Empleados incorporados al SUAF cobrarán en marzo y abril, jubilados y beneficiarios de prestación por desempleo en febrero
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informa que pagará la Ayuda Escolar Anual correspondiente al ciclo lectivo 2011 a todos los trabajadores en relación de dependencia de empresas incorporadas a SUAF que tengan derecho al cobro de la Asignación por Hijo o Hijo con Discapacidad. También la percibirán los beneficiarios de ART, beneficiarios de la Prestación por Desempleo, jubilados y pensionados.
La prestación que alcanza aproximadamente a 3.305.750 alumnos, hijos de trabajadores en relación de dependencia que concurren a establecimientos de carácter nacional, provincial, municipal o privados incorporados a la enseñanza oficial donde se imparta enseñanza de Nivel Inicial, EGB, Polimodal o Primaria y Secundaria de todo el país, o cuando el hijo con discapacidad concurra a establecimientos en los cuales se dicte enseñanza diferencial o rehabilitación inclusive cuando sea impartida por maestros particulares con matrícula habilitante.
El esquema de pagos de la ayuda escolar 2011 será el siguiente:
• Trabajadores de empresas incorporadas a SUAF: meses de marzo y abril.
• Jubilados y pensionados: con los haberes de febrero.
• Beneficiarios de la Prestación por Desempleo: con la cuota correspondiente a febrero.
El monto general de la Asignación Familiar es de $170 y varía en el caso de los trabajadores en relación de dependencia que desarrollan actividad en zonas diferenciales, y de los jubilados y pensionados que residen y perciben sus haberes en zonas diferenciales. El tope máximo para cobrar esta Asignación es de $ 4.800, y no tiene tope en el caso de Hijo con Discapacidad.
EN QUÉ CASOS EL COBRO ES AUTOMÁTICO
El cobro de la Asignación será automático, sin necesidad de presentar el certificado escolar, para todos aquellos trabajadores de empresas incorporadas a SUAF, jubilados, pensionados, y beneficiarios de la Prestación por Desempleo cuyos hijos tengan entre 5 y 17 años.
Los trabajadores de empresas incorporadas a SUAF que no hayan percibido el pago automático, deberán presentar el formulario PS 2.51 “Solicitud Asignaciones Familiares por Ayuda Escolar Anual – SUAF” ante ANSES dentro de los 120 días de comenzado el ciclo escolar.
Los jubilados y pensionados y los Beneficiarios de la Prestación por Desempleo deberán presentar el original del Certificado Escolar que acredite la concurrencia del hijo al ciclo lectivo dentro de los 120 días de iniciado el mismo.
EN QUÉ CASOS HAY QUE PRESENTAR DOCUMENTACIÓN
En el caso que los hijos tengan menos de 5 años, entre 17 y 18 años, y cuando se trate de hijos con discapacidad el pago no será automático y se deberá presentar documentación de respaldo para percibir la Asignación.
La documentación a presentar ante ANSES dentro de los 120 días de comenzado el ciclo escolar es la siguiente:
• Trabajadores de empresas incorporadas a SUAF: Formulario PS 2.51 “Solicitud Asignaciones Familiares por Ayuda Escolar Anual – SUAF”.
• Jubilados y pensionados: Certificado de inicio de ciclo lectivo o formulario PS 2.51.
• Beneficiarios de la Prestación por Desempleo: Certificado de inicio lectivo o formulario PS 2.51.
En todos los casos el certificado escolar original emitido por el colegio puede reemplazar la cumplimentación del rubro 2 o 3 del Formulario PS 2.51.
Fuente: ANSES
adriana dice
hola asta cuando tengo tiempo para entregar los formularios de la asignacion por que sabia que era asta el 30 de diciembre
hace 1 año q le deben el retroactivo a mi hija, la ansès me dice q como est año se cambió a un colegio privado (pero también parte es estatal)no cobrará ese retroactivo, yo me pregunto¿ porq si en ese momento iba a colegio estatal? q pasó con su plata? q debo hacer? gracias!!
hola soy elba,quisiera saber como tengo que hacer para cobrar la ayuda escolar?mi nena esta en jardin de 5 te agradeceria tu respuesta
HE OLVIDADO PRESENTAR EL CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD DE MI HIJO QUE VA A PRIMER AÑO DE POLIMODAL, TENGO TIEMPO DE PRESENTARLO?
hola Ignacio, tengo un nene de 2 años que asiste a una guarderia estatal en la provincia de entre rios. trabajo en dependencia y cobro la asignaicon familiar por hijo. le corresponde la ayuda escolar? tengo que pedir el certificado? o las guarderias no estan incluidas? gracias. Andrea.
hola soy reinaldo y mi pregunta es si tenes conosimiento si van aumentar el tope d 4800$ para cobrar la asignacion?
