Rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares 2012
mínimos y máximos aplicable a los beneficiarios de las Asignaciones
Familiares será de $200 y $14.000 respectivamente, por Decreto 1668/2012
publicado hoy en el Boletín Oficial.
Por Decreto 1667/12, publicado hoy en el Boletín Oficial, se establece que los límites que condicionan el otorgamiento de las asignaciones familiares o la cuantía de las mismas, se calcularán en función de la totalidad de los ingresos correspondientes al grupo familiar.
El límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a los beneficiarios de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, correspondientes al grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto Nº 1.667 de fecha 12 de setiembre de 2012, será de $ 200 y $ 14.000 respectivamente.
La percepción de un ingreso superior a $ 7.000 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido en el artículo 1° del presente.
Los topes previstos no resultan aplicables para la liquidación de la Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad, ni para la determinación del valor de la Asignación por Maternidad correspondiente a la trabajadora.
El personal que preste servicios bajo relación de dependencia en el Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, percibirá las asignaciones familiares establecidas para los trabajadores comprendidos en el inciso a) del artículo 1° de la Ley Nº 24.714, en forma directa a través de la ANSES.
Comenzará a regir para las asignaciones familiares devengadas en el mes de septiembre de 2012.
El personal que preste servicios bajo relación de dependencia en el Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, percibirá las asignaciones familiares establecidas para los trabajadores comprendidos en el inciso a) del artículo 1° de la Ley Nº 24.714, en forma directa a través de la ANSES. Comenzará a regir a partir de las asignaciones familiares devengadas en el mes de enero de 2013.
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ASIGNACIONES FAMILIARES | VALOR GRAL. | ZONA 1 | ZONA 2 | ZONA 3 | ZONA 4 |
---|---|---|---|---|---|
MATERNIDAD | |||||
Sin tope de Ingreso Grupo Familiar (IGF) | Remuneración Bruta | ||||
NACIMIENTO | |||||
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 600 | $ 600 | $ 600 | $ 600 | $ 600 |
ADOPCION | |||||
IGF entre $ 200,00.- – y $ 14.000.- | $ 3.600 | $ 3.600 | $ 3.600 | $ 3.600 | $ 3.600 |
MATRIMONIO | |||||
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 900 | $ 900 | $ 900 | $ 900 | $ 900 |
PRENATAL | |||||
IGF entre $ 200,00.- y $ 3.200.- | $ 340 | $ 340 | $ 733 | $ 680 | $ 733 |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 250 | $ 331 | $ 497 | $ 662 | $ 662 |
IGF entre $ 4.400,01.- y $ 6.000.- | $ 160 | $ 318 | $ 477 | $ 635 | $ 635 |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 14.000.- | $ 90 | $ 179 | $ 269 | $ 357 | $ 357 |
HIJO | |||||
IGF entre $ 200,00.- y $ 3.200.- | $ 340 | $ 340 | $ 733 | $ 680 | $ 733 |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 250 | $ 331 | $ 497 | $ 662 | $ 662 |
IGF entre $ 4.400,01.- y $ 6.000.- | $ 160 | $ 318 | $ 477 | $ 635 | $ 635 |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 14.000.- | $ 90 | $ 179 | $ 269 | $ 357 | $ 357 |
HIJO CON DISCAPACIDAD | |||||
IGF hasta $ 3.200.- | $ 1.200 | $ 1.200 | $ 1.800 | $ 2.400 | $ 2.400 |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 900 | $ 1.200 | $ 1.800 | $ 2.400 | $ 2.400 |
IGF superior a $ 4.400.- | $ 600 | $ 1.200 | $ 1.800 | $ 2.400 | $ 2.400 |
AYUDA ESCOLAR ANUAL | |||||
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 170 | $ 340 | $ 510 | $ 680 | $ 680 |
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD | |||||
Sin tope de IGF | $ 170 | $ 340 | $ 510 | $ 680 | $ 680 |
ANEXO II MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA BENEFICIARIOS DE LA PRESTACION POR DESEMPLEO
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ASIGNACIONES FAMILIARES | VALOR GRAL. |
---|---|
NACIMIENTO | |
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 600.- |
ADOPCION | |
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 3.600.- |
MATRIMONIO | |
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 900.- |
PRENATAL | |
IGF entre $ 200,00.- y $ 3.200.- | $ 340.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 250.- |
IGF entre $ 4.400,01.- y $ 6.000.- | $ 160.- |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 14.000.- | $ 90.- |
