Desde el 1ro de enero de 2011, la tasa mensual para calcular los resarcitorios pasa al 3% y la de los punitorios al 4%.
Ya están vigentes las nuevas tasas para los intereses resarcitorios y punitorios que cobra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El incremento que se dio a conocer mediante la resolución 841/2010 emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas entró en vigencia el 1º de enero de este nuevo año.
Estas son las tasas que entrararon en vigencia el 1º de enero de 2011:
- Intereses resarcitorios: 3% mensual.
- Intereses punitorios: 4% mensual.
La resolución también establece que “respecto de la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes del 1º de enero próximo, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos alcanzados por los mismos”.
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