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Durante dos meses no habrá aportes personales para la jubilación por hasta 2.000 pesos. Alcanzará a salarios que no superen los 60.000 pesos.
El Poder Ejecutivo Publicó hoy el decreto 561/19, que establece una serie de medias con el fin de aliviar la situación económica por la que atraviesan el país, y en especial los trabajadores.
Según el decreto, el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia al SIPA, que se devengue durante los meses de agosto y septiembre del año 2019, será financiado por el estado en una suma equivalente a $2.000 mensuales o al 00% de su valor, lo que resulte menor
Lo que significa que los empleadores que tengan a su cargo el pago de la remuneración detraerán del descuento que les corresponda practicar del 11% de jubilación.
Recordemos que, todo asalariado, sin tener en cuenta aportes sindicales, aporta:
- 11% de Jubilación <—
- 3% de Ley 19.032
- 3% de Obra social
Es el 11% el que no se retendría al trabajador, por lo cual tendría un mayor neto a cobrar.
Topes
Pero, la medida solo alcanzaría a quienes tengan salarios brutos de hasta $60.000 mensuales, con un tope de $2.000 en la exención.
Además, solo será para los meses devengados de agosto (se cobra en septiembre) y septiembre (se cobra en octubre).
Veamos un ejemplo, un empleado de comercio, en Septiembre 2019 tendría este recibo:
En este caso, el aporte del trabajador al SIPA es de $4.091,43 (37.194,80 x 11%). Sobre ese importe, hasta 2000 pesos, no se retendrán, por lo que el trabajador tendrá un ingreso neto de hasta 2.000 pesos.
Para este caso, el ingreso neto a cobrar pasaría de$ 29.841,81 a 31.841,81 pesos.
Por lo tanto, quienes tengan un bruto de 18.181,81 pesos o mas, tendrán un ingreso extra de hasta 2.000. Debajo de ese bruto, el ingreso será menor.
Liquidación de los 2.000 pesos decreto 561/19 – Quincena
Jornada Parcial o reducida
Para los contratos a tiempo parcial, el importe de 2000 pesos se proporcionará al tiempo trabajado considerando la jornada habitual de la actividad.
También deberá efectuarse la proporción que corresponda, en aquellos casos en que, por cualquier motivo, el tiempo trabajado involucre una fracción inferior al mes.
Por último, hay que tener en cuenta que la AFIP debe reglamentar la medida.
Otras medidas
Ganancias
Se incrementa en un 20% los importes de las deducciones contempladas en los incisos a) y c) del primer párrafo del artículo 23 de la ley de Impuesto a las Gannacias, vigentes para el período fiscal 2019.
La suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este Decreto con el que hubiera correspondido retener considerando la reducción de la base a la que se refiere el párrafo anterior, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca la AFIP.
Anticipos
Se reduce en 50% los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del Ejercicio 2019.
Monotributo
Se bonifica el impuesto integrado de septiembre de 2019, para los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) que hayan cumplido con el ingreso de las cuotas del impuesto de los períodos de enero a agosto de este año.
Laura Rey dice
El que trabaja media jornada tiene un beneficio de $ 1000?
Ignacio dice
si
Hago una consulta, mi jornada es de 6 horas diarias por un transcurso de 5 dias a la semana, entonces mi jornada se toma como reducida ?
El calculo seria
(6 x 2000 )÷ 8= 1500 de beneficio?
Para mi es 2000 / 48 x 30
el tope de los 60000 es bruto?
Si, son brutos los 60.000.
si
Vamos a estar cobrando $ 2000 que deberían ir al pago de jubilaciones y pensiones? es así? o yo nunca entendí lo de “solidario” del Sistema Seguridad Social
si cuando vamos a dejar de pagar la solidaria a estos ladrones
Nunca! Viva la democracia!
Lo debe reglamentar Afip. El tope siempre es de $2000, proporcionado en caso de jornada reducida; y por quincena proporcionada o todo en alguna es lo mismo
O sea que nos vas a faltar 2 meses de aporte jubilatorio? Y quién se va a hacer cargo de eso?!?!?! Cuándo me quiera jubilar no me van a dar los números. O estoy entiendiendo mal??
