Asignaciones Familiares: Ayuda Escolar Anual – Trabajadores de empresas y beneficiarios de ART incorporadas al SUAF.
La Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual, consiste en el pago anual de una suma de dinero por escolaridad que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que tenga derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo o Hijo con discapacidad, cuando éste concurra al Nivel Inicial (en el caso de aquellos que cuentan con autorización expresa de ANSES para el cobro de la Asignación Familiar por hijo con discapacidad), nivel primario o secundario.
Montos
Requisitos que debe reunir
- Ser trabajador en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares.
- Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y/o Hijo con Discapacidad, entre los meses de enero a diciembre de cada año.
- Presentar ante una Unidad de Atención de ANSES, previa solicitud de turno, entre la fecha de inicio del ciclo lectivo hasta el 31 de octubre de cada año, la documentación detallada en el ítem “DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR”. El plazo se extenderá hasta el 31 de diciembre de cada año en caso de que el hijo concurra a Escuela de Verano.
- Si ANSES liquida esta asignación en forma anticipada, es decir, con anterioridad a la presentación del Formulario para acreditar la escolaridad, se deberá presentar la documentación solicitada para confirmar ese pago anticipado y de no presentar la misma se descontará lo liquidado.
- Si ANSES no liquida en forma anticipada esta asignación, se podrá cobrar una vez presentada la documentación.
- El monto de estas Asignaciones Familiares está dado para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.
- Original del Formulario PS.2.68 Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial debidamente cumplimentado.
- Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del acta de matrimonio y original y fotocopia del certificado de defunción del titular.
- Hijo mayor de 18 años: Presentando original y fotocopia de su partida de nacimiento y original y fotocopia del certificado de defunción del titular.
- Representante legal de los hijos mayores de 18 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las partidas de nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del certificado de defunción del titular y fotocopia autenticada del testimonio de curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
- Representante legal de los hijos menores de 18 años: Presentando original y fotocopia de las partidas de nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del certificado de defunción del titular y fotocopia autenticada del testimonio judicial de guarda o tutela.
¿CUÁNDO HACE EL PAGO MASIVO LA ANSES?
- Para los trabajadores y beneficiarios de ART de empresas incorporadas al SUAF se pone al pago e marzo o abril de cada año
- Para los beneficiarios de la Prestación por Desempleo se abona a fines de febrero para los que perciben el Plan 1 y a principios de marzo para los del Plan 2.
- Para los jubilados y pensionados se paga en febrero de cada año, junto con los haberes.
Para más información acerca de la Ayuda Escolar Anual, se puede ingresar al sitio web de la ANSES www.anses.gob.ar.
Adrian gonzalez dice
Hola buen día ,mi consulta es por la asignación atp ,mi empleador me dice que ya presento todos mis papeles ,y que la Anses techado mi pago por algún problema de administración de Anses me sale rechazado ,quería saber si es verdad o es una forrada de mi empleador y se quedó con mi dinero .,este es mi cuil,20247621513 .te agradecería que me respondas en breve porque en Ezeiza ala fecha están de paro por falta de pagos de los empleados ..11/05/2020 ,desee ya muchas gracias .
joana dice
hola quiero saber que problema puede ser si el papá de mi hija es monotributista y yo ya hice el formulario madre para cobrar yo la asignacion porque el motivo de no poder cobrarla.
Anónimo dice
Buenas… capaz q mi consulta es media torpe… pero yo estoy como empleada de comercio y soy preventista. tengo dueldo en comision por ventas.. ahora la escolaridad la paga mi patron o lo cobro en donde cobro las asignaciones por hijo? desde ya muchas gracias.
Hola, todas las asignaciones las paga la ANSES
si presente el formulario en agosto del 2014 porque nunca cobre la ayuda escolar?, he ido en otras oportunidades averiguar y me han mandado a sacar turno de nuevo, no me parece perder tiempo cuando trabajo y no puedo salir hacer tramites xq los empleados del anses no hagan bien las cosas. me gustaria tener una respuesta favorable
si presente el formulario en agosto del 2014 porque nunca cobre la ayuda escolar?, he ido en otras oportunidades averiguar y me han mandado a sacar turno de nuevo, no me parece perder tiempo cuando trabajo y no puedo salir hacer tramites xq los empleados del anses no hagan bien las cosas. me gustaria tener una respuesta favorable
Hola hice todo el tramite de escolaridad y quisiera saber cuando cobro hace mas d un mes
hola figuro donde debo cobrar pero en el banco no figura nada
hola figuro donde debo cobrar pero en el banco no figura nada
Presenté el formulario en Anses el dia 25 de abril tienen idea que dia lo cobraría? Tarda un mes aproximadamente?
Si inicie el trámite este mes cuando cobraria y donde
Hola puedo imprimir el formulario de ayuda escolar anual por computadora x me es imposible comunicarme gracias
pq al colocar el año lectivo en lugar de 2014 me da solo la opcion 2013?
HOLA IGNACIO. COMO ANDAS. LO DE CARGAR LOS DATOS DEL TRABAJADOR EN MI SIMPLIFICACION ES IMPOSIBLE. EL 99.9% DE LAS VECES, DICE QUE SE DISCULPA PORQUE LA ANSES ESTA TRABAJANDO. ME PARECE QUE LO MEJOR ES DECIRLE AL EMPLEADO ANTES DE QUE INGRESE A LA EMPRESA ES QUE SE VAYA A LA ANSES A DAR DE ALTA SUS CARGAS DE FAMILIAS.
NUNCA ANDA PARA DAR DE ALTA O REALIZAR ALGUNA CONSULTA SOBRE VINCULOS FAMILIARES.
SALUDOS. JUAN-VILLA MARIA-CORDOBA