Además se establecieron presunciones para las actividades de fabricación de muebles de cocina, muebles de oficina, garaje y playas de estacionamiento, confección de lencería y venta de comidas para llevar.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) estableció la cantidad mínima de empleados para supermercados, garaje y playas de estacionamiento entre otras actividades.
Se trata del Índice Mínimo de Trabajadores (IMT) para los supermercados, fábricas de muebles de cocina y de oficina, playas de estacionamiento, confección de lencería y venta de comidas para llevar.
El Índice Mínimo de Trabajadores (IMT) establece presunciones, elaboradas con sindicatos y cámaras de cada sector, para que la Afip determine de oficio la cantidad de trabajadores que tendrían que tener cada empresa según su actividad.
Según la Resolución General 3716, los supermercados de una superficie de entre 140 y 200 metros cuadrados, deben tener, como mínimo, cuatro o seis trabajadores según la cantidad de días y horas de trabajo (más o menos de ocho horas diarias).
Para los establecimientos de hasta 400 metros cuadrados, la cantidad mínima de dependientes es cinco o siete, respectivamente.
Además, se establecieron presunciones para las actividades de fabricación de muebles de cocina, muebles de oficina, garajes y playas de estacionamiento, confección de lencería y venta de comidas para llevar.
Los indicadores fueron establecidos en las resoluciones generales:
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