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¿Qué es la Asignación Por Prenatal?
Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
¿Cuánto se percibe la Asignación por Prenatal?
Ver Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2008-Trabajadores Activos.
Montos vigentes desde diciembre 2019
¿Quiénes cobran la Asignación por Prenatal?
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores de Temporada.
- Trabajadores monotributistas.
- Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo.
- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Se abona a uno sólo de los progenitores, siempre y cuando cumpla con los requisitos especificados más abajo.
¿Cómo se hace el trámite?
- Presentar la documentación requerida en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a su domicilio.
- Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.
¿Qué requisitos se deben reunir?
- Tener un embarazo de 12 semanas o más.
- Para trabajadores en Relación de Dependencia o Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgo de Trabajo necesitarán contar con una antigüedad mínima y continua de 3 meses al momento de la concepción a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores .
- Trabajadores de Temporada. Necesitarán tener una antigüedad mínima de 3 meses, justificando esta con distintos empleadores durante los 12 meses anteriores al inicio de a la actual actividad laboral
- Trabajadores monotributistas. Tener inscripción entre las categorías A a I, y contar con 3 meses de aportes consecutivos y anteriores a la fecha de concepción, la antigüedad puede computarse si inmediatamente antes de la inscripción ha cobrado prestación por desempleo o trabajado en relación de dependencia a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia será el quien deberá realizar el tramite
- No tener más de 30 semanas de embarazo, posterior a esta semana solo se abonará las cuotas desde que se tramite el prenatal hasta el momento del nacimiento y/o interrupción del embarazo.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes
IMPORTANTE: Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
Si se acredita con posterioridad al 6º mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.
Antigüedad en el empleo: Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
El monto de esta Asignación Familiar está dado: Para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.
¿Qué Documentación debo presentar para la Asginación por Prental?
El trabajador en relación de dependencia y titular de la prestación de la ley de riesgos del trabajo de empresas incorporadas a SUAF y del trabajador monotributista de las categorías A, B, C, D, E, F, G y H:
- Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”.
- Para la percepción íntegra de esta asignación debe presentar el formulario ante una Unidad de Atención de ANSES entre el 3º mes (12 semanas) y el 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
- Si la presentación se efectúa con posterioridad al 6º mes corresponderá el pago de los meses que restan hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
- El Rubro 6 puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además nombre y apellido y tipo y número de documento de identidad de la embarazada.
- El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.
- La documentación ante ANSES puede ser presentada por cualquier persona, completando los datos referidos a esa persona en el Rubro 9 – “Representante” del Formulario PS.2.55.
- Los trabajadores monotributistas están exceptuados de la cumplimentación del Rubro 3 y 10 en cuanto a los datos y firma de la empresa y dentro del Rubro 4 al campo “Cantidad de Cuotas Abonadas por el Empleador”.
- Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o defunción: luego de ocurrido el parto cuenta con ciento veinte (120) días para presentar el certificado.
Importante:
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES.
Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.
Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.
FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
- Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: anses.gob.ar
Rolón Nancy dice
Hola buenas tardes,porfavor necesito que alguien me asesore,pues yo estoy finalizando mí embarazo y no ise los trámites para cobrar durante el embarazo ni el nacimiento…podría gestionarlo después..osea cobraría algo..llamo al 130 y nunca hay operadores disponibles..saque turno y me lo dieron para dentro de un mes..porfavor de que manera podrían ayudarme.
Coni dice
Podés presentar los papeles mientras sigas embarazada, pero te van a pagar los meses restantes de embarazo. Si tú bebé nace ya no podés presentarlos. El nacimiento si lo cobras igual, pero el embarazo solo mientras dure
Adiel dice
Hola Nancy, se puede hacer la presentación de prenatal por atención Virtual, fijate ahí… va el formulario y la copia del DNI del padre que presenta el trámite… probá que los están aceptando y te ahorras de ir a ANSeS.
