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¿Qué es la Asignación Por Prenatal?
Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
¿Cuánto se percibe la Asignación por Prenatal?
Ver Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2008-Trabajadores Activos.
Montos vigentes desde diciembre 2019
¿Quiénes cobran la Asignación por Prenatal?
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores de Temporada.
- Trabajadores monotributistas.
- Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo.
- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Se abona a uno sólo de los progenitores, siempre y cuando cumpla con los requisitos especificados más abajo.
¿Cómo se hace el trámite?
- Presentar la documentación requerida en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a su domicilio.
- Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.
¿Qué requisitos se deben reunir?
- Tener un embarazo de 12 semanas o más.
- Para trabajadores en Relación de Dependencia o Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgo de Trabajo necesitarán contar con una antigüedad mínima y continua de 3 meses al momento de la concepción a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores .
- Trabajadores de Temporada. Necesitarán tener una antigüedad mínima de 3 meses, justificando esta con distintos empleadores durante los 12 meses anteriores al inicio de a la actual actividad laboral
- Trabajadores monotributistas. Tener inscripción entre las categorías A a I, y contar con 3 meses de aportes consecutivos y anteriores a la fecha de concepción, la antigüedad puede computarse si inmediatamente antes de la inscripción ha cobrado prestación por desempleo o trabajado en relación de dependencia a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia será el quien deberá realizar el tramite
- No tener más de 30 semanas de embarazo, posterior a esta semana solo se abonará las cuotas desde que se tramite el prenatal hasta el momento del nacimiento y/o interrupción del embarazo.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes
IMPORTANTE: Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
Si se acredita con posterioridad al 6º mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.
Antigüedad en el empleo: Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
El monto de esta Asignación Familiar está dado: Para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.
¿Qué Documentación debo presentar para la Asginación por Prental?
El trabajador en relación de dependencia y titular de la prestación de la ley de riesgos del trabajo de empresas incorporadas a SUAF y del trabajador monotributista de las categorías A, B, C, D, E, F, G y H:
- Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”.
- Para la percepción íntegra de esta asignación debe presentar el formulario ante una Unidad de Atención de ANSES entre el 3º mes (12 semanas) y el 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
- Si la presentación se efectúa con posterioridad al 6º mes corresponderá el pago de los meses que restan hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
- El Rubro 6 puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además nombre y apellido y tipo y número de documento de identidad de la embarazada.
- El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.
- La documentación ante ANSES puede ser presentada por cualquier persona, completando los datos referidos a esa persona en el Rubro 9 – “Representante” del Formulario PS.2.55.
- Los trabajadores monotributistas están exceptuados de la cumplimentación del Rubro 3 y 10 en cuanto a los datos y firma de la empresa y dentro del Rubro 4 al campo “Cantidad de Cuotas Abonadas por el Empleador”.
- Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o defunción: luego de ocurrido el parto cuenta con ciento veinte (120) días para presentar el certificado.
Importante:
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES.
Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.
Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.
FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
- Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: anses.gob.ar
Anónimo dice
Hola: mi marido y yo trabajamos en relacion de dependencia, pero el es el que cobra la asignacion por mi otro hijo. Estoy embaraza y quisiera saber si el tramite lo tiene que realizar el o lo puedo hacer yo. Gracias
hola ignacio, soy nati. estoy de 8 meses de embarazo y este mes tengo yevar los papeles para lo del prenatal..yo kiero saber que es lo que me corresponde cobrar? me atrase porque en el trabajo no me firmaban el formulario por una cosa u otra…nesecito una respuesta por fabor… ([email protected])
¿que documentación hay que presentar para cobrar prenatal y a quien o donde lo presento? trabajo como docente en un colegio privado de la provincia de buenos aires desde ya gracias Cristina
hola ignacio:
me llamo veronica, hace casi 2 meses me quede sin trabajo. trabaje en una empresa 5 meses y me dieron la baja supuestamente por que soii de temporada, pero me firmo los papeles para el prenatal. si? 1º pregunta de cuanto sera eso (prenatal)? y 2º pregunta me podrian pagar fondo de desempleo por la baja dse empleo a los casi 4 meses de embarazo?, te cuento que yo firme contrato de 3 meses y me extendieron eso sin firmar nada.si podrias responderme te lo agradeceria tepaso mi correo como para que me conteste si? por favor. ([email protected])
Hola buenos dias. Yo queria saber ¿como tengo que hacer para hacer el papel de concubinato para pòder realizar el prenatal? Y ¿cuales son los requisitos? Porque en el juzgado de paz no se realiza mas. Yo me encuentro de 24 semanas de gestacion y mi marido se encuntra trabajando hace 9 meses. Muchas Gracias.
hola,trabajo en una empresa de limpieza,y no me pagaron el prenatal ni me depositaron el salario de las 2 nenas que tengo,en los 3 meses de licencia por maternidad me cambiaron el numero de cuil en el recibo,ya paso 1 año y todavía no me dan una solución,que debo hacer? gracias
ola… estoy embarasada y donde trabajo no tengo una caja de seguro… entonces quien me paga mi asignacion familiar???
Hola Germán, lo que puede tramitar es la Asignación universal por embarazo:
http://ignacioonline.blogspot.com/2011/04/asignacion-por-embarazo-para-proteccion.html
http://ignacioonline.blogspot.com/2011/04/anses-asignacion-por-embarzo-preguntas.html
Hola Axel , si viven en concubinato deben presentar el Original y copia de la "Información Sumaria Judicial o Policial de Convivencial"
hola, tengo algunas dudas sobre la asignacion x embarazo y el tramite prenatal? stoy juntada y stoy embarazada de 5 meses, mi pareja trabaja en blanco ac un año y ahora esta haciendo el tramite del prenatal, si lo cobrara ya no me corresponderia la asignacion para embarazadas?? o yo tengo q hacer ese tramit por mi parte? la verdad q la publicidad sobre la asignacion para embarazadas no es muy especifica con respecto ala situacion marital de las mismas, no nos embaraza el espiritu santo! x eso deberian especificar en q situacion marital deben estar para saber si corresponde cobrar o no? bueno gracias espero respuesta!
hola me gustaria saber si mi bebe nacio en 8/2/2011 tengo que cobrar nacimiento poa asignacion familiar? por que he visto y keido en internet que se cobra por nacimiento y por pre y pos natal
Hola , Mi nombre es Axel y mi novia esta de 5 meses y ella trabaja en negro y yo trabajo en una empresa hace 1 año ,proximamente estamos por irnos a vivir juntos , y me dijieron que para cobrar el prenatal tengo que primero ir a una cgp a sacar la cedula de convivencia , para constatar que el hijo que ella tiene es mio , puede ser ? o puedo iniciar los tramites sin necesidad de eso?
gracias
Hola Romina, unos 60 días aproximadamente.
Hola, una consulta yo ya tengo todo para presentar en el anses la semana que viene, cuanto tarda el tramite para cobrar el dinero?
muchas gracias, romina
ola una consulta. yo keria saber si cuando te pasas de los 6 meses de embarazo ya no te pagan nada?¿?¿xk yo quise entregar los papeles cuando fijuraba ke tenia 5 meses de embarazo pero cuando fui a entrgar me dijeron ke tenia ke actualizarlo y lo hizo cm a los 8 mese y me dijeron ke ya no me correspondia nada.