Luego del vencimiento ocurrido el pasado 30 de abril de 2011, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y firmaron este jueves un nuevo convenio mercantil para los empleados de comercio.
En el mismo se acordó incrementar en un 30 % las escalas vigentes de las remuneraciones básicas del CCT N° 130 /75, y que serán de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el mismo.
El mencionado incremento se abonará, no acumulativamente, de acuerdo con el siguiente cronograma:
a) Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011.
b) Un 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011.
c) Un 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011.
Para la aplicación de este incremento se tomará como base de cálculo las sumas establecidas en las escalas salariales correspondientes para cada categoría, en el valor expresado para el mes de noviembre de 2011.
“Se tomará como base de cálculo a las sumas resultantes de la escala salarial correspondiente a cada categoría, en el valor expresado para el mes de noviembre de 2011, el que incluye tanto los básicos de las escalas convencionales vigentes como las sumas no remunerativas pendientes de incorporación hasta dicho mes, las que pasan a tal efecto a integrar dichos básicos”, indica el acuerdo.
El gremio de comercio reclamaba que la suba se calculara sobre los básicos más los adicionales que las empresas pagan unilateralmente, como se hizo el año pasado con un tope de $900. Pero, finalmente, las empresas lograron que sólo se tome como base los básicos de convenio, de acuerdo a lo previsto en el acuerdo celebrado en junio del 2010.
A continuación se publican las escalas para 2011 según lo establece el acuerdo. En la primera columna se encuentran los básicos de Noviembre de 2011 con los acuerdos incorporados al básico como se estableció en el acuerdo junio 2010. En la segunda columna los básicos con el 15% de aumento para el mes de mayo, en la tercera columna los básicos para el mes de septiembre y por último los básicos de diciembre.
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Categorías CCT 130/75 | Base Noviembre 2011 | Mayo 2011 – 15% | Septiembre 2011 – 8% | Diciembre 2011 – 7% |
---|---|---|---|---|
Maestranza A | $ 3.001,67 | $ 450,25 | $ 240,13 | $ 210,12 |
Maestranza B | $ 3.013,04 | $ 451,96 | $ 241,04 | $ 210,91 |
Maestranza C | $ 3.052,84 | $ 457,93 | $ 244,23 | $ 213,70 |
Administrativo A | $ 3.044,32 | $ 456,65 | $ 243,55 | $ 213,10 |
Administrativo B | $ 3.061,38 | $ 459,21 | $ 244,91 | $ 214,30 |
Administrativo C | $ 3.078,43 | $ 461,76 | $ 246,27 | $ 215,49 |
Administrativo D | $ 3.129,60 | $ 469,44 | $ 250,37 | $ 219,07 |
Administrativo E | $ 3.172,26 | $ 475,84 | $ 253,78 | $ 222,06 |
Administrativo F | $ 3.234,81 | $ 485,22 | $ 258,78 | $ 226,44 |
Cajeros A | $ 3.058,52 | $ 458,78 | $ 244,68 | $ 214,10 |
Cajeros B | $ 3.078,43 | $ 461,76 | $ 246,27 | $ 215,49 |
Cajeros C | $ 3.104,03 | $ 465,60 | $ 248,32 | $ 217,28 |
Personal Auxiliar A | $ 3.058,52 | $ 458,78 | $ 244,68 | $ 214,10 |
Personal Auxiliar B | $ 3.086,95 | $ 463,04 | $ 246,96 | $ 216,09 |
Personal Auxiliar C | $ 3.180,79 | $ 477,12 | $ 254,46 | $ 222,66 |
Auxiliar Especializado A | $ 3.092,66 | $ 463,90 | $ 247,41 | $ 216,49 |
Auxiliar Especializado B | $ 3.143,83 | $ 471,57 | $ 251,51 | $ 220,07 |
Vendedor A | $ 3.058,52 | $ 458,78 | $ 244,68 | $ 214,10 |
Vendedor B | $ 3.143,83 | $ 471,57 | $ 251,51 | $ 220,07 |
Vendedor C | $ 3.172,26 | $ 475,84 | $ 253,78 | $ 222,06 |
Vendedor D | $ 3.234,81 | $ 485,22 | $ 258,78 | $ 226,44 |
Categorías CCT 130/75 | Base Noviembre 2011 | Mayo 2011 | Septiembre 2011 | Diciembre 2011 |
---|---|---|---|---|
Maestranza A | $ 3.001,67 | $ 450,25 | $ 690,38 | $ 900,50 |
Maestranza B | $ 3.013,04 | $ 451,96 | $ 693,00 | $ 903,91 |
Maestranza C | $ 3.052,84 | $ 457,93 | $ 702,15 | $ 915,85 |
Administrativo A | $ 3.044,32 | $ 456,65 | $ 700,19 | $ 913,30 |
Administrativo B | $ 3.061,38 | $ 459,21 | $ 704,12 | $ 918,41 |
