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ASIGNACIÓN FAMILIAR POR MATERNIDAD/MATERNIDAD DOWN- Beneficiarios de SUAF
Qué es?
Consiste en el pago de un monto igual a la remuneración bruta que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora durante el período de Licencia Legal en el empleo con motivo del parto. Además, corresponde el pago de la Asignación Familiar por Maternidad en los siguientes casos:
* Interrupción del embarazo, siempre que éste tuviera lugar cumplidos los ciento ochenta (180) días de gestación. * Alumbramiento sin vida. * Nacimiento anticipado durante la Licencia pre-parto: los días faltantes se adicionan al período post-parto. * Nacimiento con vida anterior al inicio de la Licencia pre-parto, por los noventa (90) días de la Licencia post-parto. * Nacimiento a término en el cual no se haya iniciado la Licencia por Maternidad por no haberse denunciado el estado de embarazo, por los cuarenta y cinco (45) días posteriores al parto. También, para las trabajadoras de temporada: * Cuando el período de Licencia pre-parto se hubiere iniciado durante la temporada, a pesar de la finalización de ésta. * Cuando se inicie la Licencia pre-parto dentro del período en el que se encuentre gozando de la Licencia Anual Ordinaria.
¿Cuánto se percibe?
En el caso de remuneraciones fijas se abonará una suma de dinero igual a la remuneración que la trabajadora hubiera debido percibir en su empleo. En el caso de remuneraciones variables (entiéndase por remuneraciones variables a aquellas que difieran entre sí en su monto bruto, cualquiera sea el motivo de dicha diferencia) se abonará una suma de dinero que se obtiene del promedio de las remuneraciones declaradas por el empleador ante AFIP correspondiente a los tres (3) meses anteriores al comienzo de la Licencia por Maternidad. Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos.
¿Quien lo cobra?
Trabajadoras en relación de dependencia o beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. ¿Cómo se hace el trámite? Presentar la documentación respectiva ante ANSES, con anterioridad al inicio de la Licencia por Maternidad
IMPORTANTE Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas. Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP. Requisitos que debe reunir * Ser trabajadora en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o una beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares. * Presentar la documentación correspondiente ante ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad o Licencia por Maternidad Down. * Contar con una antigüedad mínima y continuada en cada uno de los empleos de tres (3) meses a la fecha de inicio de la Licencia por Maternidad. La trabajadora que logra la antigüedad con posterioridad a la fecha en que inició la Licencia por Maternidad percibe esta Asignación Familiar por los días que le resten gozar de la Licencia pre-parto y/o post-parto, a partir de la fecha en que alcanzó la antigüedad requerida. * La trabajadora permanente debe encontrarse en relación de dependencia al momento de comenzar la Licencia por Maternidad. * La trabajadora de temporada debe estar con prestación efectiva de servicios al momento de iniciar la Licencia por Maternidad. * Podrá percibir esta Asignación Familiar por cada uno de los empleos. Topes remunerativos * No rige tope mínimo ni máximo de remuneraciones para el cobro de esta Asignación Familiar. Documentación a presentar * Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad. El Rubro 6 – “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por copia autenticada por el empleador del certificado médico con el que la trabajadora le notificó su estado de embarazo y le solicitó la Licencia por Maternidad. * Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o de Defunción: Debe ser presentado dentro de los ciento veinte (120) días de ocurrido el mismo. En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado médico. Asignación Familiar por Maternidad Down: * Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad Down. El Rubro 7 – “Exclusivo Maternidad Down” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro.
SE RECOMIENDA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ANTE ANSES CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LA LICENCIA POR MATERNIDAD / MATERNIDAD DOWN PARA QUE LA LIQUIDACIÓN PUEDA EFECTUARSE DURANTE EL TRANSCURSO DE LA LICENCIA RESPECTIVA.
ACLARACIONES En los casos de nacimiento de un hijo con Síndrome de Down, la trabajadora en relación de dependencia tiene derecho a seis (6) meses de Licencia sin goce de sueldo desde la fecha del vencimiento del período de prohibición de trabajo por Maternidad. Durante este período la trabajadora percibe una Asignación Familiar cuyo monto es igual al percibido en concepto de Asignación Familiar por Maternidad y es cobrada en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que la Asignación Familiar por Maternidad.
