Régimen de Información de Conceptos no Remunerativos” – DJNR RG 3279/12 AFIP. El acceso es a través de la web de AFIP mediante clave fiscal.
vigencia a partir del 01/04/2012, inclusive, y será de aplicación
respecto de las remuneraciones que se paguen a partir de dicha fecha.
ACTUALIZACIÓN
El aplicativo no pide muchos datos, período a ingresar, en este caso marzo 2012. Jurisdicción, que entiendo se refiere a la norma que avala el no remunerativo. Tipo de norma, número, año. Y por último cantidad de trabajadores que reciben el no remunerativo y el monto.
Respecto a las normas a informar, debido a falta de reglamentación por parte de la AFIP, en mi caso opté por informar la resolución homologatoria del acuerdo salarial no remunerativo, en el caso de empleados de comercio la norma a informar en la DJNR sería la Resolución 685/11 de la Secretaría de Trabajo.
En el caso de no estar homologado el acuerdo, entiendo que hay que informar el acuerdo, la fecha y en todo caso el artículo correspondiente en el campo “especificar”.
Los datos a informar no son muchos, pero eso no quita que no nos lleve tiempo, sobre todo buscar las normas que avalan los acuerdos no remunerativos. Un trabajito más que nos dejaron los muchachos de la AFIP, como si en abril no tuviéramos nada que hacer.
Así que si querían tomarse el fin de semana largo, los muchachos de la AFIP nos dejaron tarea.
Empleados de Comercio CCT 130/75
Hasta marzo se paga el último acuerdo no remunerativo del acuerdo junio de 2011. Homologado por la Resolución 685/11 de la Secretaría de Trabajo
UOM 541/11
Hola Ignacio, otro convenio para tener en cuenta es el ACTA ACUERDO
del 12/04/2011,CCT N 217/93 PERSONAL DE COSECHA Y EMPRAQUE DE FRUTAS
CITRICAS DE ENTRE RIOS Y CORRIENTES. Resolucion de la secretaria de
trabajo 110/2012.
Saludos
MÓNICA
Hola Ignacio: Te paso los que encontré (como verás tengo trabajito)
UCI Resol.S.T. 1283/11 por los viaticos
SETIA Res.S.T. 1374/10 por los viaticos
SOIVA Res.S.T. 599/11 por los viaticos
FATSA Geriatricos del CCT 122/75: Res.S.T.1118 8/9/11
Fatsa Consultorios del CCT 108/75: ac. 18/8/11 no homologado.
Plastico del CCT 419/05: ac. no homologado 20/12/11
Si alguien sabe: necesito Marroquineros CCT 135 Y 224, y que hacer
con las vacac. del 9/4 ¿se declaran ahora o fin de mes?, como se hace si
hay varios items porque solo permite uno. Besos
Cr. Boglione Nicolás
Madereros:
FAIMA – USIMRA: CCT 335/75 Resolucion Nº731 de la Secretaria de
Trabajo. No Remunerativo del 28,25% de la siguiente forma: de Abril a
Julio del 2011 el 10%. da Agosto a Noviembre del 2011 el 9,25% y de
Diciembre a Marzo de 2012 el 9%.
Silvia
Hola Ignacio. En el CCT
526/08 de Tintoreros, además de la ayuda para viáticos incluida en la
Res. 727/2011 S.T.,hay uno bono 2011/2012 (homologado por la Res.
67/2012 ST) por única vez que se paga en 3 cuotas de $400 entre enero y
marzo 2012.
De gastronomicos tengo la resolución 973/2011 de la Secretaria de Trabajo. Confirmen si esta bien.
GASTRONOMICOS: UTHGRA CCT 389/04: RESOLUCION ST Nº 973 AÑO 2011 http://www.uthgra.org.ar/site/index.php?put=empleadores_escalas
para buscar los otros CCT según la zona.
Natalia
Para Gastronomicos cct 389/2004, econtre resolucion 973/11
mtrio de trabajo, que homologa el acuerdo 1103/2011, si alguien puede
corroborarlo se los agradeceré.
