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ASIGNACIÓN FAMILIAR POR MATERNIDAD/MATERNIDAD DOWN- Beneficiarios de SUAF
Qué es?
Consiste en el pago de un monto igual a la remuneración bruta que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora durante el período de Licencia Legal en el empleo con motivo del parto. Además, corresponde el pago de la Asignación Familiar por Maternidad en los siguientes casos:
* Interrupción del embarazo, siempre que éste tuviera lugar cumplidos los ciento ochenta (180) días de gestación. * Alumbramiento sin vida. * Nacimiento anticipado durante la Licencia pre-parto: los días faltantes se adicionan al período post-parto. * Nacimiento con vida anterior al inicio de la Licencia pre-parto, por los noventa (90) días de la Licencia post-parto. * Nacimiento a término en el cual no se haya iniciado la Licencia por Maternidad por no haberse denunciado el estado de embarazo, por los cuarenta y cinco (45) días posteriores al parto. También, para las trabajadoras de temporada: * Cuando el período de Licencia pre-parto se hubiere iniciado durante la temporada, a pesar de la finalización de ésta. * Cuando se inicie la Licencia pre-parto dentro del período en el que se encuentre gozando de la Licencia Anual Ordinaria.
¿Cuánto se percibe?
En el caso de remuneraciones fijas se abonará una suma de dinero igual a la remuneración que la trabajadora hubiera debido percibir en su empleo. En el caso de remuneraciones variables (entiéndase por remuneraciones variables a aquellas que difieran entre sí en su monto bruto, cualquiera sea el motivo de dicha diferencia) se abonará una suma de dinero que se obtiene del promedio de las remuneraciones declaradas por el empleador ante AFIP correspondiente a los tres (3) meses anteriores al comienzo de la Licencia por Maternidad. Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos.
¿Quien lo cobra?
Trabajadoras en relación de dependencia o beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. ¿Cómo se hace el trámite? Presentar la documentación respectiva ante ANSES, con anterioridad al inicio de la Licencia por Maternidad
IMPORTANTE Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas. Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP. Requisitos que debe reunir * Ser trabajadora en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o una beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares. * Presentar la documentación correspondiente ante ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad o Licencia por Maternidad Down. * Contar con una antigüedad mínima y continuada en cada uno de los empleos de tres (3) meses a la fecha de inicio de la Licencia por Maternidad. La trabajadora que logra la antigüedad con posterioridad a la fecha en que inició la Licencia por Maternidad percibe esta Asignación Familiar por los días que le resten gozar de la Licencia pre-parto y/o post-parto, a partir de la fecha en que alcanzó la antigüedad requerida. * La trabajadora permanente debe encontrarse en relación de dependencia al momento de comenzar la Licencia por Maternidad. * La trabajadora de temporada debe estar con prestación efectiva de servicios al momento de iniciar la Licencia por Maternidad. * Podrá percibir esta Asignación Familiar por cada uno de los empleos. Topes remunerativos * No rige tope mínimo ni máximo de remuneraciones para el cobro de esta Asignación Familiar. Documentación a presentar * Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad. El Rubro 6 – “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por copia autenticada por el empleador del certificado médico con el que la trabajadora le notificó su estado de embarazo y le solicitó la Licencia por Maternidad. * Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o de Defunción: Debe ser presentado dentro de los ciento veinte (120) días de ocurrido el mismo. En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado médico. Asignación Familiar por Maternidad Down: * Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad Down. El Rubro 7 – “Exclusivo Maternidad Down” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro.
SE RECOMIENDA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ANTE ANSES CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LA LICENCIA POR MATERNIDAD / MATERNIDAD DOWN PARA QUE LA LIQUIDACIÓN PUEDA EFECTUARSE DURANTE EL TRANSCURSO DE LA LICENCIA RESPECTIVA.
ACLARACIONES En los casos de nacimiento de un hijo con Síndrome de Down, la trabajadora en relación de dependencia tiene derecho a seis (6) meses de Licencia sin goce de sueldo desde la fecha del vencimiento del período de prohibición de trabajo por Maternidad. Durante este período la trabajadora percibe una Asignación Familiar cuyo monto es igual al percibido en concepto de Asignación Familiar por Maternidad y es cobrada en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que la Asignación Familiar por Maternidad.
FALLECIMIENTO DE LA TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso: * Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular. * Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular. * Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado. *Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: ANSeS
Hola ignacio como estas?
te queri a hacer una consulta.
Estoy embarazada de 3 meses y estoy de reposo hace aprox un mes por amenaza de aborto dado a que tengo contracciones y necesito hacer reposo.
