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¿Qué es la Asignación Por Prenatal?
Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
¿Cuánto se percibe la Asignación por Prenatal?
Ver Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2008-Trabajadores Activos.
Montos vigentes desde diciembre 2019
¿Quiénes cobran la Asignación por Prenatal?
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores de Temporada.
- Trabajadores monotributistas.
- Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo.
- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Se abona a uno sólo de los progenitores, siempre y cuando cumpla con los requisitos especificados más abajo.
¿Cómo se hace el trámite?
- Presentar la documentación requerida en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a su domicilio.
- Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.
¿Qué requisitos se deben reunir?
- Tener un embarazo de 12 semanas o más.
- Para trabajadores en Relación de Dependencia o Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgo de Trabajo necesitarán contar con una antigüedad mínima y continua de 3 meses al momento de la concepción a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores .
- Trabajadores de Temporada. Necesitarán tener una antigüedad mínima de 3 meses, justificando esta con distintos empleadores durante los 12 meses anteriores al inicio de a la actual actividad laboral
- Trabajadores monotributistas. Tener inscripción entre las categorías A a I, y contar con 3 meses de aportes consecutivos y anteriores a la fecha de concepción, la antigüedad puede computarse si inmediatamente antes de la inscripción ha cobrado prestación por desempleo o trabajado en relación de dependencia a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia será el quien deberá realizar el tramite
- No tener más de 30 semanas de embarazo, posterior a esta semana solo se abonará las cuotas desde que se tramite el prenatal hasta el momento del nacimiento y/o interrupción del embarazo.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes
IMPORTANTE: Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
Si se acredita con posterioridad al 6º mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.
Antigüedad en el empleo: Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
El monto de esta Asignación Familiar está dado: Para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.
¿Qué Documentación debo presentar para la Asginación por Prental?
El trabajador en relación de dependencia y titular de la prestación de la ley de riesgos del trabajo de empresas incorporadas a SUAF y del trabajador monotributista de las categorías A, B, C, D, E, F, G y H:
- Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”.
- Para la percepción íntegra de esta asignación debe presentar el formulario ante una Unidad de Atención de ANSES entre el 3º mes (12 semanas) y el 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
- Si la presentación se efectúa con posterioridad al 6º mes corresponderá el pago de los meses que restan hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
- El Rubro 6 puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además nombre y apellido y tipo y número de documento de identidad de la embarazada.
- El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.
- La documentación ante ANSES puede ser presentada por cualquier persona, completando los datos referidos a esa persona en el Rubro 9 – “Representante” del Formulario PS.2.55.
- Los trabajadores monotributistas están exceptuados de la cumplimentación del Rubro 3 y 10 en cuanto a los datos y firma de la empresa y dentro del Rubro 4 al campo “Cantidad de Cuotas Abonadas por el Empleador”.
- Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o defunción: luego de ocurrido el parto cuenta con ciento veinte (120) días para presentar el certificado.
Importante:
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES.
Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.
Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.
FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
- Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: anses.gob.ar
Anónimo dice
Hola soy diego. Este mes no me han depositado la asignacion familiar por mis 2 hijos a que numero o como puedo reclamar. Dado que mi sueldo en bruto no excede los 4800 pesos .Espero su respuesta . Desde ya muchas gracias.
hola soy sol y estoy embarazada de 5 meses ya hice todos los tramites para cobrar el prenatal. y cuando lo fui a cobrar dice que no les figura nada a ellos.
hola soy fernanada .. estoy enbarazada de 19 semanas trabajo de empleada domestica estoy en blanco gano un minino de 1200 pesos x mes puedo cobrar el prenatal..desde ya muchas gracias
Hola Ignacio! Felicitaciones por la página. Quería consultarte por el cobro del prenatal. Te informo que ambos trabajamos, mi señora en una escuela y yo en una empresa privada (sueldo mayor a los 4.800). La idea es hacer el tramite por el lado de mi señora para que ella lo pueda cobrar. En anses me informaron que tengo que hacer una declaracion jurada en el juzgado de paz para dejar asentado que yo no cobro esa asignacion y de esta manera lo pueda percibir mi señora. Mi consulta es si yo debo informar lo del prenatal a mi empleador para que haga algun tramite o haciendolo mi señora no es necesario informarlo. Por otro lado quería consultarte, ya que mi señora se encuentra en la semana 22 de embarazo, cuanto debe cobrar y como cobra los meses anteriores en los que no habia percibido esta asignacion prenatal. Desde ya muchas gracias!
