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ARBA: nuevo impuesto para dueños de dos inmuebles similares

19 febrero, 2013 Por Ignacio 7 comentarios

La medida, que comenzará a regir desde julio, alcanzará a unos 90 mil contribuyentes y le representará a la Provincia ingresos cercanos a los 400 millones de pesos.

La provincia de Buenos Aires comenzará a aplicar desde julio un nuevo impuesto, aprobado por ley a fines del año pasado, que alcanzará a los propietarios de más de un inmueble del mismo tipo radicados en el territorio provincial.

La nueva carga fiscal que alcanzará a unos 90 mil contribuyentes que en conjunto poseen 450 mil partidas, le representará a la Provincia alrededor de 400 millones de pesos, que contribuirá a atenuar su grave situación financiera. 
El nuevo tributo a los multipropietarios gravará con un adicional a aquellos contribuyentes que tengan más de una propiedad urbana del “mismo tipo de planta”, más de un campo, más de una casa o más de un terreno considerado baldío.
Se explicó que la posesión únicamente de una vivienda y de un campo, por ejemplo, no será gravada por ese adicional, mientras el dueño de dos viviendas y un terreno baldío pagará el plus en el Inmobiliario únicamente por sus dos viviendas.
La Agencia de Recaudaciones Bonaerense (ARBA) prevé aplicarlo a partir del julio y será pagadero en tres cuotas cuando las sumas sean abultadas.
De acuerdo con lo explicado por ARBA, el monto del adicional que abonará cada contribuyente con propiedades múltiples surgirá de la resta entre lo que abonaría en concepto del Inmobiliario Urbano (o del Inmobiliario Rural, o Baldío) en caso de sumarse las valuaciones fiscales de sus, al menos, dos propiedades, y aplicando una mayor alícuota en función del total de ese monto, y lo que paga en la actualidad por esas propiedades, ya que a cada una de las cuales, de manera individual, se le aplica una alícuota menor.
A modo de ejemplo se cita el caso de un contribuyente que posee dos inmuebles urbanos edificados cuya valuación es de 500.000 pesos cada uno, la alícuota del nuevo impuesto no resultará la misma si se efectuara una liquidación por cada inmueble (como ocurre hasta el momento) que si se lo hiciera sobre el monto de valuación fiscal considerando la suma de ellos, es decir, 1 millón de pesos”.
“En el primer caso la alícuota efectiva considerando la tabla sancionada para el periodo fiscal 2013, sería de 0,93 por ciento por lo que pagaría un tributo de 9.325 pesos, mientras que en el segundo caso, sumando las dos valuaciones fiscales, la alícuota efectiva sería de 1,39 y el impuesto determinado sería de 13.930pesos”.
De esta forma, el impuesto complementario para este multipropietario ascendería a la suma de 4.604 pesos, cifra resultante de la diferencia entre 13.930 y 9.325 pesos.
Esta imposición, según el informe, no alcanzará a todo el universo de propietarios con más de una propiedad de la misma planta; cuando la diferencia a cobrar como resultado del cálculo sea menor
a los 400 pesos, el nuevo tributo no se cobrará, de acuerdo a lo indicado por fuentes oficiales.
Desde ARBA se indicó que “la idea subyacente de este desdoblamiento del impuesto en dos definiciones de hecho imponible que se corresponden con un inmobiliario básico liquidado por inmueble, y un inmobiliario complementario por cada conjunto de ellos que posea un mismo contribuyente, es potenciar la progresividad del impuesto acumulando para ello las bases imponibles, de modo que se tribute en esos casos a una mayor alícuota”.
El tributo se abonará en una sola cuota con vencimiento en julio para aquellos casos en que la diferencia sea entre 400 y 800 pesos y en tres cuotas para aquellos que superen ese monto que vencerán en julio, septiembre y noviembre.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: ARBA, Impuesto Inmobiliario

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Comentarios

  1. -
  2. Gisele Bell dice

    21 abril, 2015 a las 2:01 am

    Este es el denominado "impuesto complementario" o es uno nuevo?

    Responder
  3. Anónimo dice

    6 marzo, 2013 a las 5:12 pm

    el numero no lo se pero el titulo es CHORREANDO LINDO

    Responder
  4. Anónimo dice

    21 febrero, 2013 a las 12:52 pm

    Cual es el Numero de Ley?

    Responder
  5. Anónimo dice

    21 febrero, 2013 a las 12:25 pm

    cual es el numero de Ley?

    Responder
  6. Anónimo dice

    21 febrero, 2013 a las 4:22 am

    Tengo un campo que tiene cuatro partidas diferentes. Se considera una sola propiedad? o cada partida es una unidad aparte?

    Responder
  7. Anónimo dice

    20 febrero, 2013 a las 1:51 am

    Que pasa con los bienes heredados?.

    Responder
  8. Anónimo dice

    19 febrero, 2013 a las 11:45 pm

    no lo pienso pagar

    Responder

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