FALLECIMIENTO DE LA TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso: * Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular. * Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular. * Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado. *Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: ANSeS
Hola Elizabeth, te soy sincero, no lo se. Lamento no poder ayudarte en este caso.
Buenas Noches. Mi nombre es Elizabet. Trabajo en un colegio privado. Mi fecha probable de parto el el 16/08. En medio de la licencia me quedan las vacaciones de invierno, que son del 19 al 30 de julio. Como se cuentan los días en ese caso? Tengo entendido que son 135 corridos. Pero no sé como se cuentan cuando quedan las vacaciones en medio.
Muchas Gracias.
Vas a tener que presentar la rectificativa, otra no queda.
a donde se presenta rectificativa?
Hola, quisiera saber como debo informar el haber remunerativo de una empleada que se encuentra en licencia por maternidad, cuyo empleador esta incorporado al SUAF, en el aplicativo SICOSS, version 33. Debo informarlo en el campo "maternidad"?, asi lo hice, y ahora ANSES me dice que le aparece que el empleador le pago las asignaciones, por lo que ellos no se van hacer cargo. Solicitan una rectificativa, pero la verdad que no se muy bien que hacer. Gracias. [email protected]
Hola Malena, no, en el caso de renuncia no corresponde.
hola soy malena estoy embarazada; hace casi 2 años trabajo en una empresa y queria saber si tengo derecho a una asignacion pre natal en el caso que renuncie a mi tarbajo , muchas gracias
Hola Sole, con respecto al presentismo, generamente por efermedad se sigue pagando, pero eso depende de que diga el convenio, lo mismo con la asitencia perfecta.
Con respecto al horario, si estás en condiciones de trabajar, el horario será el mismo.
hola ignacio soy sole , te consulto un par de temas,estoy de carpeta medica con un embarazo de 32 semanas , desde 18 de octubre luego volvi un par de dias en diciembre y sali de carpeta nuevamente x el riesgo de perder a mi bebe,ami me descuenta presentismo y asistencia perfecta es correcto eso,otra consulta despues de mi licencia q termina el 15 de junio de 2010 cuantas horas debo trabajar ya q mi horario es de 8 a 16 .4 dias un franco de lunes a lunes te agradesco tu respuestas gracias
Hola Cecilia, no, en este caso no.
hola, termine mi licencia por maternidad despues siguieron las vacaciones de 21 dias y ahora me tome una licencia sin goce de sueldo por 3 meses ,a le asignasion familiar la cobro igual estos 3 meses ?
Hola Mara, si estás en blanco, te tienen que dar el recibo, igual no te lo piden para realizar el tramite, pero reclamalo de todos modos.
Tené en cuenta que hay topes para los pagos:
Remuneración entre $100.- y $2.400,00.- $ 180
Remuneración entre $2.400,01.- y $3.600,00.- $ 136
Remuneración entre $3.600,01.- y $4.800,00.- $ 91
hola ignacio soy mara si estoy en blanco ..per??? nesecito el recivo para hacer el tramite para del nacimiento ??? es mas esta mañana fui a cobrar los salario y me descontaron 181.95$ por la maternidad por que me descuentan .el mes pasado de maternidad me pagaron 135.00$ . y mi ultimo recibo de sueldo fue de 365.904 en realidad no entiendo nada. te voy a agradecer mucho que me saques de la duda…..
Hola Mara, primera pregunta, trabajás en blanco? porque si no te entregan los recibos de sueldo, me hace pensar que no, y si es así, no te van a pagar ninguna asignación.
E
HOLA IGNACIO SOY MARA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE COMO ES EL TRAMITE DEL NACIMIENTO Y CUANDO LO TENGO QUE HACER Y DONDE PORQUE EN EL ANSES ME DIJERON QUE AHI NO LO HACEN. DECIME QUE PUEDO HACER MIS PATRONES NO ME ENTREGAN LOS RESIVOS DE SUELDO TENDRA ALGO QUE VER EL ANSES PARA IR A RECLAMAR.DESDE YA MUCHAS GRACIAS …..
Hola Sol, en el período de licencia el haber se reemplaza por la asignación por maternidad, el empleador no tiene que pagar nada. Lo que tienen que hacer desde el sindicato, es dejar de firmar esas sumas no remunerativas que perjudican a los trabajadores.