La AFIP oficializó el Plan especial de facilidades de pago hasta en 120 cuotas al 1,9% mensual.
La AFIP, a través de la Resolución General (AFIP) 3756, oficializó el plan especial de facilidades de pago de hasta 10 años, dispuesto por el Gobierno Nacional, para quienes tengan deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social vencidas al 28 de febrero de este año.
El plan cuenta con un plazo máximo de 120 cuotas, una tasa de interés del 1,9% mensual, se puede adherir hasta el 31 de mayo inclusive.
Anticipo
Los contribuyentes que ingresen al mismo deberán pagar el 7% del total de la deuda en la primera cuota.
Cuotas
– Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, y el monto de cada una deberá ser igual o superior a $ 500, excepto para los monotributistas, la cual deberá ser igual o superior a $ 150.
– La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 120 cuotas y vencerán los días 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se formalice la adhesión, sin perjuicio de que las fechas de vencimiento de las cuotas sean modificadas por el calendario de vencimientos que anualmente establece la AFIP, y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo.
Tasa
La tasa de interés de financiación será del 1,90% mensual.
Vigencia
La adhesión al régimen podrá formalizarse hasta el 31/5/2015 inclusive.
Deudas incluidas
- IVA,
- Ganancias,
- Bienes Personales,
- aportes de seguridad social,
- contribuciones de seguridad social,
- multas aplicadas por la Aduana,
- cargos suplementarios por diferencias de valor o cantidades declaradas en operaciones de comercio exterior
- y planes de facilidades caducos al 31 de marzo de 2015.
Requisitos
Para ingresar, los contribuyentes deberán tener la misma cantidad de empleados declarados en relación de dependencia que el último día del año pasado y los vencimientos de marzo y abril de 2015 al día -con las declaraciones juradas presentadas y pagadas-.
Sujetos Exclusiones
Quedan excluidos quienes estén denunciados por delitos previstos en el Código Aduanero o en la Ley Penal Tributaria.
Caducidad
Este plan de facilidades caducará si el contribuyente no paga una de las cuotas después de los 30 días de su vencimiento o si no paga en tiempo y en forma sus obligaciones corrientes vencidas con posterioridad al 28 de febrero de 2015.
Obligaciones excluidas
Las deudas excluidas del régimen son las generadas por: retenciones y percepciones; anticipos a cuenta de impuestos; cuotas de planes vigentes;
- aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales, excepto las correspondientes a los monotributistas;
- las cuotas de las ART
- la contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA)
Maria Belen dice
Ignacio, buenos dias. Quiero incorporar al plan de pagos la desda de un plan con fecha de caducidad el 04/11/2009. No se como hacer para incorporarla, teoricamente en el paso 2: "Carga de las Obligaciones a Regularizar" deberia poder cargarla, pero no encuentro donde.
Te agradeceria si me pudieras orientar. Gracias
Ignacion,
Buen día. Te dejo la siguiente consulta:
Yo realicé el pago hace más de 3 días, pero aún no se ve reflejado en el CCAM. Puede ser que tarde más de lo habitual en impactar el plan de pago en la cuenta corriente del monotributista?
Saludos,
Federico
Puede ser eso o puede ser que hayas puesto mal los períodos y/o conceptos, pero ese sería un error grosero, espero que no te hayas equivocado y solo sea un atraso del sistema.
Buenas tardes, en mi caso soy monotributista autónomo y tengo deudas desde 06/2014, ¿podrè acceder a este nuevo plan?. Gracias
Un plan de 120 cuotas para pagar menos de 8 meses de cuota del monotributo??? hace el plan de 6 cuotas, ratón!!!.
Ingrese en mis facilidades y no aparece el ultimo plan de pagos. Se debe a que la pagina no esta actualizada o es otra la causa?
El nuevo plan de pagos estara disponible a partir del 1 de Abril.
Los ajustes de inspeccion de Año 2013, presentados en marzo 2015 tampoco ingresan no?
La norma habla de planes en "condiciones de caducidad" al 28/02, pero tengo un caso que a dicha fecha reunía las condiciones para estar caduco, pero con fecha 18/03 lo caducaron, entrará en el nuevo Plan??
Intenta, pero para mi no corresponde
Buenas,
Se pueden incluir planes caducos al 31/03 o al 28/02??
al 28/02/15, losa caducos con posterioridad estan expresamente excluidos en el capitulo B articulo 2- inc a)
Una consulta, los autónomos que deban aportes podrán hacer un plan de facilidades para ponerse el día?
Gracias
si
si