Solicitud pago de honorarios, Solicitud pago único, Solicitud acrecimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento y Asistencia para el inicio de pensión honorífica de veteranos de guerra.
La ANSES amplió los trámites que se pueden realizar a través de su modalidad de Atención Virtual:
Solicitud pago de honorarios,
Solicitud pago único,
Solicitud acrecimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento,
Asistencia para el inicio de pensión honorífica de veteranos de guerra.
La modalidad de Atención Virtual, que funciona todos los días de 0 a 20 horas, permite canalizar 60.000 gestiones diarias. Es importante mantener actualizados los datos de contacto, ya que el organismo responderá la consulta por correo electrónico.
La medida fue oficializada hoy, mediante la publicación en el B.O. de la resolución 37/21.
Cómo solicitar la atención virtual en ANSES
Ingresar a https://www.anses.gob.ar/av con su número de CUIL y Clave de la Seguridad Social, debe seleccionar el tipo de atención, cargar la foto del frente y dorso del DNI y describir brevemente el motivo de su trámite.
Debés ingresar con tu número de CUIL y Clave de la Seguridad Social. Si no contás con Clave podés generarla en el momento.
Es importante que actualices tus datos de contacto ya que ANSES responderá tu consulta por correo electrónico.
Una vez que hayas ingresado, deberás seleccionar el tipo de atención que requerís, cargar la foto del frente y dorso de tu DNI, y describir brevemente el motivo de tu trámite.
En la plataforma de Atención Virtual podrás visualizar tus trámites de acuerdo a estas categorías:
- En proceso: son aquellos que se encuentran en tratamiento actual.
- Necesitan información: en los casos que un operador de ANSES te solicite una respuesta para continuar el trámite.
- Finalizados: donde se visualiza tu historial de trámites realizados y desde donde podrás descargar la constancia de los mismos en los casos que fuera posible.
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 37/2021
RESOL-2021-37-ANSES-ANSES
Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-86907297- -ANSES-DGPD#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto Nº 1033 del 20 de diciembre de 2020, las Resoluciones N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES del 21 de abril de 2020, RESOL-2020-201-ANSES-SEA#ANSES del 29 de abril de 2020, RESOL-2020-141-ANSES-SEA#ANSES del 29 de abril de 2020, RESOL-2020-192-ANSES-ANSES del 5 de junio de 2020, RESOL-2020-273-ANSES-ANSES del 29 de julio de 2020, RESOL-2020-294-ANSES-ANSES del 19 de agosto de 2020, RESOL-2020-362-ANSES-ANSES del 7 de Octubre de 2020, RESOL-2020-449-ANSES-ANSES del 23 de diciembre de 2020, de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de resolución por el cual se amplían los trámites que se podrán gestionar a través del Sistema “ATENCIÓN VIRTUAL”, en las condiciones establecidas por la Resolución RESOL-2020-94-ANSES-ANSES y sus modificatorias.
Que el Decreto N° 260/2020, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado decreto.
Que el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia dando lugar al dictado del Decreto N° 297/2020, por el cual se dispuso el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo del año 2020.
Que luego de la implementación del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio establecido por el Decreto N° 297/2020, en virtud de la pandemia de COVID-19, ANSES fue reabriendo las Unidades de Atención y Oficinas en todo el territorio del país, de acuerdo a la situación sanitaria de cada provincia y localidad, en un trabajo coordinado con gobernadores e intendentes, atendiendo al público con un sistema de turnos que permite mantener la distancia social y garantizar los protocolos sanitarios.
Que dicha situación generó una disminución significativa en la cantidad de turnos que esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL pudo ofrecer a la población para realizar trámites de forma presencial.
Que ante ello, por la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES se aprobó la implementación del sistema “ATENCION VIRTUAL”, como medio de interacción del ciudadano con esta Administración Nacional de la Seguridad Social, a través de la recepción y remisión, por medios electrónicos, de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones, y comunicaciones, entre otros, que será utilizado mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, conforme los Términos y Condiciones de uso Generales y Particulares allí establecidos.
Que posteriormente, mediante las Resoluciones N° RESOL-2020-201-ANSESSEA#ANSES, RESOL-2020-141-ANSES-ANSES, RESOL-2020-192-ANSESANSES, RESOL-2020-273-ANSES-ANSES, RESOL-2020-294-ANSES-ANSES y RESOL-2020-362-ANSES-ANSES, se ampliaron los trámites a distancia que pueden ser recibidos mediante el sistema “ATENCION VIRTUAL”.
Que por el artículo 2º del Decreto N° 1033/2020, se extendió hasta el 31 de enero de 2021 la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas, en tanto estos verifiquen los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos.
Que en dicho contexto, a través de la Resolución RESOL-2020-449-ANSESANSES, se dispuso que el sistema “ATENCION VIRTUAL” continúe siendo un canal de atención complementario al sistema de turnos presenciales en las Unidades de Atención y Oficinas.
Que mediante Nota N° NO-2021-06810353-ANSES-SEP#ANSES, la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones solicitó ampliar los trámites que se podrán gestionar a través del Sistema “ATENCIÓN VIRTUAL”, incluyendo los referentes a Solicitud pago de honorarios, Solicitud pago único, Solicitud acrecimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento y Asistencia para el inicio de pensión honorífica de veteranos de guerra, en el marco de lo establecido en la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES.
Que la Dirección General Diseño de Normas y Procesos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2741/1991, el artículo 36 de la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 429/2020.
Por ello,
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Amplíanse los trámites a distancia que podrán ser recepcionados mediante el sistema “ATENCION VIRTUAL”, conforme los Términos y Condiciones de uso Generales y Particulares establecidos por la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES, sus modificatorias y sus complementarias.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que se recepcionarán los trámites referentes a Solicitud pago de honorarios, Solicitud pago único, Solicitud acrecimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento y Asistencia para el inicio de pensión honorífica de veteranos de guerra, en el marco de lo establecido en la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES de fecha 21 de abril de 2020.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a dictar las normas operativas, complementarias y a establecer los procedimientos que resulten necesarios para implementar lo dispuesto en la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Maria Fernanda Raverta
e. 03/02/2021 N° 4989/21 v. 03/02/2021
Fecha de publicación 03/02/2021
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