Sumado a eso, mi jefe me habia dicho que me habia puesto en blanco y realmente no es asi.
Las preguntas son: 1) si me corresponde que el me siga pagando el sueldo si yo le presento todos los certificados que me da mi doctora,
2) los dias de reposo se me descuentan de la licencia por maternidad?
3)Que pasaria en el caso que el me diga que no vaya a trabajar mas y/o no quiera pagarme el sueldo por el tiempo que no he ido bajo prescripcion medica?
Desde ya muchas gracias y espero tu respuesta!
feliz año!
Buen dia ignacio!! te queria hacer una consulta, mi bebe nacio antes de tiempo y a los 3 dias fallecio, yo ya presente todos los papeles en anses y me dijeron que ya estaba dada de baja, pero me encuentro con que me depositaron (063) este es el codigo (ANTICIPO ASIGNACION POR MATERNIDAD) asi es como me figura cuando consulto en la pagina.
asi es en realidad lo que figua porque tambien me hicieron un descuento
CONCEPTO DESCRIPCION CANTIDAD PAGOS DESCUENTOS
263 DESCTO ANTICIPO ASIG. MATERNIDAD 1 0,00 547,44
062 ASIGNACION FAMILIAR POR MATERNIDAD 1 547,44 0,00
063 ANTICIPO ASIGNACION POR MATERNIDAD 1 1.493,03 0,00
soy Laura
Hola Eliana, no, tienen que pagarte el mes cuando corresponde.
Si la ANSES no pagó la parte no remunerativa, es porque la empresa no los incoporó al básico en la declaración jurada, tendrán que hacer la rectificativa.
Hola Yamila, el período de excedencia no puede ser menor a 3 meses ni superior a 6.
Hola Analía, si, solo pagan por lo remunerativo, por eso lo que la empresa debió hacer es incorporar al básico todos los acuerdos no remuenrativos, de esa manera, la ANSES paga la totalidad del sueldo
Hola Eliana, pero cual es la razón por la cual se cambió el horario de trabajo? siempre fue así?
Hola Valeria, la licencia son 90 días, vos me estás diciendo que tenés 3 meses y medio, no entiendo. ¿?
En todo caso, la indemnización del 25% la paga el empleador.
Hola María Verónica, el aguinaldo se paga por el tiempo efectivamente trabajado, no se computa el tiempo de licencia.
HOLA IGNACIO, ESTOY DE LICENCIA x MATERNIDAD DESDE EL 21 DE OCTUBRE Y MI SUELDO LO PAGA EN SU TOTALIDAD EL ANSES MIENTRAS ESTE DE LICENCIA.
EL TEMA Q LA EMPRESA ME DEPOSITO MI AGUINALDO Q ES MENOR A LO Q ME CORRESPONDERIA Y ME DIJERON Q ES ASI x Q SE COMPUTA HASTA LOS DIAS Q YO TRABAJE Q SERIA HASTA EL 20 DE OCTUBRE.
ES ESTO ASI ???, LA LEY DE CONTRATO LABORAL DICE ESO ???
MUCHISIMOAS GRACIAS x LA AYUDA Q ME PUEDAS BRINDAR
MARIA VERONICA
Tu empleador!
Hola Ignacio, mi consulta es sencilla, luego de mis tres meses de licencia por maternidad no volvi a trabajar y voy a renunciar ahora que cumplo 3 meses y medio de mi licencia. Mi consulta es si me corresponde percibir una compensación por tiempo de servicio( me refiero a esa compensacion calculada al 25% del sueldo), en caso de corresponderme , quien deberia pagarla? Anses o mi empleador?
Saludos
Valeria
Hola Ignacio,
que pasó que hace mas de 1 mes que no respondes nuestras preguntas!!
Gracias!
Ignacio yo tengo que volver a trabajar luego de una licencia por excedencia, trabajo de lun a viernes 6 hs, con la hora menos de lactancia 5. En mi trabajo en mi ausencia se volvio a trabajar 6 veces por semana, pero yo no estoy de acuerdo, que pasa si me niego?? y si me hechan ya no me corresponde que me indemnizen con los 13 sueldos porque mi bebe va a tener 8 meses y medio maso menos no? hay algo que se pueda hacer??
Hola Ignacio!!! te hago una consulta, estuve de licencia por maternidad desde el 17/05/2010 hasta el 17/08/ me pagaron todo bien, pero ayer me llego una boleta de la obra social de 400 pesos que debo pagar en concepto de los meses que estuve de licencia y nadie aporto nada, me corresponde pagarlos a mi? xq debo pagar ese monto por 3 meses hasta que se regularize.