María Pía
Camioneros: Convenio:
Transporte 40/89, Tipo Jurisdicción: Nacional, Tipo de norma: Acta,
Tipo de Organismo: Ministerio de Trabajo/Empleo, Nº norma: 40, año de
emisión: 1989.
Saludos , Maria Pia
Graciela
Agrego UECARA (empleados de la construcción, convenio 151/75): resolución secretaría de trabajo 133, año 2012.
Andrea
https://convenios.trabajo.gob.ar/ConsultaWeb/consultaBasica.asp
en este link de www.trabajo.gov.ar, poniendo acuerdo y buscar, aparecen todos los acuerdos, CCT y homologaciones
Gracias, a todos y todas por la colaboración!
ACTUALIZACIÓN 09/04/2012
Paso en limpio los acuerdos que fueron apareciendo en comentarios, gracias a todos por la colaboración.
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Convenio | ATILRA CCT 2/88 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 1.235 |
Año | 2011 |
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Convenio | Empleados de Comercio 130/75 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 685 |
Año | 2011 |
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Convenio | Construcción CCT 76/75, 577/10 y 545/08 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Disposición |
Organimo | Otros |
Nº de norma | 10 |
Año | 2012 |
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Convenio | Construcción CCT 151/75 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 133 |
Año | 2012 |
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Convenio | Construcción CCT 151/75 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 133 |
Año | 2012 |
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Convenio | Gastronómicos CCT 389/04 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 973 |
Año | 2011 |
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Convenio | Gastronómicos CCT 401/05 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 805 |
Año | 2011 |
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Convenio | Gastronómicos CCT 362/03 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 35 |
Año | 2011 |
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Convenio | Metalúrgicos CCT260/75 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 541 |
Año | 2011 |
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Convenio | Panaderos CCT 461/06 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 1316 |
Año | 2011 |
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Convenio | Pasteleros de Entre Ríos CCT 381/04 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 12 |
Año | 2012 |
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Convenio | Plásticos CCT 419/05 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 3 |
Año | 2012 |
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Convenio | Smata ACARA CCT 496/10 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 537 |
Año | 2011 |
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Convenio | SAMATA CAVEA CCT 594/10 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 1.032 |
Año | 2011 |
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Convenio | Sanidad CCT 108/75 |
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Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 1.444 |
Año | 2011 |
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Convenio | SATSAID CCT 223/75 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 1.039 |
Año | 2011 |
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Convenio | SAL (Locutores) CCT 432/75 |
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Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 1.600 |
Año | 2011 |
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Convenio | Vigiladores de Córdoba CCT 422/05 |
---|---|
Jurisdicción | Nacional |
Norma | Resolución |
Organimo | Secretaría de Trabajo |
Nº de norma | 1.097 |
Año | 2011 |
Beatriz dice
Hola, esto es un kaos, se pensaran que no tenemos nada que hacer??? Deberian pagarnos un sueldo!!!!
En el caso de las liquidaciones finales, estoy poniendo la ley madre, 20744 año 1974, Besos
EL QUE NO ABONE CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS NO DEBE PRESENTAR LA DDJJ , EN LA LEY 24241 ART. 7 SE ESPECIFICA CUALES CONCEPTOS SON REMUNERATIVOS Y CUALES NO
yo ya presente una de comercio, y cuando pongo la resolucion 685/11 de la Secretaria de Trabajo,en Organismo me salio "No aplica". ????
De gastronomicos tengo la resolución 973/2011 de la Secretaria de Trabajo. Confirmen si esta bien. Gracias!!!!
Esto es un embole no funciona la pagina de AFIP……!!!!!!
Silvia
Hola Ignacio. En el CCT 526/08 de Tintoreros, además de la ayuda para viáticos incluida en la Res. 727/2011 S.T.,hay uno bono 2011/2012 (homologado por la Res. 67/2012 ST) por única vez que se paga en 3 cuotas de $400 entre enero y marzo 2012. Sabés en este caso cómo debo informar ambas normas? Muchas gracias. Eleonora
HOla Ignacio.. tengo que hacer una ddjj con el gremio gastronomicos, cuando se refiere a conceptos no remunerativos, entiendo que son todos los que se paguen, por ejemplo, los restaurantes que liquido, les pagan a sus empleados, el adicional alimentacion, (que como la empresa les da el almuerzo, lo tengo que sacar como una retencion) en este caso, tambien debería hacer mension al art del cct que establece ese adicional? ademas de por supuesto el acuerdo vigente…? gracias
encima en mi ciudad la AFIP esta de paro hoy y mañana como para sacarme dudassssss….y la put….con ECHEGARAY..pedazo de forroooooooo
HOLA DE GASTRONOMICOS FEGRHA UTHGRA TENES QUE HAY QUE PONER??