HIJO | |
IGF entre $ 200,00.- y $ 3.200.- | $ 340.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 250.- |
IGF entre $ 4.400,01.- y $ 6.000.- | $ 160.- |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 14.000.- | $ 90.- |
HIJO CON DISCAPACIDAD | |
IGF hasta $ 3.200.- | $ 1.200.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 900.- |
IGF superior a $ 4.400,00.- | $ 600.- |
AYUDA ESCOLAR ANUAL | |
$ 170.- | |
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 170.- |
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD | |
Sin tope de IGF | $ 170.- |
ANEXO III
MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TITULARES DEL SIPA
table.tableizer-table {border: 1px solid #CCC; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 12px;} .tableizer-table td {padding: 4px; margin: 3px; border: 1px solid #ccc;}
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ASIGNACIONES FAMILIARES | VALOR GRAL. | ZONA 1 |
---|---|---|
CONYUGE | ||
Ingreso Grupo Familiar (IGF) entre $ 200,00.- y | ||
$ 14.000.- | $ 41.- | $ 82.- |
HIJO | ||
IGF entre $ 200,00.- y $ 3.200.- | $ 340.- | $ 340.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 250.- | $ 331.- |
IGF entre $ 4.400,01.- y $ 6.000.- | $ 160.- | $ 318.- |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 14.000.- | $ 90.- | $ 179.- |
HIJO CON DISCAPACIDAD | ||
IGF hasta $ 3.200.- | $ 1.200.- | $ 1.200.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 900.- | $ 1.200.- |
IGF superior a $ 4.400,00.- | $ 600.- | $ 1.200.- |
AYUDA ESCOLAR ANUAL | ||
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 170.- | $ 340.- |
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA | ||
HIJO CON DISCAPACIDAD | ||
Sin tope de IGF | $ 170.- | $ 340.- |
Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.
MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
PARA VETERANOS DE GUERRA DEL ATLANTICO SUR
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ASIGNACIONES FAMILIARES | VALOR GRAL. | ZONA 1 |
---|---|---|
CONYUGE | ||
Ingreso Grupo Familiar (IGF) entre $ 200,00.- y | ||
$ 14.000.- | $ 41.- | $ 82.- |
HIJO | ||
IGF entre $ 200,00.- y $ 3.200.- | $ 340.- | $ 340.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 250.- | $ 331.- |
IGF entre $ 4.400,01.- y $ 6.000.- | $ 160.- | $ 318.- |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 14.000.- | $ 90.- | $ 179.- |
HIJO CON DISCAPACIDAD | ||
IGF hasta $ 3.200.- | $ 1.200.- | $ 1.200.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 900.- | $ 1.200.- |
IGF superior a $ 4.400,00.- | $ 600.- | $ 1.200.- |
AYUDA ESCOLAR ANUAL | ||
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 170.- | $ 340.- |
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA | ||
HIJO CON DISCAPACIDAD | ||
Sin tope de IGF | $ 170.- | $ 340.- |
ANEXO IV MONTOS PARA TITULARES DE ASIGNACIONES UNIVERSALES PARA PROTECCION SOCIAL
table.tableizer-table {border: 1px solid #CCC; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 12px;} .tableizer-table td {padding: 4px; margin: 3px; border: 1px solid #ccc;}
.tableizer-table th {background-color: #104E8B; color: #FFF; font-weight: bold;}
ASIGNACIONES FAMILIARES | VALOR GRAL. | ZONA 1 |
---|---|---|
CONYUGE | ||
Ingreso Grupo Familiar (IGF) entre $ 200,00.- y | ||
$ 14.000.- | $ 41.- | $ 82.- |
HIJO | ||
IGF entre $ 200,00.- y $ 3.200.- | $ 340.- | $ 340.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 250.- | $ 331.- |
IGF entre $ 4.400,01.- y $ 6.000.- | $ 160.- | $ 318.- |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 14.000.- | $ 90.- | $ 179.- |
HIJO CON DISCAPACIDAD | ||
IGF hasta $ 3.200.- | $ 1.200.- | $ 1.200.- |
IGF entre $ 3.200,01.- y $ 4.400.- | $ 900.- | $ 1.200.- |
IGF superior a $ 4.400,00.- | $ 600.- | $ 1.200.- |
AYUDA ESCOLAR ANUAL | ||
IGF entre $ 200,00.- y $ 14.000.- | $ 170.- | $ 340.- |
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA | ||
HIJO CON DISCAPACIDAD | ||
Sin tope de IGF | $ 170.- | $ 340.- |
Anónimo dice
hola necesito saver que paso, porque fui a creditar los datos en el anses de mis hijo,y me agaron solo por 1,y tengo 3
necesito saber porque en la consulta de cobro de asignacion fliar correspondiente al 10/2012 dice que no existe liquidacion para datos ingresados
Hola estuve verificando fechas de cobro correspondiente a 10/2012de asignacion familiar por la web y dice que no existe liquidacion para datos ingresados.
