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Potenciales “MiPyMES” y acceso a beneficios e IVA con tasa al 0%.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), creó un mecanismo alternativo para que aquellas PyMES que no estén gozando de los beneficios por no estar inscriptas en el “Registro de empresas MiPyMES” o no tener un certificado MiPyME vigente.
Se trata de una caracterización especial dentro del “Sistema Registral” denominada “Potencial micro, pequeña y mediana empresa – tramo I y II”, y se realizará automáticamente para incluir a las empresas que reúnan las mismas condiciones que aquellas inscriptas en el registro MiPyMES.
¿Para que sirve Potenciales PYMES?
Permitirá acceder a condiciones especiales en planes de facilidades de pago, tasas diferenciales, exclusión de regímenes de retención o percepción, y en otras operatorias dependientes de esta Administración.
¿Como se realiza la caracterización?
Para realizar la caracterización, AFIP tendrá en cuenta el monto total anual de las ventas, locaciones o prestaciones de servicios informadas en las declaraciones juradas del IVA correspondiente a la actividad principal declarada y que surja del promedio de los últimos 3 años calendario.
En los casos en los que no hayan transcurrido 3 años calendarios completos desde el inicio de la actividad, promediaremos los ingresos anuales correspondientes al período transcurrido.
De tratarse de un año incompleto, anualizaremos los montos de las ventas, locaciones y prestaciones de servicios.
El proceso de caracterización será sistémico y se realizará por primera vez, excepcionalmente, el 2 de septiembre de 2019.
Posteriormente se hará durante los primeros quince días de mayo de cada año con la información disponible al 31 de diciembre del año calendario anterior.
Quienes inicien actividad durante el año en que se realice el proceso serán caracterizados como “potenciales microempresas.
En el “Sistema Registral” se reflejará la caracterización asignada mediante alguno de los siguientes códigos.
DESCRIPCIÓN CARACTERIZACIÓN | CÓDIGO CARACTERIZACIÓN |
POTENCIAL MICRO EMPRESA | 434 |
POTENCIAL PEQUEÑA EMPRESA | 435 |
POTENCIAL MEDIANA EMPRESA TRAMO I | 436 |
POTENCIAL MEDIANA EMPRESA TRAMO II | 437 |
IVA tasa 0%
Los alcanzados por el beneficio del Decreto 567/2019 deberán estar caracterizados como microempresa o como potencial microempresa.
Luego, para solicitar el beneficio, deberán ingresar al servicio con clave fiscal “Sistema Registral”, menú “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales” y seleccionar la caracterización “438 – Beneficio Decreto 567/19 – IVA Tasa 0”.
Consideraciones importantes a tener cuenta
- Para ser encuadrado como potencial MiPyME, es requisito tener presentadas todas las declaraciones juradas del IVA correspondiente a los períodos que se tendrán en cuenta para determinar el promedio anual.
- Los monotributistas serán caracterizados como potenciales microempresas.
- Quienes no fueran categorizados como potencial micro, pequeña y mediana empresa – tramo I y II” y consideren que reúnen los requisitos para serlo, podrán solicitar la inscripción en el registro de empresas MiPyMES.
- Tené en cuenta que al dar de alta la caracterización del beneficio del IVA con tasa al 0%, estás prestando conformidad para que figure en tu constancia de inscripción.
Vigencia
Desde el 2 de septiembre de 2019.
Mirta dice
Quería consultar tengo un cliente que es monotributista, pero anteriormente había sido autónomo. Ahora lo categorizaron como micro empresa, pero como monotributista, lo puede perjudicar en algo, con su deuda anterior de autónomo?. Gracias //