Administrativo C | $ 3.078,43 | $ 461,76 | $ 708,04 | $ 923,53 |
Administrativo D | $ 3.129,60 | $ 469,44 | $ 719,81 | $ 938,88 |
Administrativo E | $ 3.172,26 | $ 475,84 | $ 729,62 | $ 951,68 |
Administrativo F | $ 3.234,81 | $ 485,22 | $ 744,01 | $ 970,44 |
Cajeros A | $ 3.058,52 | $ 458,78 | $ 703,46 | $ 917,56 |
Cajeros B | $ 3.078,43 | $ 461,76 | $ 708,04 | $ 923,53 |
Cajeros C | $ 3.104,03 | $ 465,60 | $ 713,93 | $ 931,21 |
Personal Auxiliar A | $ 3.058,52 | $ 458,78 | $ 703,46 | $ 917,56 |
Personal Auxiliar B | $ 3.086,95 | $ 463,04 | $ 710,00 | $ 926,09 |
Personal Auxiliar C | $ 3.180,79 | $ 477,12 | $ 731,58 | $ 954,24 |
Auxiliar Especializado A | $ 3.092,66 | $ 463,90 | $ 711,31 | $ 927,80 |
Auxiliar Especializado B | $ 3.143,83 | $ 471,57 | $ 723,08 | $ 943,15 |
Vendedor A | $ 3.058,52 | $ 458,78 | $ 703,46 | $ 917,56 |
Vendedor B | $ 3.143,83 | $ 471,57 | $ 723,08 | $ 943,15 |
Vendedor C | $ 3.172,26 | $ 475,84 | $ 729,62 | $ 951,68 |
Vendedor D | $ 3.234,81 | $ 485,22 | $ 744,01 | $ 970,44 |
El sindicato aceptó esta modalidad de cálculo a cambio de incorporar en dicho acuerdo una cláusula en la que se “recomienda” a aquellas empresas que liquidan suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los establecidos en el convenio, que procuren negociar durante el presente año su adecuación, teniendo en cuenta como referencia los incrementos salariales previstos en el nuevo acuerdo.
(*) Las escalas no son oficiales ya que estas no han sido publicada por ninga de las partes, a la espera de esa publicación, presento estas escalas según la metodología indicada en el acuerdo Junio 2011.
Ignacio dice
Camilo , en comercio en principio no se puede pagar por hora, pero de todos modos, el valor hora cambiará dependiendo de la categoría
Sofía dijo… "Ignacio, mi básico a Junio es el mismo que figuran en las escalas, pero el importe del acuerdo de Junio 2010 es mayor, porque tengo 7 años de antigüedad y una cuenta a futuros aumentos de $800. Cuando pase todo este acuerdo al básico en noviembre 2011, mi básico va a ser mayor que el básico que presentan las escalas. Entonces cuál tendrían que tener en cuenta para el aumento? porque en el acuerdo dice: "…el que incluye tanto los básicos de las escalas convencionales vigentes como las sumas no remunerativas que pasan a integrar dichos básicos…". Y el básico de la escala no incluye la totalidad de mi acuerdo junio 2010."
Es una buena pregunta, el problema de las escalas publicadas, es que solo sirven para quienes no tenían antigüedad al momento del aumento salarial, pero para quienes tienen antigüedad se presenta un dilema, como el que vos planteas. Y ya es una cuestión de interpretación, yo tengo una posición tomada al respecto, y es que se debe tomar el básico de cada trabajador. Pero es mi criterio, no quiere decir que todos lo compartan y que se aplique en las liquidaciones.
mi basico es de 672pesos…me tienen como media jornada y muleo todo el dia,vendiendo fierros…por que pasa esto?????
IGNACIO: HACE COMO 3 AÑOS QUE TENGO UN ITEM A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS… ME LO PUEDEN ABSOVER AHORA? GRACIAS
Buen día Ignacio. Consulta: Cómo debería calcular el valor hora si un empleado trabaja 5 días a la semana siendo su jornada de 6 horas (120 hs mes) No hay, en algunos convenios, la forma de liquidar horas ya que cintemplan sólo el valor normal de 200 hs mes (no hay jornal-no hay quincena-no hay horas trabajadas- sólo mes), la LCT no establece cómo se liquida, por usos y costumbres y falta reglamentación al respecto se toma 200, pero hay jurisprudencia que indica que debe calcularse de acuerdo a las horas pactadas y/o trabajadas en forma habitual. Algún comentario y/o sugerencia? Gracias Susana KG
Hola Ignacio, muy buena tu explicación y tu ejemplo de liquidación del sueldo de junio y retroactivo de mayo. Podrías hacer lo propio con el cálculo del aguinaldo?
Desde ya muchas gracias!
