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¿Qué es la Asignación Por Prenatal?
Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
¿Cuánto se percibe la Asignación por Prenatal?
Ver Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2008-Trabajadores Activos.
Montos vigentes desde diciembre 2019
¿Quiénes cobran la Asignación por Prenatal?
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores de Temporada.
- Trabajadores monotributistas.
- Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo.
- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Se abona a uno sólo de los progenitores, siempre y cuando cumpla con los requisitos especificados más abajo.
¿Cómo se hace el trámite?
- Presentar la documentación requerida en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a su domicilio.
- Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.
¿Qué requisitos se deben reunir?
- Tener un embarazo de 12 semanas o más.
- Para trabajadores en Relación de Dependencia o Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgo de Trabajo necesitarán contar con una antigüedad mínima y continua de 3 meses al momento de la concepción a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores .
- Trabajadores de Temporada. Necesitarán tener una antigüedad mínima de 3 meses, justificando esta con distintos empleadores durante los 12 meses anteriores al inicio de a la actual actividad laboral
- Trabajadores monotributistas. Tener inscripción entre las categorías A a I, y contar con 3 meses de aportes consecutivos y anteriores a la fecha de concepción, la antigüedad puede computarse si inmediatamente antes de la inscripción ha cobrado prestación por desempleo o trabajado en relación de dependencia a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia será el quien deberá realizar el tramite
- No tener más de 30 semanas de embarazo, posterior a esta semana solo se abonará las cuotas desde que se tramite el prenatal hasta el momento del nacimiento y/o interrupción del embarazo.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes
IMPORTANTE: Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
Si se acredita con posterioridad al 6º mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.
Antigüedad en el empleo: Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
El monto de esta Asignación Familiar está dado: Para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.
¿Qué Documentación debo presentar para la Asginación por Prental?
El trabajador en relación de dependencia y titular de la prestación de la ley de riesgos del trabajo de empresas incorporadas a SUAF y del trabajador monotributista de las categorías A, B, C, D, E, F, G y H:
- Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”.
- Para la percepción íntegra de esta asignación debe presentar el formulario ante una Unidad de Atención de ANSES entre el 3º mes (12 semanas) y el 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
- Si la presentación se efectúa con posterioridad al 6º mes corresponderá el pago de los meses que restan hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
- El Rubro 6 puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además nombre y apellido y tipo y número de documento de identidad de la embarazada.
- El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.
- La documentación ante ANSES puede ser presentada por cualquier persona, completando los datos referidos a esa persona en el Rubro 9 – “Representante” del Formulario PS.2.55.
- Los trabajadores monotributistas están exceptuados de la cumplimentación del Rubro 3 y 10 en cuanto a los datos y firma de la empresa y dentro del Rubro 4 al campo “Cantidad de Cuotas Abonadas por el Empleador”.
- Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o defunción: luego de ocurrido el parto cuenta con ciento veinte (120) días para presentar el certificado.
Importante:
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES.
Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.
Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.
FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
- Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: anses.gob.ar
Anónimo dice
HOLA SOY EMPLEADO PUBLICO DEL GOBIERNO EN JUJUY MI ESPOSA ESTA EMBARAZADA DE 4 MESES Y NO ESTAMOS CASADOS, PUEDO COBRAR EL PRENATAL SIENDO EMPLEADO DEL GOBIERNO Y QUE TRAMITES DEBO REALIZAR, GRACIAS
Hola,quisiera hacer una consulta sobre el pago por nacimiento que fue entregado en Anses todos los documentos pero no fue efectuado el pago por que me informaron que mi empresa no habia realizado los pagos necesarios,quisiera saber si ya esta resuelto…Muchas Gracias (Mi nombre es Andrea)
hola mi marido quedo sin trabajo el 18 de julio x cuantos meses voy a cobrar el salario …y el prenatal me lo dpositaban en setiembre y mi bb nacio en agosto voy a cobrar algo
hola!quiero saber como entrar a mi cuenta para saber si me depositaron el prenatal?
estoy embarazada tengo 18 años yo tengo mutual yo quiero saber si cobro el prenatal y nacimiento mi papa es el que tiene recibo de sueldo yo no tengo trabajo estoy sola muchas gracias
QUISIERA SABER PORQUE ANSES SOLO ME PAGÓ 7 MESES DE PRENATAL, CUANDO EN REALIDAD ME CORRESPONDE 9 NUEVE MENSUALIDADES? MI FEHA DE CONCEPCIÓN DECLARADA FUÉ EL 02/10/2010 Y LA DE PARTO EL 13/07/2011. ME LIQUIDARON DE NOVIEMBRE DE 2010 A MAYO DE 2011 (QUEDANDO AFUERA EL MES DE CONCEPCIÓN -OCTUBRE 2010- Y JUNIO DE 2011).
hola, quisiera saber porque si el cobro del prenatal corresponde a nueve mensualidades, anses me pagó solo 7 siete? mi fecha de concepcion fué el 02/10/2010 y fecha de parto 13/07/2011. Me abonaron de noviembre a mayo ( y quedó afuera octubre 2010 y junio 2011. A que puede deberse?
llevo dos dias casada puedo tramitar el prenatal?
hola puedo imprimir la planilla desde la pagina de anses e ir haciéndola llenar por el medico? yo el 26 de agosto me caso recién para no perder el retroactivo. o solamente despues de haberme casado puedo empezar el tramite?
Hola, si se es empleado eventual (el contrato termina en diciembre) se puede realizar el tramite por prenatal?
hola es cierto que a los policias de cordoba con jerarquia de subcomisario no le pagan el prenatal?
hola estoy de 6 meses de embarazo mi marido es sub comisario de cordoba y le dijeron que no le corresponde cobrar el prenatal es esto cierto?porfa necesito saber los pasos a seguir gracias.
hola.. t qria preg x el plan nacer, t dan $$ ???
Y x la asignacion universal q requisitos necesito? estoy de casi 8 meses.
Anngela!
hola yo quisiera saber que documentación debo presentar para cobrar el prenatal mi esposo es quien trabaja y estamos casados legalmente..
HOLA SOY MARLENE Y MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE FUI AL MUNICIPIO DE MI COMUNA PARA PRESENTAR MI CERTIFICADO DE PRENATAL Y ME DIJERON QUE NO PODRIA RECIBIRLO POR RECIBIR SUF POR MI Y QUE SI RENUNCIABA ME DESCONTARIAN DEL PERNATAL LOS MESES QUE YO LO HE RECIBIDO ES ESO ASI porque? muchas gracias espero pueda aclarar mis dudas.