Por los cambios en la ReformaTributaria, la AFIP comenzó a dar de baja a las sociedades que estaban inscriptas en el Régimen de Monotributo. Afecta también a los condominios.
Desde el 1° de junio rigen los cambios en el Régimen de Monotributo, estblecidos por la reforma tributaria. Uno de esos cambios es que las sociedades de hecho ya no podrán más estar encuadradas como Monotributistas, por lo que estas deberían inscribirse a partir de junio en el Régimen General de Impuesto (IVA y Ganancias) mas el aporte mensual de autónomos (Jubilación).
Sociedades
Al respecto, AFIP ha comunicado a las sociedades , con fecha 31 de mayo, un día ante de la aplicación de la reforma, los cambios establecidos:
“En esta oportunidad nos comunicamos para informarte que, a partir de la Reforma Tributariaestablecida por la Ley 27.430, las sociedades no podrán ser más Monotributistas teniendo queinscribirse la misma en el Régimen General, dando de alta los diferentes impuestos.Esto se comenzará a aplicar a partir del 1° de junio de 2018, por lo que te invitamos a querealices las adecuaciones que correspondan para evitar futuros inconvenientes. Para más información, ingresá al portal de Monotributo.
AFIP – Administración Federal de Ingresos Públicos”
Por lo tanto, desde el 1° de junio, a partir de los cambios mencionados, la AFIP comenzó a dar de baja a las sociedades que estaban inscriptas en el Régimen de Monotributo. Por lo que se deberá tramitar la inscripción en el régimen general. Como consecuencia, se produce incremento considerable en la carga tributaria y administrativa.
Condominios
Respecto a los condominios, tampoco podrán continuar en el Régimen Simplificado de monotributo, debiendo inscribirse la sociedad de hecho como contribuyente del Régimen General. Pero la AFIP informó que se debe esperar la reglamentación.
Cuando y dónde “…la AFIP informó que se debe esperar la reglamentación.”