Graciela
Ignacio, mi básico a Junio es el mismo que figuran en las escalas, pero el importe del acuerdo de Junio 2010 es mayor, porque tengo 7 años de antiguedad y una cuenta a futuros aumentos de $800. Cuando pase todo este acuerdo al básico en noviembre 2011, mi básico va a ser mayor que el básico que presentan las escalas. Entonces cuál tendrían que tener en cuenta para el aumento? porque en el acuerdo dice: "…el que incluye tanto los básicos de las escalas convencionales vigentes como las sumas no remunerativas que pasan a integrar dichos básicos…". Y el básico de la escala no incluye la totalidad de mi acuerdo junio 2010.
Gracias!!
HOLA IGNACIO CONSULTA POR LO Q ESTUVE LEYENDO SE TOMA EL AUMENTO SOBRE EL BASICO DE NOV/11, INDEPENDIENTEMENTE LA ANTIGUEDAD QUE TENGA EL TRABAJADOR???
SEA NUEVO O CON 10 AÑOS DE ANTIGUEDAD SE TOMA EL MISMO?? ES ASI?
MUCHAS GRACIAS! SALUDOS – JULIO
Hola Ignacio muy bueno tu blog pero tengo una gran duda respecto al articulo 6 del nuevo convenio
Mi duda es yo cobro el basico = 1378.90 presentismo=211 antiguedad= 0 no por no tenerla y adicional a futuros aumentos= 854.00 puede el nuevo aumento del 15% ser absorvido por el item de adicional a futuros aumentos ya que este item esta en la columna Remunerativa?
saludos
No doy el nombre porque soy boleta
Me da mucha risa el del comentario 61, el tal "Laborales". Hace mucho recorro blogs como este. Y cada tanto aparece este señor criticando la información vertida..Lo que digo es, porque usted señor "Laborales" y sus compañeros de Faecys no se dedican a asesorar con mayor velocidad en su propio sitio, en lugar de andar criticando los demás.
Si el sitio oficial se dedicara a informar, ni siquiera harian falta blogs como este. Pero en cambio, debido a la gran incapacidad de ustedes nos tenemos que andar ayudando entre todos para tratar de descifrar los jeroglificos acuerdos…
Saludos y nuevamente muchas gracias Ignacio!
José
Hola Ignacio: soy Camilo me pagan por hora en mi trabajo y usan las escalas del SEC mi pregunta con los aumentos que logro el sindicato la hora comun cuanto la estan pagando? hasta ahora me estan pagando $ 14 la hora. Gracias un fuerte abrazo Camilo
Hola a todos
Oscar: son las escalas publicadas por FAECYS te dejo el link: http://ignacioonline.blogspot.com/2010/08/faecys-publico-las-nuevas-escalas-para.html
Betiana subí http://ignacioonline.blogspot.com/2011/06/empleados-de-comercio-liquidacion-de.html
Marcelo: no es un error, es una cuestión de exposición, de todos modos, ahora están publicadas de las dos maneras para evitar posibles confusiones
Juan : según lo establecido en el acuerdo en tu caso sería proporcional el aumento.
Adriana de Belgrano, el aumento es sobre el básico de convenio al mes de noviembre, no tiene en cuenta ningún adicional que pague la empresa por su cuenta.
Adrian : para calcular que cosa? no entiendo, disculpame.
JUAN-VILLA MARIA-CORDOBA, si, es eso.
Susana , gracias! saludos!
Gracias Ignacio!!! como siempre simplificandonos el trabajo 😀 impecable! slds!!!
HOLA IGNACIO. COMO ANDAS? TE HAGO UNA CONSULTA. CUANDO EN EL ULTIMO ACUERDO DE COMERCIO, ASI COMO TAMBIEN EN LOS ANTERIORES, ESTABLECE EN EL ART 4to. QUE SOBRE LA TOTALIDAD DE LA SUMA NO REMUNERATIVA SE DEVENGEN LOS APORTES Y CONTRIBUCIONES A OSECAC Y EL APORTE DEL TRABAJADOR DEL ART 100 Y ART 101 DEL CCT 130/75, CUANDO HABLA DE APORTES DEL ART 100 Y 101 SE ESTA REFIRIENDO A:
-ART 100: APORTE SINDICAL DEL 2% Y FAECYS DEL 0.5%
-ART 101: A LA CUOTA DE AFILIACION DEL EMPLEADO AL C.E.C. (CENTRO EMPLEADO DE COMERCIO)?
MI PREGUNTA ES SI SOBRE LAS SUMAS NO REMUNERATIVAS SE TIENE QUE CALCULAR EL 3% DE CUOTA DE AFILIACION AL C.E.C.
DISCULPA LA MOLESTIA. SALUDOS. JUAN-VILLA MARIA-CORDOBA
HOLA IGNACIO: LA FORMULA SERIA ESTA PARA CALCULAR?
BASICO NOVIEMBRE 2011: $3044.32+$456.65.-(15% MAYO 2011)= $3500,97.-
LOS $3500,97 SERIA MI SUELDO EN MANO PARA EL MES DE MAYO 2011? INCLUIDOS LOS DESCUENTOS SI LOS HAY?
ESPERO TU RESPUESTA IGNACIO,UN ABRAZO !!! ADRIAN