACIA, ROMINA
Me podrian indicar si alguien hizo la compensacion de las rectificativas ya que no pude hacerla por cuentas tributarias.
gracias
Me podrian indicar como se hace la compensacion de los saldos de las rectificativas ya que por cuentas tributarias no pude?
BUEN DIA IGNACIO, QUISIERA SABER COMO UTILIZO LOS SALDOS A FAVOR DE LAS RECTIFICATIVAS DE LOS MESES DE AGOSTO Y SEPTIEMBRE PARA COMPUTARLOS EN LA DDJJ DE NOVIEMBRE, YA QUE CUANDO PRESENTE LA DE OCTUBRE AUN NO ME FIGURABAN EN CUENTAS TRIBUTARIAS. GRACIAS
Hola.Consulto si ya presenté la rectificativa de Agto por otro error el 26/10 – orig el 31/08, puedo rectificar ahora condireando el beneficio o no?
Con respecto a las rectificativas, a que parte de la afip hay que ir con el saldo a favor que le quedan de las mismas e imputarlas a las cargas de noviembre, por ejemplo.
Gracias
Tengo un empleado , Quiero cambiar de ART y no me dejan porque dicen que por la LEY 26940 por seis meses no se puede efectuar cambio de ART , no lo encuentro en ningún lado , esto es asi o me están poniendo trabas para no perder el cliente , nunca me acogi a este beneficio..
Una constructora que debe seguir poniendo como codigo de contratación 24 por las normas vigentes, como puede reducir sus contribuciones?
Hola quería me ayuden con el siguiente caso: un empleador con dos empleados, uno de ellos con contrato a plazo fijo vencido el 15/08/14 en esa fecha pasa a tiempo indeterminado. Mi duda es si se puede tomar el beneficio por ese empleado a partir de septiembre (capitulo I) Gracias
Hola. Mi consulta es si tiene el beneficio de la reduccion el alta de un empleado que esta jubilado. Gracias.
buenas noches, mi consulta es sobre un caso particular….si una sucesion esta terminando el proceso sucesorio y sus empleados pasan a una S.A ya constituida, respetando el traspaso la antiguedad u otros conceptos que tenga el empleado, en la Sucesion se le da de baja y en la S.A. el alta, se consideran nuevos empleados para esta ultima?
Buenas tardes, mi caso es el siguiente: Mi empresa (SRL) cuenta con 5 empleados, se mantuvo el mismo personal durante todo el 2014, el tema es que en nómina tengo 6 en total ya que yo estoy incluido como Socio Gerente. El mes pasado (Octubre) me renunció un empleado y hasta el momento no volví a tomar a nadie, por ende pasé a tener 5 en nómina (4 empleados y yo)… necesito amablemente un salvavidas porque no entiendo si entro o no entro en el beneficio de microempleadores "con hasta 5 empleados", por otro lado todavía no tomé a nadie nuevo por miedo a que esa incorporación me deje afuera del régimen. Se entiende? Les agradecería enormemente cualquier ayuda que me puedan dar ya que, como a lagran mayoría, se me está haciendo muy cuesta arriba el pago de Cs. Sociales! Gracias, saludos
hola, mi patrón me cambio el código de contrato de trabajo para poder tener los beneficios y yo no puedo cobrar mis asignaciones familiares, me dice que la forma de contrato de trabajo no me permite percibir las asignaciones, me podría decir que debo hacer. tenia codigo 1 y me lo cambio a codigo 304.
Necesito saber que respuesta le dieron , ya que tengo el mismo problema con un empleado.
Gracias, aguardo respuesta.