Lo paga el estado, el empleador te lo da directo a vos, solo x 2 meses
No, teoricamente se deposita todo a través del 931. El problema es que el empleador paga 2000 mas y hay que ver como queda reflejado el descuento para el pago de la Obligación. No te olvides que es el gobierno el que se hace cargo de los 2000.
Hola ! Buenos días..
Ignacio, podés brindar un ejemplo más claro?
Paso a paso. Como figura en el recibo. ¿le descuento al empleado el 11% o no?
Genio Ignacio
Ya había hecho todos los sueldos
Porque m Iva de viaje
Y los 931
Siempre el único q me dalva
Hola una consulta yo trabajo 36hs pero el descuento del 11 % superan los 2000 . Cobraría 2000 o el proporcional , si teóricamente es a base de mis aportes
Hola! Como se refleja en el recibo los $2000.- de devolución del aporte jubilatorio?
Gracias!
Tengo la misma duda. Lo encolumnamos como no remunerativo y ponemos el valor correspondiente? Especificando que es DECRETO 561/2019.
Gracias!
yo se lo coloque en no remunerativo Devolución Aporte Personal Decreto…. Vi también que otros lo colocan sumando en la columna de retenciones, pero como no pude hacerlo lo coloque en no remunerativo con el concepto expuesto.
Hola, en el sistema de liquidación de sueldos agregale un renglón debajo de “Jubilación” con el concepto “Beneficio Dto 561/2019” y le ponés el importe en negativo para que te sume en el total. Bah, creo que es lo más práctico
Hola, intente hacer lo que decís y el sistema ONVIO no deja poner una retención negativa para que sume
Hola, tal vez una opción sea pagar el importe como suma no remunerativa, y dejar el aporte jubilatorio como está. Porque al hacer el F931 se va a complicar, ya que se ingresan los importes brutos
si haces eso, tendrás que informar el monto en DDJJ NR 3279 por la inconsistencia que se va a generar; éste beneficio apunta a reducir las retenciones de ley; NO aumentar el total remunerativo.
El tema es que el decreto dice que se tiene que detraer del descuento… ” Los empleadores que tengan a su cargo el pago de la remuneración detraerán del descuento que les corresponda practicar conforme al inciso c) del artículo 12 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, la suma que resulte de la aplicación de lo dispuesto en los párrafos precedentes.”
Entiendo que ya el descuento Jubilacion tiene que estar reducido
En mi sistema, generé el concepto y dentro de la fórmula, al final, le puse que multiplique todo por (-1). Así el importe queda en negativo. Saludos!
genial!! gracia
Claro, es como menciona Florencia
Hola quisiera saber si a empleados de maestranza le corresponde el bono de 2 mil pesos, xq yo cobre lo mismo que el mes pasado no vi ninguna diferencia gracias
si, corresponde
Soy empleada doméstica mensual de 30 horas semanales . Me corresponde
el bono . Gracias
no
Buen día! En el caso de liquidaciones quincenales cómo se tomaría el tope del 11%?o se tiene en cuenta en la segunda liquidación el total? Gracias!
LO QUE YO HARÍA ES DESCONTAR HASTA MIL PESOS EN CADA QUINCENA, O LOS DOS MIL CON LA PRIMER QUINCENA
Gracias!
Tambien tengo liquidacion por quincenas, y pense en $1.000 en cada una.
Estimados, y quien lo paga??? el empleados y eso se reflejaria en menos en el F931????
En mi caso trabajo en comercio 4 horas diarias . Me corresponden $1000??? O los 2000
Si son 24 horas semanales, 1000 pesos
Calculadora de Empleados de Comercio
Buen día soy empleada domésticas 16 horas semanales me corresponde el bono y cuánto sería?
Hola, si, corresponde 666 pesos
Porque , una doméstica que gana 16000 , mensuales y hacen sus aporte , no le corresponde el bono de 2000 pesos ,
En mi caso hago liquidaciones UOCRA (quincenales), pero como el “beneficio” apunta a la proporcionalidad sobre el trabajo efectivo mensual, lo aplicare en la 2da quincena momento en cual voy a saber realmente que % del mes en cuestión trabajaron efectivamente, obviamente excepto que se desvincule antes, no obstante si eventualmente al no aplicar el “beneficio” en 1era quincena y si el empleado no presta servicios en la 2da, depositare el proporcional de la 1era en cuenta.
