“Aporte obligatorio no remunerativo de 5000 pesos” sería la denominación del bono que no es un bono. Pago a cuenta, cuotas y negociaciones sector por sector
El Ministerio de Producción y Trabajo, la CGT y las cámaras empresarias terminaron de definir este martes los detalles del “bono” de 5000 pesos a los trabajadores del sector privado.
El borrador del decreto, que se publicaría mañana o el jueves, da lugar a que los detalles del pago terminen de definirse en negociaciones entre gremios y empresarios, lo que habilitaría a negociar plazos y formas de pago distintas.
Uno de los pocos artículos indica que el “aporte obligatorio no remunerativo de 5000 pesos” -así se lo denomina- “se pagará en octubre o en la forma, plazo y condiciones que las partes convengan en los términos de la negociación colectiva”, indicaron dos fuentes que participaron de las negociaciones que comandó el ministro de Producción, Dante Sica.
Así, los 5000 pesos deberían abonarse durante octubre, sin especificarse si será junto con los salarios de septiembre. Pero cada actividad, mediante negociaciones puntuales, definirá si se paga en cuotas o si se dilatan plazos de pago.
Lo que si es claro es que el pago será a cuenta de futuros aumentos, sea por revisión de paritarias actuales o la negociación de 2020.
Trabajadores incluidos
Los trabajadores en relación de dependencia del sector privado
Trabajadores no incluidos
Quedaron excluidos los trabajadores del Estado, del servicio doméstico, y los del sector agrario, en principio.
¿Qué dice la norma que saldrá publicada mañana en el Boletín Oficial?
De acuerdo con el borrador de decreto al que accedió Infobae, los detalles son los siguientes:
En el artículo 1º, se establece una “asignación no remunerativa para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado que ascenderá a la suma de $5.000, la cual se abonará en octubre de 2019, o en los plazos, cuotas o condiciones que establezcan las partes signatarias de los convenios colectivos”.
El artículo 2º del decreto establece que si la jornada laboral es reducida, la compensación salarial será proporcional a esa cantidad de horas trabajadas.
El artículo 3º, en tanto, plantea que la suma de $5.000 se compensará en las próximas revisiones salariales y que los empleadores que hubieran otorgado unilateralmente un bono luego del 12 de agosto podrán ser compensados.
Por último, el artículo 4º afirma que están excluidos de esta compensación los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, así como también los del sector agrario y los de casas particulares, es decir, el personal doméstico.
CECILIA dice
Hola Ignacio consulta trabajo medio día. Soy empleada de comercio. Me corresponde bono de 5000 o 2500?
PATRICIA dice
IGNACIO
EL BONO PAGA ART…. NO SE COMO CARGAR EL 931
Ignacio dice
Para mi no, pero las ART lo van a reclamar
Jorge dice
Hola Ignacio. Consulta. A quien despiden de si empleo privado el 30/09, le corresponde cobrar el bono establecido en el decreto ? Yo entiendo que si al estar activo a la fecha de publicación en Boletín Oficial pero consulto al especialista.
Gracias!