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ASIGNACIÓN FAMILIAR POR MATERNIDAD/MATERNIDAD DOWN- Beneficiarios de SUAF
Qué es?
Consiste en el pago de un monto igual a la remuneración bruta que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora durante el período de Licencia Legal en el empleo con motivo del parto. Además, corresponde el pago de la Asignación Familiar por Maternidad en los siguientes casos:
* Interrupción del embarazo, siempre que éste tuviera lugar cumplidos los ciento ochenta (180) días de gestación. * Alumbramiento sin vida. * Nacimiento anticipado durante la Licencia pre-parto: los días faltantes se adicionan al período post-parto. * Nacimiento con vida anterior al inicio de la Licencia pre-parto, por los noventa (90) días de la Licencia post-parto. * Nacimiento a término en el cual no se haya iniciado la Licencia por Maternidad por no haberse denunciado el estado de embarazo, por los cuarenta y cinco (45) días posteriores al parto. También, para las trabajadoras de temporada: * Cuando el período de Licencia pre-parto se hubiere iniciado durante la temporada, a pesar de la finalización de ésta. * Cuando se inicie la Licencia pre-parto dentro del período en el que se encuentre gozando de la Licencia Anual Ordinaria.
¿Cuánto se percibe?
En el caso de remuneraciones fijas se abonará una suma de dinero igual a la remuneración que la trabajadora hubiera debido percibir en su empleo. En el caso de remuneraciones variables (entiéndase por remuneraciones variables a aquellas que difieran entre sí en su monto bruto, cualquiera sea el motivo de dicha diferencia) se abonará una suma de dinero que se obtiene del promedio de las remuneraciones declaradas por el empleador ante AFIP correspondiente a los tres (3) meses anteriores al comienzo de la Licencia por Maternidad. Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos.
¿Quien lo cobra?
Trabajadoras en relación de dependencia o beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. ¿Cómo se hace el trámite? Presentar la documentación respectiva ante ANSES, con anterioridad al inicio de la Licencia por Maternidad
IMPORTANTE Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas. Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP. Requisitos que debe reunir * Ser trabajadora en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o una beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares. * Presentar la documentación correspondiente ante ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad o Licencia por Maternidad Down. * Contar con una antigüedad mínima y continuada en cada uno de los empleos de tres (3) meses a la fecha de inicio de la Licencia por Maternidad. La trabajadora que logra la antigüedad con posterioridad a la fecha en que inició la Licencia por Maternidad percibe esta Asignación Familiar por los días que le resten gozar de la Licencia pre-parto y/o post-parto, a partir de la fecha en que alcanzó la antigüedad requerida. * La trabajadora permanente debe encontrarse en relación de dependencia al momento de comenzar la Licencia por Maternidad. * La trabajadora de temporada debe estar con prestación efectiva de servicios al momento de iniciar la Licencia por Maternidad. * Podrá percibir esta Asignación Familiar por cada uno de los empleos. Topes remunerativos * No rige tope mínimo ni máximo de remuneraciones para el cobro de esta Asignación Familiar. Documentación a presentar * Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad. El Rubro 6 – “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por copia autenticada por el empleador del certificado médico con el que la trabajadora le notificó su estado de embarazo y le solicitó la Licencia por Maternidad. * Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o de Defunción: Debe ser presentado dentro de los ciento veinte (120) días de ocurrido el mismo. En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado médico. Asignación Familiar por Maternidad Down: * Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad Down. El Rubro 7 – “Exclusivo Maternidad Down” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro.
SE RECOMIENDA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ANTE ANSES CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LA LICENCIA POR MATERNIDAD / MATERNIDAD DOWN PARA QUE LA LIQUIDACIÓN PUEDA EFECTUARSE DURANTE EL TRANSCURSO DE LA LICENCIA RESPECTIVA.
ACLARACIONES En los casos de nacimiento de un hijo con Síndrome de Down, la trabajadora en relación de dependencia tiene derecho a seis (6) meses de Licencia sin goce de sueldo desde la fecha del vencimiento del período de prohibición de trabajo por Maternidad. Durante este período la trabajadora percibe una Asignación Familiar cuyo monto es igual al percibido en concepto de Asignación Familiar por Maternidad y es cobrada en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que la Asignación Familiar por Maternidad.
FALLECIMIENTO DE LA TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso: * Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular. * Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular. * Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado. *Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: ANSeS
Natalia dice
Buen día, actualmente me encuentro de licencia por maternidad, mi hijo nació el 10 de abril. Comencé mi Licencia el 27 de marzo hasta el 24 de junio.
Mi marido tramitó el Prenatal pero aun no he tramitado la Licencia por Maternidad, debido a una serie de malos entendidos en la informacion brindada entre Anses y mi Trabajo.
Tengo turno en ANSES para el 09 de mayo.
Algunos representantes de atencion al cliente de ANSES me dicen que no hay problema, que el 09 de mayo cuando presente la documentacion voy a tener derecho a que me abonen mi sueldo los 3 meses. Otros me dicen que solo me pagarán a partir del 09 de mayo.
Quería saber que es lo que me corresponde cobrar?