Es mi criterio.-
Sldos.-
JP que pasa si tenes liquidaciones finales, tengo el caso ahora y en el sistema aun no lo implementaron. Eso deberia descontarlo, y pagarlo y dpues al subir el F931 vendria descontado para que el empleador lo pague en menos?
Estoy en empmeadoa de comercio. Gano 28505. No me pagaron los 2000. Donde hago el reclamo?
A mi me descontaron los 2.000$.y no cobro más de 60.000$
El recibo lo hacemos normalmente solo q al beto le sumamos los 2000 o lo q corresponda
Y en el 931 como se haria?
931 has que esperar reglamentación de AFIP
Buen día. ¿Que pasa con la primera quincena de agosto?
Buen dia, la medida alcanza al personal doméstico, por ejemplo si trabaja medio dia, le corresponden 1000. Porque no había importe contra que deducirlo y sería una costo directo para el empleador
no
Ignacio: entonces a una empleada doméstica se le liquida igual que como hasta el mes pasado? Este bono no les corresponde? Muchas Gracias
asi es
A VER SI LOS SINDICATOS HACEN LO MISMO, NO NOS COBREN POR 2 MESES!!!! NO SON LOS QUE DEFIENDEN LOS TRABAJADORES, ESCORIAS DE LA SOCIEDAD….. JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJ Y PERTENEZCO A LOS EMPLEADOS DE COMERCIO QUE YA NOS ENTERRARON CON EL ACUERDO DE ESTE AÑO
tal cual !!!! ellos nunca resignan nada !!!! y te retienen de todos lados !!!!
Que podes esperar de los sindicatos y el de empleados de comercio menos que menos, nos mataron con el acuerdo, deben estar buscando como sacarnos algo más, de terror
Esas escorias son las que se sientan a negociar los % que te dan de aumento, irónico no?
Haci defiende a los trabajadores manga de lacra., hay q hacer una cadenas para ver si se dan cuenta que la estamos pasando mal…..bueno ellos no siente nada la crisis si ellos viven de todos los trabajadores que aportamos para que ellos sea más rico y nosotros los empleados más probre….
QUE LINDO SERIA SABER QUE HACEN SIN UN SINDICATO QUE LES CONSIGA AUMENTO, Y QUE LES HAGAN VALER SUS DERECHOS LABORALES, CUANDO SE HABLA DE LACRA SE APUNTA A UN GRUPO DE PERSONAS QUE REPRESENTAN DE MALA MANERA LOS SINDICATOS, PERO RECUERDEN QUE DETRAS DE ESTOS ESTAN NUESTROS DERECHOS, SIN LOS CUALES NOS PISOTEARIAN Y SERIAMOS MAS ESCLAVOS AUN. SALUDOS.
Bueno cursa nota a tu empleador y al sindicato desistiendo de sus servicios. Solo que algunos sindicatos ofrecen muchas ventajas como hoteleria y centros de vacaciones a precios accesibles. Por ejemplo nosotros aportamos al de seguros y tiene hospedaje accesible en todos los centros turisticos del pais, pero si no te dan nada simplemente borrate y si te apuran enchufales denuncia penal por amenazas apremios asociacion ilicita intimidacion cohercion, etc.
Tal cual e incluso el acuerdo de Comercio no aporta a Jubilaciones y si a sindicatos, unos chicos divinos! lo digo con razón de conocimiento! Slds
Quisiera saber como y si t dieron los 2mil? Yo cobré y tengo mil más que el mes pasado nomas
Hola , mí duda es esta : estoy como empleada de comercio (maestranza) trabajo 3 hs luego estoy como doméstica en otro lado(en blanco) mí sueldo es de 6400 aprox por estas 3 hs. Me corresponde un equivalente o el total del bono ? Gracias
A ver si entendí de nuestro aporte no van a portar y nos van a dar y quien cubre los dos meses sin aportar???????
hagan todos los empleados una desafeccion a los sinditacos masivo y vas a ver como cambian las cosas