MARIANELA
IGNACIO, MI NOMBRE ES CELESTE Y MI CONSULTA ES A CERCA DE LA NORMATIVA SEGUN LO QUE VOS COMPRENDES HAY QUE PONER EL NUMERO DE RESOLICION DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO, YO TRABAJO CON EMPLEADOS MARROQUINEROS, CAMIONEROS Y HOTELEROS Y DE ELLOS TRES NO LOGRO ENCONTRAR VLAS RESOLUCIONES, SI PUDIERAS DECIRME DE DONDE PUEDO SACARLAS ME AYUDARIAS.
MUCHAS GRACIAS!!!!!!!!
Hola Ignacio, te quería consultar por el convenio 180/75 de Sanidad, qué norma tengo que poner? Otra cosa, el aplicativo te permite sólo 5 dígitos, con lo cual tenemos que poner el número de la resolución sin la barra? Ejemplo, para Emp. de Comercio: Resolución 68511?
Y por último, te hago la misma pregunta de Alejandra el msj 12, sobre los que trabajan media jornada, ponemos la remuneración duplicada como en el F931 o no? Desde ya muchas gracias!!!! Claudia
Ignacio, tengo que cargar los conceptos no remunerativos de empleados rurales temporales que cobran la Indemnización sustitutiva de Vacaciones y otro empleado que renunció y tiene que cobrar las vacaciones no gozadas y SAC proporcional. Para declarar eso ¿qué norma tenemos que poner?
Ignacio, tengo dos convenios colectivos, VIAJANTES y Camioneros. Te agradeceria si los podes actualizar. Camioneros saco un No rem para los meses de 02/2012, 04 y 05/2012. Se declaran solo esos conceptos o hay que declarar todos los conceptos no remunerativos como KM recorrido, comida, etc?. Gracias-. Maria
La verdad, no entiendo ni para qué les va a servir esta DDJJ, porque como se pone el total de empleados por acuerdo, y el total de no remunerativo por acuerdo, es lo mismo que el 931. Con la diferencia de que en el 931, aparece esta informacion detallada por empleado.
Estamos informando algo extra, que e slo mismo que infomramos en el 931. Porque, si hay empleados con jornadas reducidas, y los montos no remunerativos se ponen todos juntos, ni siquiera van a saber qué importe de no remunerativo se le paga a cada empleado.
Es vergonzoso el sistema este nuevo que pusieron. Podrían haberlo hecho junto con el 931 y le siba a quedar mas detallado.
Ah, y aparte, estoy desde las 8 de la mañana queriendo rpesentar los 931 y solo pude presentar 2 DDJJ. Que raro que la pagina no funcione bien, no??
Lucia!
Madereros: FAIMA – USIMRA: CCT 335/75 Resolucion Nº731 de la Secretaria de Trabajo. No Remunerativo del 28,25% de la siguiente forma: de Abril a Julio del 2011 el 10%. da Agosto a Noviembre del 2011 el 9,25% y de Diciembre a Marzo de 2012 el 9%.
IGNACIO, NECESITO SABER DE DONDE SACAS LOS NUMEROS DE RESOLUCION YA QUE NO PUEDO ENCONTRAR CUAL SERIA EN EL CASO DE LOS CHOFERES DE CAMIONES, FATICA (TRABAJADORES DE CUERO Y AFINES) Y UTHGRA (HOTELEROS) SI ME PODES PASAR LAS RESOLUCIONES O DECIRME COMO LAS BUSCO TE LO AGRADEZCO.
Quisiera saber si lo no remunerativo en caso de despido o renuncia que se debe abonar tambien hay que informarlo.
Gracias