El proyecto para limitar el trabajo los fines de semana avanza en la cámara baja. Ya cuenta con aprobación del Senado, y ahora fue avalado por la comisión de legislación del trabajo de la Cámara de Diputados.
Si bien comprenderá a todos los sectores, los empleados de comercio serán los más beneficiados, ya que afectará con fuerza a los comercios establecidos en grandes superficies, como supermercados y shoppings-, que actualmente pueden disponer de los empleados los fines de semana casi sin costo adicional.
El proyecto se había estancados, el Senado le había dado luz verde en el 2010. Pero ahora, la comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, presidida por el legislador oficialista y asesor legal de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Recalde, avaló la inciativa elaborada por los legisladores justicialistas María de los Ángeles Higonet y Carlos Verna.
De acuerdo a la Agencia FOIA, en una de las últimas reuniones realizadas por la comisión, este proyecto había sido incluido en el temario y algunos diputados habían manifestado reparosrespecto al impacto sobre los rubros basados netamente en la actividad de los fines de semana.
Sin embargo, en este nuevo encuentro ninguno levantó la voz y el proyecto se firmó sin discusiones. De esta manera, la iniciativa quedó lista para ir al recinto y, si los diputados la aprueban, será convertida en ley.
El proyecto
El proyecto establece que el empleado que preste sus servicios entre las 13 horas del sábado y las 24 horas del domingo, “medie o no autorización, sea por las circunstancias previstas en el artículo 203 o por estar comprendido en las excepciones que, con carácter permanente o transitorio se dicten”, deberá recibir del empleador el sueldo habitual con el 100% de recargo, “sin perjuicio de su obligación de otorgar franco compensatorio en la semana siguiente”.
Los cambios propuestos
En la actualidad, la LCT establece que corresponde pagar con un 100% de recargo las horas que se trabajen los días sábados -después de las 13 horas-, como así también los domingos y feriados. Asimismo, el marco vigente determina que se debe otorgar un franco compensatorio.
Sin embargo, con la posterior publicación del decreto 2284/91 de desregulación económica,dichas restricciones de horarios y días fueron suprimidas para la prestación de servicios de venta, empaque, expedición, administración y otras actividades comerciales afines.
Así las cosas, las empresas pueden disponer que los empleados trabajen los fines de semana sin que reciban una compensación por hacerlo en esos días, excepto que el convenio colectivo que los agrupe así lo establezca -tal como sucede con quienes se desempeñan en las estaciones de servicio, donde sí está vigente-.
El incumplimiento en el otorgamiento de los francos será sancionado. Al respecto, el proyecto de ley, que cuenta con aval del Gobierno, plantea dos cambiossustanciales.
En primer lugar, modifica el artículo 204 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que es el que establece la prohibición de trabajar desde las 13 horas del día sábado hasta las veinticuatro horas del día siguiente. Esta limitación se mantiene en la nueva redacción del artículo, perocambian los “casos de excepción” respecto de la versión original.
La normativa actual fija como tales a situaciones de fuerza mayor, peligros, accidentes o “exigencias excepcionales de la empresa”, en base al criterio de “colaborar con el logro de la compañía”.
La nueva propuesta acota a éstas, quedando contemplados sólo los casos de fuerza mayor, peligros, accidentes o aquellos que “las leyes y reglamentaciones prevean”, dejando, tal como sostienen los especialistas, un criterio muy ambiguo.
La normativa vigente le da preponderancia a la empresa y le permite administrar los descansos de los trabajadores en función de las necesidades de producción.
En cambio, este punto se modifica con la aprobación del nuevo artículo, dado que el descanso compensatorio se deberá gozar obligatoriamente “en la semana siguiente”.
Por otro lado, los legisladores proponen modificar el artículo 207 de la LCT, que versa sobre los salarios por días de descanso no gozados.
Hoy por hoy, la normativa estipula que si se trabajase en la polémica banda horaria del fin de semana y se omitiera dar el descanso compensatorio en tiempo y forma, el empleado puede comunicar formalmente -24 horas antes, como mínimo- que lo tomará a partir del primer día hábil de la semana subsiguiente.
Si se aprueba, la empresa -además de dar el franco- obligatoriamente tendrá que abonar el salario habitual con el 100% de recargo.
Anónimo dice
espero que se apruebe porque estoy re podrido de trabajar los domingos
consulta a mi me pagan los domingos al 100 y en la semana siguiente tengo el franco q corresponde al domingo mas el medio franco por trabajar los sabados a la tarde, mi consulta es si cierran los domingos, entonce solamente me pagarian los sabados q trabaje despues de las 13 hs?
aver, yo trabajo los domingos y me lo pagan aparte al 100 y en la semana siguiente me dan un franco semanal, ahora yo consulto si cierran los domingos, me van a pagar los sabados al 100 y los domingos serian los francos? todo bien igual esta bueno tener franco en la semana y el medio franco del sabado
Será vigente para los vigiladores privados? O, como siempre, algún convenio va a estar por encima de la ley.
ojala no es lindo trabajar los domingos,el que no esta de acuerdo con esta ley es por que no trabaja los domingos o capaz que se lleva la mejor recaudacion de la semana o no?
No estoy de acuerdo con esta ley, porque limita la libertad de las personas que elegimos otro dia para descansar. El primer dia de la semana (domingo) ES laborable y el séptimo día (sábado)es día de descanso. Así lo estableció Dios y no somos nadie para cambiarlo. Deseo que esto no prospere.
que carajo tiene que ver dios. empresario hijo de puta
No se que dia descansó Dios, pero lo que SÍ se, es que todo este bendito país descansa los DOMINGOS, y así debe ser.
ojala salgo la ley, y que los empresarios la cumplan porque la mayoria no lo hacen. partamos de la base que muchos mercantiles estan en negro.