Saludos
Julueta dice
Hola quería saber cómo se cobran o cuando se cobran los primeros meses, hice el trámite a los 3 meses estoy en 5to mes, todavía la tarjeta no me llegó. Quería saber cuántos meses son lo que me van a pagar cuando la tarjeta llegue. Se acumula? Gracias
julieta dice
Buenas!! me acaban de decir que me sacaron la asignacion familiar por que soy pasante -.- .. el papa EN TEORIA no esta trabajando, por ende no me pasa plata, pero no tengo comunicacion con el y no lo se. Ademas, que al ser pasante, no tengo un sueldo alto. Al margen de eso, como puede ser que me quiten el beneficio por ser pasante? si estoy en realcion de dependencia, o nose, no entiendo.
Muchas gracias por todo, espero su respuesta.
Saludos
Cecilia dice
Buenos días Ignacio
Te quería consultar lo siguente, este mes de OCtubre cobre el primer prenatal correspondiente al período 08/2020, me llamó la atención que no me pagaran los períodos de 06 y 07/2020 retroactivos, según la información de la ANSES, el primer mes de pago se abonan también los retroactivos. Ayer, con muchísima suerte pude comunicarme al 130 y lo que me comentaron fue que esos dos períodos no me los habían abonado porque habían sido “Denegados”. El motivo… Decreto 702/18 Art. 6.
Durante esos períodos mi empleados accedió al beneficio de postergación del pago de las Contribuciones de la SS. Entiendo que debido a que el pago de las CCSS no se efectuó de manera total, me denegaron el pago de la asignación. Has escuchado esto? es correcto?
Muchas gracias por toda la información que nos brindas a diario!
Saludos!
Maria Angela dice
No pude presentar el formulario para cobrar el prenatal. Podria entregarlo ahora? solo me queda un mes de embarazo. Me corresponde cobrar algun importe igual? gracias.
Romina dice
No o t corresponde ya que es entre la semana 12 y 30 de gestación
VERONICA dice
Buenas tardes !
No he realizado durante el embarazo el trámite para cobrar el prenatal , dado que no estaba al tanto que podía cobrarlo . Mi bebé ya nació se puede realizar igual? Dado que la lógica es que si no lo percibí el
Dinero está ya que cumplo con todos lo requisitos .
Algunos me dicen que si otros que no , sabrías decirme ?
Muchas gracias
CARLOS dice
Hola que tal , con mi señora estamos esperando un bebe y queria saber si ella me tiene que poner en el rubro 2 ,osea llenar con mis datos o no, ya que no tenes hecho el concuvinato, SE LLENA O NO ? MUCHAS GRACIAS!
Julieta dice
Hola yo quería saber si la cuenta q me abrieron para cobrar el pre natal hay q cerrarla para q no genere una deuda por mantención de cuenta o algo por el estilo. Muchas Gracias.
melody dice
Hola, quería consultar cuales pueden ser los motivos por los que no te aprueban el prenatal y por ende la licencia por maternidad, ya que, presente todos los papeles el 12 de marzo y me dieron el papel de maternidad para entregarle a la contadora de mi empleadora y me enviaron al mail que el tramite quedo registrado. El tramite lo inicie en la semana 23 de embarazo y hoy llame porque aun no cobre nada y me dijeron que me lo denegaron pero no saben porque motivo. Y mis aportes están al día… si hubo un error te lo pueden solucionar y cobrar igual? Gracias!
Sabrina dice
Hola!! Buenas tardes, quería hacer una consulta, hice firmar el formulario por mi medico y saque turno para presentar el tramite, esto paso en marzo y antes de presentarme al turno empezó la cuarentena obligatoria, me empezaron a cancelar turnos así hasta q ya estoy de 32 semanas de embarazo, el empleador de mi esposo no llego a firmar el formulario, y en estos últimos días despudieron a mi esposo de su trabajo y ahora que se pueden prestaron los tramites por internet lo presente y me piden la firma del empleador!! Que me aconseja en este caso?
Silvana dice
Buen día cargo todo y cuando le doy ok me dice que los datos cargados con inválidos. Que hagooooo. Necesito hacerlo urgente es trámite por prenatal asignación por embarazo