A todos y a todas nos cag…………..
que lastima me da mi sociedad, que poco humanismo, cuanta discrimincaion racismo y soberbia… me encanta porq los que sacan mano diciendo YO ESTUDIE!! y bla bla soy profesional y bla bla, loco, lo que menos aprendieron fue el respeto al otro, asco si no es este gobierno es otro, pero que? otro a favor de los culo roto nada mas?? y con eso contentos?? este mal bien o regular, REGULA.MEDIA un pokito para aca y otro para alla.. CUANTO MARY RICHMOND LEYERON? cuuando dice el pobre es pobre porque quiere lo dice para poder enfocar sus analisis con logica!! no porque realmente asi lo es, el mundo es asi no hay pobres si no hay ricos y no hay ricos sino hay pobres. la palabra AYUDA la conocen?? estaria bueno dejar de mirar para adentro y empezar a ver q se puede hacer… mucho de los q dicen ser profesionales, son las peores bestias maltratan niños y ancianos con sus malos modales (asquerosamente) discriminan, se creen mas que otros..TODOS SOMOS SERES HUMANOS (UNOS TENDRAN LOS MOCOS COLGANDO, OTROS PEOR, SE LOS COMEN, OTROS LOS ESCUPEN, Y OTROS REFINADAMNTE TAN SOLO SE TOCAN LA PUNTA DE LA NARIZ para secar la gota) sin embargo TODOS TENEMOS LOS MISMOS DERECHOS… APREHENDER A SER HUMANOS ..HACE FALTA, DESPUES DE TODO LOS NIÑOS NO TIENEN LA CULPA…..
HAGO UNA CONSULTA, SI MI ESPOSA CABRA $6.000 Y YO COMO EMPLEADO DE COMERCIO $4200, ESTO IMPORTES SE SUMA? COBRO LA ASIGNACIÓN
Entonces, una madre separada, cuyo sueldo bruto es de $4200.00 y cuyo ex-concubino, padre de sus hijos cobra un monto superior a $7000.00 dejaría de tener el beneficio?
asi es, este mes no lo pude cobrar porque mi ex lo supera, aunque no somos un grupo familiar tiene en cuenta el vinculo con los hijos, es decir, nos re jorobaron!!!
Entonces, una mujer separada cuyo sueldo bruno sea de $4200.00 y cuyo ex concubino, padre de sus hijos, cobre mas de $7000.00 no tendría el beneficio de las asignaciones familiares?
Entonces, una mujer separada cuyo sueldo bruno sea de $4200.00 y cuyo ex concubino, padre de sus hijos, cobre mas de $7000.00 no tendría el beneficio de las asignaciones familiares?
Tenemos que sacar a esta vieja de la presidencia por que se las agarro
con los que ponemos el hombro todos los dìas.
UNA CONSULTA.. LAS ASIGNACIONES TE LA SIGUEN PAGANDO DESDE ANSES NO? LO EMPLEADORES NO LAS PAGAN NO?
Anonimo:
Ignacio, leyendo el nuevo tema de asignaciones familiares no tengo en claro lo siguiente:
– Mujer trabaja relacion de dependencia, pero divorciada de su marido, que se debe tomar con ingreso familiar?.
– Mujer trabaja relacion de dependencia, pero el marido desapareció sin divorcio ¿que se toma como ingreso familiar?
– Mujer trabaja relación de dependencia, marido monotributista o RI, que se toma como ingreso.
Muchas gracias.
Ignacio, los trabajadores no podemos hacer algo para parar este robo que nos estan haciendo. Isabel
Qué robo?
No votarla mas.
como hago para cobrar la ayuda escolar
tienes mucha razon estoy de acuedo con todo,al final el que trabaja,el que lucha por ganar su dinero dignamente en este pais no vale.Siempre se termina compensando AL VAGO,nunca al que pago sus impuesto, al que quiere un pais justo,al que lucha dia a dia por darle una educacion a sus hijos.Que mal.Los planes de Cristinas son "PLANES DESCANSAR",porque el dinero les viene de arriba sin hacer nada,y encima se dedican a matar y a robar a la gente decente ,me da asco las personas que gobiernan este hermoso pais.Me encantaria que todas esas personas se alimentaran y vistieran con el dinero que ellos dicen.Nos toman el pelo para sumarle ,lo que poco que ganas,viene cualquier y te robo y encima tenes que decir gracias porque no te mata. Es un asco ver cuantas familias destrosadas hay por chicos de 12, 13, 15 años que matan, y despues salen a pedir por los derechos de esos chicos, que chicos ASESINOS no les importa nada y los derechos de uno que todos los dias se levanta para laburar dignamente y ganarse el dinero como corresponde ¿ quien los defienden?.Por favor dejemonos de joder de tanta injusticia y empecemos a defender los derechos de gente digna ,de la gente que trabaja dia a dia y quiere un pais de verdad.