Muchas gracias.-
Hola Ignacio! Mi empresa está incorporada al SUAF y tiene una empleada que en unos meses comienza con su licencia por maternidad. Se que ella debe presentar en el Anses el form 2.55. La empresa debe hacer algo para que pueda cobrar la licencia? Gracias. Mi nombre el Leti
Hola Ignacio, estoy embarazada de 2 meses y medio soy empleada en relación de dependencia desde hace 3 años, y pronto le informare a mi empleadora cuando tenga el certificado. Mi pregunta es, me corresponde alguna asignación prenatal en estos meses? cuando entre en licencia, cobro sueldo? y si es asi me lo paga mi empleador? Desde ya, muchas gracias. Julieta.
Ignacio durante mi licencia por maternidad comenzada el 16/7/11 y que fue de 90 dias cobre el sueldo neto eso esta bien?? o corresponderia realizar el reclamo por la diferencia con el sueldo bruto??? desde ya muchas gracias Macarena
buenas mi consulta es si recibo el recibo de sueldo mientras estoy de licencia por maternidad gracias eliana
Hola Ignacio!
Durante una licencia por maternidad, la trabajadora no percibe una remuneración sino que cobra una asignación por maternidad, cierto? Este período de licencia se computa como trabajado? Es decir, al momento de generar la DJ F.931 (S.U.S.S)en el campo días trabajado en datos complementarios del SICOSS, se debe completar con 0 (cero días)?
Muchas gracias!
Fabián
Hola Ignacio, quisiera consultarte los siguiente, si una empleada embarazada, tiene indicación de reposo hasta la fecha de nacimiento, comienza la licencia por maternidad igualmente 45 días antes de la fecha probable de parte, o se posterga hasta el nacimiento por estar en licencia por enfermedad???
hola..te comento mi situacion..estoy embarazada de 37 semanas ya hice todo el tramite del anses por la asigancion familiar y ya lo estoy cobrando..entre en licecia el 16 de marzo y mi fecha probable de parto es el 16 de abril..me tome 30 dias antes 60 despues mas las vacaciones seguidas de la licencia..
preguntas??
quiero saber como me puedo tomar los meses sin goze de sueldo?
si por tomarme esos meses se me cortan las vacaciones y encima no me las pagan?
quiero saber si despues de mi licencia y vacaciones puedo tomar esos meses sin goze de sueldo?
quien me paga el sueldo durante esos 3 meses? xq donde yo trabajo se hacen cargo de una parte y me dijeron que la otra parte del sueldo me lo paga el anses…qu debo hacer para que me pague eso que falta el anses?
Hola quiero hacer una consulta. Yo tuve licencia por Maternidad desde Noviembre 2011 hasta febrero 2012, me pagaba el sueldo el ANSES. El sindicato determino un aumento en Enero 2012,el cual pagaron en mi empresa en abril, retroactivo enero, y ami no me lo pagaron porque estaba cobrando a travez de Anses, es correcto??
HOLA SOY VALERIA Y QUERIA CONSULTAR PORQUE NO PUEDO COBRAR LA ASIGNACION FAMILIAR POR HIJO YA QUE EN ANSES ME DICEN QUE MI EMPLEADOR NO HA EHCO MIS APORTES EN ENERO Y FEBRERO (MESES QUE ESTUVE DE LICENCIA POR MATERNIDAD)ESO NO LO CORRESPONDE A ANSES? ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
karina:yo perdi a mi bebe de 26 semanas, tengo que darle de baja al prenenatal, queria saber que documentacion debo llevar al anses, y quiero saber si el anses paga por el fallecimiento de mi bebe, gracias.
HOLA IGNACIO ME LLAMO SABRINA TE HAGO UNA PREGUNTA MIRA ESTOY EMBARAZADA DE 5 MESES ES MI PRIMER EMBARAZO Y TENGO EL FORMULARIO PS.2.55 SUAF YA LO COMPLETO MI OBSTETRA Y LA EMPRESA DONDE TRABAJO MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI OBSTETRA LO HIZO DEL DIA 24/02/12 Y SAQUE TURNO EN ANSES EL DIA 23/03/12
EL DIA 24/02/12 ES SABADO EN ANSES M DIERON TURNO PARA EL DIA 10/04/12
SI M PRESENTO EL LUNES EN ANSES ME LO VAN A TOMAR EL FORMULARIO??XQ SE VA VENCER EL DIA SABADO PERO COMO N SE HACEN TRAMITES NO TENDRE INCOVENIENTES Q M PRESENTE EL LUNES???ESPERO TU RESPUESTA X FAVOR MUCHAS GRACIAS
hola ignacio cobre la asignacion familiar 816 pesos ayuda escolar 510 pesos y de ese total me descontaron 300 pesos de aaff quiero saber de que es eso gracias luisa
hola queria hacerte una consulta estoy de licencia por maternidad y no puedo volver a trabajar porque no tengo con quien dejar a mi bebe, hace 9 años que trabajo puedo exigir algun tipo de indemnizacion si renuncio o me conviene llegar a un arreglo. muchas gracias
HOla Ignacio soy docente de un jardin privado tengo fecha de parto para los primeros dias de julio, mi pregunta es: cuantos dias de licencia totales me corresponden, se puede trabajar hasta 30 dias antes de la fecha de parto en vez de 45?
que sucede con el receso invernal, se pierden esos dias o se acumulan?? gracias por tu informacion
laura