Se recuerda que por por Disposición 1693/13 de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires (DGDYPC –GCBA), se prorrogó por un mes, por única vez, el plazo de carga y envío de DDJJ en el sistema ddjjadministradores.buenosaires.gob.ar.
El nuevo plazo es el 28 de julio de 2013, inclusive.
Cumplida la fecha estipulada no se podrán generar nuevos usuarios ni cargar información sobre las DDJJ. No obstante, la documental seguirá siendo recepcionada en el Registro y las sedes habilitadas hasta el 28 de agosto de 2013. Se recuerda que los matriculados podrán hacerlo en el Consejo (hacer click aquí), pero en este caso solo hasta el 21 de agosto.
¿Cuáles son las funciones del Registro
de Administradores?
El Registro de Administradores de Consorcios tiene por objeto regular
una actividad que carecía de controles. Establece pautas para las
contrataciones que realizan los administradores, garantizando las condiciones
de seguridad y calidad de las prestaciones que reciben los copropietarios.
una actividad que carecía de controles. Establece pautas para las
contrataciones que realizan los administradores, garantizando las condiciones
de seguridad y calidad de las prestaciones que reciben los copropietarios.
Todos los administradores que perciban una ganancia por realizar esta
actividad, deben estar inscriptos. El objetivo es controlar los pagos
de aportes y contribuciones previsionales; las pólizas de seguro
contra incendio; el pago de servicios, impuestos y tasas de las partes
comunes; las medidas de seguridad obligatorias y la contratación
de personal matriculado en los casos que corresponda.
actividad, deben estar inscriptos. El objetivo es controlar los pagos
de aportes y contribuciones previsionales; las pólizas de seguro
contra incendio; el pago de servicios, impuestos y tasas de las partes
comunes; las medidas de seguridad obligatorias y la contratación
de personal matriculado en los casos que corresponda.
Los administradores deben demostrar que no están inhabilitados
para ejercer operaciones comerciales y que no tienen fallos en su contra.
Quienes no se hayan inscripto no podrán desempeñar sus funciones.
para ejercer operaciones comerciales y que no tienen fallos en su contra.
Quienes no se hayan inscripto no podrán desempeñar sus funciones.
Para acreditar su inscripción al Registro, el administrador deberá
exhibir su constancia de inscripción. Si su administrador no está
inscripto debe denunciarlo en las oficinas de Defensa del Consumidor, de
lunes a viernes en Patricias Argentinas 277, Piso 1º, en el horario de
10 a 14hs. (Averigüe si su Administrador está registrado)
exhibir su constancia de inscripción. Si su administrador no está
inscripto debe denunciarlo en las oficinas de Defensa del Consumidor, de
lunes a viernes en Patricias Argentinas 277, Piso 1º, en el horario de
10 a 14hs. (Averigüe si su Administrador está registrado)
Si tiene problemas con su administrador o éste no cumple correctamente
con sus funciones, debe solicitar una mediación comunitaria en
el Centro de Gestión y Participación más cercano
a su domicilio, a fin de solucionar el conflicto en presencia de un mediador
especializado.
con sus funciones, debe solicitar una mediación comunitaria en
el Centro de Gestión y Participación más cercano
a su domicilio, a fin de solucionar el conflicto en presencia de un mediador
especializado.
Deja una respuesta