Buen dia ignacio!! te queria hacer una consulta, mi bebe nacio antes de tiempo y a los 3 dias fallecio, yo ya presente todos los papeles en anses y me dijeron que ya estaba dada de baja, pero me encuentro con que me depositaron (063) este es el codigo (ANTICIPO ASIGNACION POR MATERNIDAD) asi es como me figura cuando consulto en la pagina.
asi es en realidad lo que figua porque tambien me hicieron un descuento
CONCEPTO DESCRIPCION CANTIDAD PAGOS DESCUENTOS
263 DESCTO ANTICIPO ASIG. MATERNIDAD 1 0,00 547,44
062 ASIGNACION FAMILIAR POR MATERNIDAD 1 547,44 0,00
063 ANTICIPO ASIGNACION POR MATERNIDAD 1 1.493,03 0,00
Hola Ignacio! o alguien que me pueda ayudar
Tengo un problema, averigue en el ANSES lo que me corresponde por la licencia de maternidad(en octubre entre en licencia) y me entere que la empresa donde trabajo (es de comercio) declaro muchisimo menos de lo que es mi sueldo habitual. por ejemplo mi suledo es alrededor de $3000 y en mano recibo alrededor de 2500. pero en el ANSES me dicen que la empresa declaro que gano 1600 (en septiembre) 1550 (en agosto y julio) y apartir de esos tres meses hacen un promedio y es lo que me corresponderia,entonces el ANSES ME QUIERE PAGAR solamente $1350. Hay muchisima diferenia entre lo que me quieren pagar y lo que cobraba mientras trabajaba… No entiendo… ME ESTAN ROBANDO PLATA?
Tmb lo que tengo entendido que apartir de julio el ANSES toma el "SUELDO BRUTO" (remunerativo + no remunerativo). Cuando llame al 130 (anses) me dijeron que solamente toman lo REMUNERATIVO…
Espero tu respuesta! Analia
Hola Ignacio,
Mi nombre es Yamila y mi licencia por maternidad finaliza el 20/12, tengo vacaciones para tomarme a continuacion de dicha licencia, pero tambien estoy analizando pedirme 1 mes sin goce de sueldo, esto es posible? me lo tomarian como excedencia? mi duda es que si elijo esta opcion, me obliguen a tomarme los 3 meses y sinceramente no puedo hacerle frente economicamente, por eso pensaba en tomarme solo 1 mes sin goce de sueldo. Es esto posible? como deberia solicitarlo? luego de este mes me tomaria las vacaciones pendientes (14 dias). Con cuanta anticipacion deberia notificar a la empresa ya sea que a continuacion de la licencia me tomo las vacaciones, o que solicito 1 mes sin goce de sueldo? Gracias por tu respuesta. Yamila.
Hola Ignacio les cuento que yo entre de licencia el 07/09 ese dia nacio mi hijo, estaba de reposo desde el 26/08. La empresa me pago del 01 al 07/09 y me adeuda del 21 al 31/08 me dijeron que me lo van a pagar cuando me reintegre. Esto es asi? yo me voy a tomar 3 meses sin goce de sueldo con lo que tendria que volver el 07/03/11 y a eso le agrego vacaciones. Te pregunto que te parece el 07 y 08 es feriado de carnaval. cuando corresponde empezar las vacaciones el 07 o el 09 luego de los feriados??
otra cosa les comento que estoy bajo comercio y a mi no me pagaron lo no remunerativo, le tienen que reclamar al empleador y pedirle que haga una rectificativa de la declaracion jurada que presentaron, ya que si lo hacen en una semana anses lo ve, tenes que hacer el reclamo y te lo pagan como ajuste. Lo que no se porque todabia no me lo pagaron es si como el acuerdo es de junio y anses me dice que toma un calculo de los ultimos 6 meses en mi caso deberian tomar el promedio desde marzo y ahi me perjudica porque el acuerdo es de junio. En fin espero que me paguen todo lo no remunerativo como corresponde.
hola quiero hacerte una consulta mi pareja entro en un trabajo y esta a prueba seis meses el va a tener obra social y art tengo un hijo y cobro por el la asignacion por hijo y ahora esot embarazada de seis meses. modifica mi cobro? el va a pasar a cobrar?
Hola Buenas tardes, te hacerte una consulta, en mayo entre de licencia por maternidad y anses me pago solo el sueldo básico sin aumentos no remunerativos; en este lapso hubo un acuerdo que establece que si se tienen que pagar los aumentos no remunerativos, retroactivo a mayo, puedo reclamar lo que no me pagaron en anses??? espero tu respuesta, gracias!