Hola, quería saber como tengo q hacer para cobrar una prestación por desempleo q no pude ir a retirar por estar enferma? Gracias
Buen Dia Ignacio, me llamo Gustavo y necesitaba saber lo siguiente:Mi empleador me liquido el sueldo en tres oportunidades por sobre $5000.Por tal motivo no percibi la liquidacion por SUAF Asignacion familiar. Queria saber si presentando una declaracion jurada por parte de mi empleador consignando dicho pago que responde a un retroactivo y no a un aumento. Yo puedo llegar a cobrar lo que no me pagaron hasta hoy? y si es posible que Anses al tomar este valor en mi sueldo me saque del sistema al cobrar por mas de 2 meses consecutivos?
Desde ya muchas gracias. Espero se entienda mi consulta.
Hola, mi inquietud es que desde enero dejaron de pagarme asignación por hijo y tampoco me pagaron ayuda escolar, soy empleada del Ministerio de Salud de la Nación y me respondieron que no los cobré por superar el tope de 4800pesos. Tengo entendido que por las resoluciones grales de AFIP nros.3073 y 3074, ese tope aumentó desde el 04/04/2011 y es retroactivo al 1ro de enero.¿Me correspondería cobrar nuevamente esas asignaciones? (teniendo en cuenta que el nuevo tope no me comprende). Muchas Gracias. Beatriz
Hola Ignacio, soy Anahi otra vez, te aclaro un poco más:la separacion entre SUELDO y ADELANTO se refiere al aplicativo Sicoss, por eso te comento "como pide Afip". Declaro $50 de SUELDO por 2 días y $1600 de ADELANTO VACACIONES.El empleado no cobro AAFF segun anses porque no llego a los $100 de minimo en el sueldo.Ya acá no me parece a mi criterio coherente porque el empleado tuvo remuneracion por $1700.
Otra cosa es que los meses anteriores al mismo empleado por tener sueldo a comision, se le declaraba los $1500 en el item PREMIOS y en SUELDO $0 y sin embargo SI cobraban Asignaciones… que opinás?
Hola Omar, en principio sería el salario mínimo vital y móvil
Hola Anah, disculalpame pero no entiendo la pregunta, a que te referís con "el adelanto separado como pide afip de sueldo"? Si te referís al pago de adelanto por vacaciones, no es algo que pida la AFIP, si no es lo que establece la ley de contrato de trabajo, y no hay nada que hacer con eso, es así.
Entiendo que la ANSES no pago en ese mes porque superó los topes establecidos para cobrar asignaciones familiares, si en meses posteriores quedan por debajo del tope, volverán a cobrar las asignaciones.
No hay que "mentir" ni falsear ningún dato, son las reglas del juego.
No se si es a eso a lo que te referís?
saludos
Hola Ignacio, soy Anah, trabajo en un estudio contable liquidando sueldos. Me pasa que en estas vacaciones he declarado el adelanto separado como pide afip de sueldo. Obviamente los q tienen 28 o 35 dias de vacaciones solo declare adelanto y me llega el reclamo de los empleados que no cobraron asignacion familiar.Anses no atiende ni al 130 ni me reponde por mail,intento que los empleados cobren porque es lo que corresponde y que Afip no me reclame por rectificar la DDJJ tocando el adelanto en $100 menos y "mintiendo" de alguna manera un sueldo de mas de $100 para que puedan cobrar. Cual es tu opinion? siempre uso tu blog de referencia para los casos dudosos que se me presentan, te felicito-
hola me llamo omar quisiera saber cual es el tope maximo de sueldo para cobrar la asignacion universal
Ignacio me explico mejor, las asignaciones las vengo cobrando yo porque tengo un trabajo en blanco, lo que yo queria saber es si ahora que ella posee una pension no contributiva por invalidez podria comenzar a cobrarla ella. Ignacio muchisimas gracias por tu respuesta. Saludos.
Angela, la asignación corresponde a los trabajadores en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares.