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ArbaNet: Instructivo liquidación para el período 08/2009.

15 septiembre, 2009 Por Ignacio 2 comentarios


Readecuación de Anticipos Arbanet – Instructivo


A continuación les de dejo la copia del instructivo publicado por parte del Consejo Profesional (CPBA) para la liquidación del anticipo de ingresos brutos 08/2009 por el “renovado” sistema ARBANet. Se lo puede descargar de la página del Consejo, y también está link en el pié del artículo, junto con el intructivo, que también publicó ARBA, los dos en formato PDF.

Readecuación de Anticipos Arbanet

Uno
de los reclamos planteados por nuestro Consejo y cuestionado en varios
fallos judiciales, fue rectificado por las autoridades de ARBA. Ahora
los montos estimados oficialmente podrán “modificar”.

Cómo era hasta ahora
• ARBA calculaba a lo largo del año los anticipos mensuales
preliquidados por el fisco que eran tomados como pago a cuenta de cada
contribuyente.
• Se debía abonar el monto que la Agencia de
Recaudación calculaba como anticipo de los pagos, que variaba mes a mes.
• Si existieran diferencias a favor de los contribuyentes, éstos debían
pagar y, luego, reclamar la devolución de la diferencia.

Cómo será desde este mes
• La Agencia seguirá calculando los anticipos mensuales de acuerdo a su criterio.
• Los anticipos mensuales serán fijos, de manera de evitar la fluctuación.
• Los contribuyentes podrán modificar on line, en más o en menos, los
montos de los anticipos y abonar lo que crean que les corresponde.

A continuación ponemos a disposición de los matriculados un archivo con
el texto ordenado donde se detallan las modificaciones introducidas y
otro con un instructivo con los pasos a seguir.

Propósito:
El objetivo del presente, es informar a los contribuyentes, la forma en que operará ArbaNet a partir del anticipo 08/2009. La principal modificación radica en la posibilidad de corregir el anticipo liquidado por la Autoridad de Aplicación e ingresar el anticipo readecuado por el propio contribuyente.

Liquidación Anticipos:
A partir de septiembre de 2009, para el anticipo de Agosto 2009 en adelante, se introduce una modificación en la forma de cálculo y liquidación.
En adelante, para los periodos no vencidos, el sistema mostrará en pantalla el monto liquidado por la Autoridad de Aplicación y el contribuyente podrá completar el anticipo que le corresponda abonar en caso de no resultar coincidente con el calculado por ARBA.
Pasos a seguir a fin de obtener la liquidación:
En la página de la ARBA, solapa EMPRESAS, ingresando por la opción „obtenga su anticipo‟, el sistema solicitará identificación del usuario mediante CUIT y CIT.


Validados estos datos, el sistema permitirá seleccionar si desea ver un anticipo o todos.

Una vez ingresado deberá clickear la casilla de anticipo a vencer que desea pagar, luego aparecerá:
El monto liquidado por ARBA según la clasificación del contribuyente y en base a parámetros considerados por la Agencia.
Se habilitará una línea “Importe de Anticipo a Pagar (Estimado /Readecuado por el contribuyente)”, donde el contribuyente tendrá la opción de ingresar el monto que le corresponda abonar de acuerdo a su estimación de actividad para el período.

El sistema esta habilitado para ingresar una de las siguientes opciones:
1) Igual Importe: Ingresando en el campo “Importe del anticipo a pagar” igual importe al preliquidado o dejando vacío y “aceptar “ se estará confirmando el anticipo liquidado por ARBA.
2) Mayor Importe: Ingresando en el campo “Importe del anticipo a pagar” un importe mayor al liquidado, al “aceptar” abrirá una siguiente pantalla con el importe ingresado, correspondiente al anticipo a vencer que deberá “confirmar”.
3) Menor Importe: en el mismo campo podrá ingresar un importe menor al liquidado, habilitando de esta forma una opción para cargar „datos adicionales‟ solicitados por el sistema.
Al prestar conformidad mediante el botón “Aceptar”, se mostrará una ventana de advertencia que indica que se encuentra confirmando un anticipo de $XXX,XX, para el periodo AAAA/MM. , nuevamente aparece un botón para confirmar y otro para volver a la pantalla de selección de anticipos.


Si el anticipo ingresado fuera de mayor o igual valor al liquidado por la Agencia, la sola confirmación del mismo será suficiente.
Si por el contrario la suma consignada en el recuadro y confirmada fuera un monto inferior al liquidado por ARBA, el sistema requerirá información adicional que justifique la corrección efectuada.




(*) Muestra la actividad principal y las dos primeras secundarias en las que se encuentra inscripto.
(**) A completar, deberá ser mayor o igual a la suma de los campos correspondientes a ingresos gravados de las actividades 1 a 3.
(***) Este campo será calculado por la propia aplicación web y muestra la suma de las 2 columnas anteriores (gravados + no gravados y exentos).

Esta información en el mes de septiembre será requerida en una línea y por „totales. No obstante, a partir del mes de octubre, se solicitará la carga por única vez de dicha información desagregada de manera mensual por los periodos julio 2008 a junio 2009.

Aquí se habilitará dos opciones “Modificar“ o “Confirmar”.

En caso de “Modificar”, podrá volver a la pantalla inicial y consignar un valor distinto de anticipo a pagar.
De “Confirmar”, se mostrará un mensaje del monto confirmado, y desde allí se podrá acceder al volante de pago.
A tener en cuenta:
El anticipo recalculado, una vez confirmado los datos en el sistema, debe ser abonado por el contribuyente a su vencimiento.
La falta de pago en término produce la caducidad de la readecuación formulada por el contribuyente y hace exigible el anticipo oportunamente liquidado por ARBA.
La modificación solo estará disponible únicamente para el anticipo a vencer y hasta la fecha de vencimiento del mismo.
En caso de quedar el campo del Importe del Anticipo a pagar vacío, se considerará confirmado al valor liquidado por la Agencia.
Acaecido el vencimiento, de no existir modificación del importe por parte del contribuyente, el monto preliquidado por la Agencia será considerado confirmado.
Una vez cancelado el anticipo original (sea declarado por el contribuyente o calculado por la Agencia), se permitirá la generación de volantes de “pago adicional” para el mismo periodo.

También se pueden bajar los instructivos del Consejo Profesional de la Pcia. de Bs. As. y de ARBA en formato PDF:

  • Instructivo Liquidación Anticipos – CPBA
  • Instructivo Liquidación Anticipos – ARBA

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: ARBA, ARBANet, Ingresos Brutos, Instructivos

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Comentarios

  1. -
  2. Nicolás dice

    28 agosto, 2013 a las 2:16 pm

    Perdón que escriba en un post viejo pero me estoy volviendo loco para presentar mi anticipo. Hace poco mi contador dejó de asesorarme por problemas personales, y quede a la deriva. En mi actividad que es servicios tengo entendido que debo estimar el 3,5% es así? porque al cargar el importe estimado por mí, y luego completar las retenciones y percepciones, me lanza el error que no resulta coincidente el valor declarado por mí con el importe re-calculado. No hay forma, solo que lo deje en 0 (cero) como me sugiere Arba, tengo saldo a favor. Qué me sugiere? por favor si podría ayudarme en este paso se lo agradeceré. Saludos!

    Responder
  3. Nicolás Leone dice

    28 agosto, 2013 a las 2:00 pm

    Perdón que escriba en un post viejo pero me estoy volviendo loco para presentar mi anticipo. Hace poco mi contador dejó de asesorarme por problemas personales, y quede a la deriva. En mi actividad que es servicios tengo entendido que debo estimar el 3,5% es así? porque al cargar el importe estimado por mí, y luego completar las retenciones y percepciones, me lanza el error que no resulta coincidente el valor declarado por mí con el importe re-calculado. No hay forma, solo que lo deje en 0 (cero) como me sugiere Arba, tengo saldo a favor. Qué me sugiere? por favor si podría ayudarme en este paso se lo agradeceré. Saludos!

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