En el Sistema de Fondo Compensador, el empleador adelanta el pago de las Asignaciones Familiares a cargo del Estado a todos sus empleados y, este último, le permite la compensación de las sumas abonadas contra las contribuciones de la Seguridad Social que adeude. De resultar las contribuciones inferiores a las Asignaciones Familiares pagadas, surgirá un saldo a favor del empleador, que dará lugar a la Solicitud de Reintegro a tramitar ante ANSES.
Ayuda Escolar
Consiste en el pago anual de una suma de dinero por escolaridad que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) con derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y / o Hijo con Discapacidad. Se abona a uno solo de los progenitores / guardadores / tutores o curadores a la persona.
Pasos a seguir
* Puede ser percibida con los haberes del mes inmediato anterior al del inicio del ciclo lectivo, siempre que se haya acreditado ante el empleador / Aseguradora de Riesgos del Trabajo la asistencia al ciclo lectivo del año anterior debiendo presentar el certificado de inicio dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo. También puede ser percibida dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo contra la presentación del certificado de inicio respectivo dentro del plazo antes citado.
* En los casos de Educación Diferencial o de asistencia a tratamientos de rehabilitación, la solicitud de liquidación de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual puede formularse en cualquier época del año, pero siempre que se presente el certificado respectivo dentro de los ciento veinte (120) días de comenzada la asistencia a los cursos respectivos.
Requisitos que debe presentar
DEL TITULAR
Ser trabajador en relación de dependencia o beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y / o Hijo con Discapacidad.
Presentar el Formulario PS.2.51 o certificado de inicio de clases ante la Empresa / ART, dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo.
Presentar el Formulario PS.2.51 o certificado de rehabilitación ante la Empresa / ART, dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el tratamiento, de tratarse de un hijo con discapacidad.
El monto de esta Asignación Familiar está dado para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.
DEL HIJO
Que el hijo curse desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o Educación General Básica o Polimodal en Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.
Que el hijo concurra regularmente a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. En los casos en que el menor concurra a Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el Nivel Inicial.
DEL HIJO CON DISCAPACIDAD
Que el hijo con discapacidad, que cuente con Autorización expresa de ANSES, cualquier sea su edad, concurra a Establecimientos Educacionales donde se imparta Nivel Inicial, Educación General Básica, Polimodal o Enseñanza Diferencial o a Establecimientos Oficiales o Privados controlados por autoridad competente en los que se presten servicios de rehabilitación exclusivamente, o cuando reciban Enseñanza Diferencial impartida por maestros particulares que posean matrícula habilitante o impartida individualmente aunque la misma no se realice en Establecimientos Oficiales o Privados.
Documentación a presentar
Pueden optar por la presentación de:
– Original del Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares”, u
– Original del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo correspondiente al año que se liquida expedido por:
• La Escuela, o
• Establecimiento Educacional, o
• Maestro Particular, o
• Centro o Instituto de Rehabilitación,
del que debe surgir:
-Identificación de la Escuela, Instituto o Establecimiento Educacional;
– Nombre y apellido del alumno;
– Fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado, con aclaración, en este caso, del tipo y número de matrícula habilitante del responsable del tratamiento;
– Nivel y tipo de escolaridad o de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado;
– Fecha de emisión;
– Sello del Establecimiento con los datos institucionales;
– Firma de la Autoridad competente.
El original del Formulario PS.2.51 u original del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo deberá ser presentado ante la Empresa / ART dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo, independientemente de la provincia en la que se encuentre el Establecimiento Educativo.
FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
• Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: ANSES
Anónimo dice
Hola.quisiera saber hasta que edad se cobra el salario de escolaridad.mi marido es empleado municipal en rio negro.mi hija tiene 15años y va a la secundaria.y no le pagan el salario.dicen que ya no le corresponde cuando van al secundario.gracias
Hola.quisiera saber hasta que edad se cobra el salario de escolaridad.mi marido es empleado municipal en rio negro.mi hija tiene 15años y va a la secundaria.y no le pagan el salario.dicen que ya no le corresponde cuando van al secundario.gracias
Hola quisiera saber porque no cobre de uno de mis hijos la ayuda escolar yo cobro salario familiar por 3 y ayuda escolar de dos no entiendo
Hola mi hijo cumple 18 em mayo y esta em el ultimo año de secundaria seguir e cobrando la asignación familiar
hola mi hija esta en sala d 4 yo no sabia q podia cobrar este año ya lo perdi???o puedo reclamarlo hasta cuando en el cologio ya no hay nadie
Yo nunca cobre por mi hija y tiene 20años y ya terminó la secundaria como debo hacer para cobrar
Hola mi hija ya tiene 20 años y nunca cobre la asignación Universal por hijo como puedo hacer ya terminó la secundaria
Hola mi hija ya tiene 20 años y nunca cobre la asignación Universal por hijo como puedo hacer ya terminó la secundaria
Yo nunca cobre por mi hija y tiene 20años y ya terminó la secundaria como debo hacer para cobrar
hasta que edad se cobra el salario familiar, estoy terminando el secundario.
Hola soy Alejandro. Si renuncio a mi trabajo me borran de Anses? Y si empiezo en otro lado me incorporan automáticamente? Ahora cobro por hijo 640, si mi sueldo es mas alto baja el salario? Actualmente cobro 5500 pesos. Gracias
Hola Alex, borran no te borran. Se incorpora al pago si cumplis con los requisitos
Mi hijo tiene 17 pero ya empezó la facultad cobra igual la ayuda escolar
Hola, queria preguntar si puedo cobrar escolaridad por mi hijo que concurre a sala de tres años, segun ANSES si, pero en mi caso las asignaciones las paga la provincia de San Luis y me dijeron en el colegio privado en que trabajo y que no esta inscripto en ANSES que no me corresponde.EN que difiere lo que dice ANSES de la provincia??
HOLA QUERIA SABER SI LOS Q ESTUDIAN EN LA ESCUELA NOCTURNA,COBRAN ALGUNA AYUDA??YO ESTOY CURSANDO EL SECUNDARIO EN LA NOCHE,GRASIAS..
hola que tal queria saber si cobro la ayuda escolar por mi hijo el estaen 5 año del secundaria y tiene 18 años ,pero desde el momento q cumplio 18 dejaron de pagarle el salario.desde ya muchas gracias