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¿Qué es la Asignación Por Prenatal?
Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
¿Cuánto se percibe la Asignación por Prenatal?
Ver Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2008-Trabajadores Activos.
Montos vigentes desde diciembre 2019
¿Quiénes cobran la Asignación por Prenatal?
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores de Temporada.
- Trabajadores monotributistas.
- Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo.
- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Se abona a uno sólo de los progenitores, siempre y cuando cumpla con los requisitos especificados más abajo.
¿Cómo se hace el trámite?
- Presentar la documentación requerida en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a su domicilio.
- Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.
¿Qué requisitos se deben reunir?
- Tener un embarazo de 12 semanas o más.
- Para trabajadores en Relación de Dependencia o Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgo de Trabajo necesitarán contar con una antigüedad mínima y continua de 3 meses al momento de la concepción a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores .
- Trabajadores de Temporada. Necesitarán tener una antigüedad mínima de 3 meses, justificando esta con distintos empleadores durante los 12 meses anteriores al inicio de a la actual actividad laboral
- Trabajadores monotributistas. Tener inscripción entre las categorías A a I, y contar con 3 meses de aportes consecutivos y anteriores a la fecha de concepción, la antigüedad puede computarse si inmediatamente antes de la inscripción ha cobrado prestación por desempleo o trabajado en relación de dependencia a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia será el quien deberá realizar el tramite
- No tener más de 30 semanas de embarazo, posterior a esta semana solo se abonará las cuotas desde que se tramite el prenatal hasta el momento del nacimiento y/o interrupción del embarazo.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes
IMPORTANTE: Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
Si se acredita con posterioridad al 6º mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.
Antigüedad en el empleo: Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
El monto de esta Asignación Familiar está dado: Para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.
¿Qué Documentación debo presentar para la Asginación por Prental?
El trabajador en relación de dependencia y titular de la prestación de la ley de riesgos del trabajo de empresas incorporadas a SUAF y del trabajador monotributista de las categorías A, B, C, D, E, F, G y H:
- Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”.
- Para la percepción íntegra de esta asignación debe presentar el formulario ante una Unidad de Atención de ANSES entre el 3º mes (12 semanas) y el 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
- Si la presentación se efectúa con posterioridad al 6º mes corresponderá el pago de los meses que restan hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
- El Rubro 6 puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además nombre y apellido y tipo y número de documento de identidad de la embarazada.
- El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.
- La documentación ante ANSES puede ser presentada por cualquier persona, completando los datos referidos a esa persona en el Rubro 9 – “Representante” del Formulario PS.2.55.
- Los trabajadores monotributistas están exceptuados de la cumplimentación del Rubro 3 y 10 en cuanto a los datos y firma de la empresa y dentro del Rubro 4 al campo “Cantidad de Cuotas Abonadas por el Empleador”.
- Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o defunción: luego de ocurrido el parto cuenta con ciento veinte (120) días para presentar el certificado.
Importante:
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES.
Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.
Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.
FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
- Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: anses.gob.ar
Ignacio dice
Son 180 pesos, lo mismo que por hijo.
Hola soy Jorge, tenés que hacer el reclamo, otra no queda. Tené en cuenta que para la percepción íntegra del prenatal, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.Si lo hiciste así, te tienen que pagar el retroactivo.
Anónimo dice
Hola Ignacio, mi nombre es Juan Carlos y mi inquietud es la siguiente, mi concubina esta embarazada de 5 meses, yo trabajo en el Estado (Provincia de Tucuman) y en mi anterior hijo con esta misma pareja me abonaron todo junto (prenatal y nacimiento) una vez precentado los papeles para el cobro de el nacimiento, sin embargo ahora me solicitan hacer una presentacion para que se arbitren las reservas, tambien entre los requisitos no me solicitan ningun certificado de convivencia, eso esta bien?? GRACIAS POR TU RESPUESTA.
Anónimo dice
Hola Soy Jorge. Trabajaba para el Estado, cobraba mas de $2500 y renuncié a mediados de marzo. Ya había tramitado el prenatal en febrero (5to mes) en RRHH de mi trabajo, no en ANSES. En marzo, me pagaron un mes de prenatal ($136)pero nunca me abonaron el resot.
Quisiera saber cuanto me corresponde cobrar y que hacer en caso de no quieran depositarmelo (ej: denuncia ante ANSES)
Saludos y felicitaciones por el blog
Hola soy Jorge. Trabajé para el Estado Nacional hasta mediados de marzo, cuando renuncié y cobraba mas de $2500. Hice los trámites al quinto mes (febrero) y me depositaron solo 1 mes ($136) por el mes de marzo.
Quisiera saber cuanto me corresponde. Además quisiera saber que me recomendás hacer si no me lo quierren pagar (ej: denuncia en ANSES)
Saludos y felicitaciones por el blog!
hola soy andrea me gustaria saber cuanto es elmonto del prenatal gacias
buenas me gustaria saber cuanto es el monto del prenatal
Hola Gabriela, no, no te piden un minimo.
Hola Alejandra, si cobrás en cuenta te lo van a depositar, sino tenés que averiguar en la ANSES.
Hola Mara son 180 pesos por mes. Los 2000 son brutos o netos? Si cobra el sueldo por banco, se lo depositan en la cuenta.
Hola Salome, primero, que edad tenés? vos estás trabajando?
te dejo el link: http://ignacioonline.blogspot.com/2010/02/asignaciones-familiares.html
hola yo queria saber como se hace el tramite de nacimiento y que papeles tengo que tener ,. muchas gracias
quisiera saber donde y cuando cobro el prenatal,,,yo estoy embarazada de d 8 meses y nunca lo cobre,,mi parido trabaja en blanco y ya hice todos los papeles pero en mi cuenta no salta la plata
estoy embarazada y quisiera saber si mi mama podri cobrar por mi ya que soy menor de edad y estoy a su cargo.. salome. gracias
hola soy mara mira yo incie los tramites de prenatal y me dijeron ami y ami marido que cobramos en mayo 6 meses nomas cuanto es lo que cobramos? mi marido tiene un suldo de 2000 y en como puedo saber cuando cobro? muchas gracias
Hola! mi consulta es como saber desde cuando puedo cobrar el prenatal si me aceptaron el tramite o sea me dieron el alta el06/04/2010 y me dijeron q a partir de los primeros días de mayo pero como saber exactamente. Desde ya muchas gracias.Alejandra
Hola Ignacio,mi nombre es Gabriela te queria hacer una consulta,fui a buscar los papeles del prenatal a anses y de ahi me dieron para que presente el certificado de convivencia.Cuantos meses de convivencia minima tengo que tener para cobrar el prenatal???En este caso soy yo la titular porque mi pareja trabaja en negro.Desde ya muchas gracias
No, solo se realiza un pago, y lo hace la ANSES.