hola quisiera saber durante cuanto tiempo se cobra el prenatal;si es a partir de la concepcion o de inicio del tramite?ya que comence el tramite en el quinto mes de embarazo y estoy cobrando a partir de esa fecha,no retroactivo por los meses anteriores,y tenia entendido que se percibe por los 9 meses.Desde ya agradezco mucho cualquier informacion al respecto.Atte Mariela
hola soy pedro yo estoy cobrando el fondo de desempleo y ise los papeles del prenatal y ya lo estoy cobrando es el ultimo mes que cobro el fondo y mi bebe ya nacio como paso de prenatal a asignacion.
gracias el blog esta muy bueno
hola como estas quisiera saber si el prenatal que lo hice el15 de abril del 2010 pero no me pagaron esos 3 meses cobro todos los meses 180 esta bien o no ?
Buenos dias, mi nombre es Adriana E., queria consultar: Cómo debe informar la Empresa el Banco elegido por sus trabajadores para el cobro de las Asign Familiares por ventanilla, ya que en ANSES me dijeron que hay que hacerlo a traves de la pag de AFIP, MI SIMPLIFICACION, pero alli solo figura la opcion informacion de CBU, y solo permite cargar el domicilio del trabajador… NO HAY NINGUNA OPCION PARA ELEGIR EL BANCO PARA EL COBRO,,, entonces como se entera el trabajador en que banco debe ir a cobrar??? (previo a esto me habia dirijido a una UDAI a presentar la nota informano la nomina de empleados y Bocas de Pago elegidas y no me la recibieron ya que debia hacer el tramite por internet…) Imposible comunicarse al telefono de Anses……
Por otro lado, que debe presentar en ANSES el trabajador para gestionar el cobro RETROACTIVO DE 06/2010, de las AAFF????
Muchisimas gracias por cualquier información que me puedan brindar!!
Muy bueno el blog!!
Saludos
Hola Ignacio! Te cuento que estoy embarazada de 22 semanas y en estos dias voy hacer los tramites del ANSES. La empresa me esta pidiendo que firme la licencia por maternidad y mi duda es, como me corresponde la licencia?? Porque estoy con licencia medica por una amenaza de aborto.
En el formulario PS2.55 tengo que completar los rubros 4 y 5?
Gracias!
hola ignacio, te comento mi caso, en mi semana 20 de embarazo presente los papeles del prenatal para que lo cobrara mi esposo ya q mi antigüedad como empleada en blanco era de tan solo 2 meses y la del el d 4 años, en julio supuestamente cobrabamos las asignaciones desde mi primer mes d embarazo hasta el 6to…y para mi sorpresa cuando fue a cobrar solo le liquidaron 2 meses, hicimos el correspondiente reclamo en la oficina de anses y no supieron darnos explicaciones del caso, estuvieron eseculando y como ultima respuesta nos dijeron que en agosto empiezo a cobrar la asignacion yo…me pregunto como es posible esto si yo no hice el tramite para cobrarlo yo…espero tu respuesta.
muchas gracias
HOLA IGNACIO ME GUSTARÍA SABER CÓMO TRAMITO EL PRENATAL SOY DOCENTE DE UNA ESCUELA DEL ESTADO HACE 4 AÑOS, Y ESTOY POR ENTRAR AL 2 MES . GRACIAS
HOLA IGNACIO,TE COMENTO QUE YO PRESENTE LOS LOS PAPELES PARA COBRAR EL PRENATAL A MEDIADOS DEL MES DE JULIO,QUISIERA SABER CUANDO LO ESTARIA COBRANDO, YA QUE LO HAGO POR ENTIDAD BANCARIA.MUCHAS GRACIAS,ESPERO TU RESPUESTA
hola ignacio. me llamo vanesa. te ago una pregunta yo tengo la asignacion por hijos y ya no trabajo solo le ayudo a mama en su trabajo yo puedo cobrar el prenatal estoy de 14 semanas..
hola ignacio quisiera saber si para hacer los tramites del prenatal tengo que presentar algun papel del juez de paz,,una amiga me comento eso,yo tengo 23 años estoy de 3 meses y convivo con mi novio hace 3 años tengo los papeles de concubinato ,pero tengo esa duda del juez de paz hace falta??gracias por tu respuesta
hola soy lorena de san martin tengo 23 años estoy embarazada de 13 semanas y convivo con mi novio hace tres años
queria preguntar si para hacer todos estos tramites del prenatal tengo q tener algun papel del juez de paz,,yo tengo los papeles de concubinato,pero me dijeron q en anses tengo que presentar un papel del juez de paz,,es esto verdad??