• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleadores deben informar a la ART la nómina de empleados en situación de teletrabajo

17 marzo, 2020 Por Ignacio 8 comentarios

En el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el decreto 260/2020, el Ministerio de Trabajo estableció que los empleadores habiliten a sus trabajadores a realizar su prestación laboral desde su domicilio particular.

Esta situación, deberá ser informada a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) a la que estén afiliados, así lo establece la resolución 21/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo publicada este martes en el Boletín Oficial.

La resolución precisa, que los empleadores deberán informar a la ART:

  • Nómina de trabajadores afectados (Apellido, Nombre y C.U.I.L.).
  • · Domicilio donde se desempeñara la tarea y frecuencia de la misma (cantidad de días y horas por semana).
  • El domicilio denunciado será considerado como ámbito laboral a todos los efectos de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo.

La resolución 21/2020 puntualizó que esta modalidad transitoria y excepcional implica un ejercicio responsable de la buena fe propia de las relaciones laborales, debiendo empleadores y trabajadores extremar sus esfuerzos para no afectar las prestaciones comprometidas.

Vigencia

Desde su publicación en el Boletín Oficial, 17/03/2020.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: ART, SRT, Teletrabajo

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. evelyn dice

    18 marzo, 2020 a las 9:55 pm

    Gracias por la informacion, que nos bridas!! Salud0s

    Responder
  3. Lorena dice

    18 marzo, 2020 a las 1:48 pm

    Como se informa este tema a las ART ?

    Responder
    • Ignacio dice

      18 marzo, 2020 a las 11:10 pm

      Hay que consultarlo con la ART

      Responder
  4. AGUSTINA dice

    17 marzo, 2020 a las 3:43 pm

    Buenas tardes, en la empresa donde estoy que es una planta metalurgica, empleados encasillados en casos de riesgo se les indico quedarse en sus casas, por la naturaleza de la actividad NO pueden realizar teletrabajo, en estos casos corresponde tambien informar en la art el domicilio como lugar de trabajo?

    Responder
  5. Virginia dice

    17 marzo, 2020 a las 12:04 pm

    Buenos días, el art 3 de la Res 207/2020 hace referencia a las faltas justificadas por el cuidado de menores a cargo durante la suspensión de clases en las escuela, esos días son con goce íntegro de remuneraciones o no?

    Responder
    • Ignacio dice

      17 marzo, 2020 a las 2:28 pm

      si, con goce de remuneraciones

      Responder
  6. Santiago dice

    17 marzo, 2020 a las 11:02 am

    Buenos días Ignacio,
    Disculpa: Mi consulta no tiene que ver con este tema pero necesito hacerla porque casi nadie esta hablando de la movilidad jubilatoria: En MARZO 2020 la Base imponible máxima y mínima de aportes y contribuciones es de 173.945,66.- y 5.352,25 respectivamente?? Muchas Gracias!!

    Santiago

    Responder
    • AGUSTIN dice

      17 marzo, 2020 a las 12:57 pm

      Creo que aun no fueron publicados dichos valores.
      AFIP solo informo los nuevos importes de autonomos.

      Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (218) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (398) FATSA (77) Ganancias (420) Homologación Acuerdos (127) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (533) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (210) Resoluciones (493) Sanidad (94) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (126) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d