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La ARCA revisó el régimen de garantías fiscales, simplificando procesos y eliminando registros innecesarios, con impacto directo en operadores de comercio exterior.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la Resolución General 5633/2025, publicada el 13 de enero de 2025, introdujo modificaciones significativas al régimen de garantías fiscales establecido en la Resolución General N° 3.885 y sus complementarias.
Estas actualizaciones buscan adaptar las normativas al nuevo marco regulatorio tras las reformas introducidas por el Decreto N° 70/2023.
Cambios destacados:
- Eliminación de registros obsoletos:
- Se eliminan los registros de despachantes de aduanas y de importadores/exportadores, reemplazándolos por el “Perfil de Importador/Exportador” y el “Perfil de Despachante de Aduana/Declarante”.
- Nueva estructura para agentes de transporte aduanero:
- Las garantías de los agentes de transporte aduanero deben ajustarse al Decreto N° 79/15, con evaluaciones automáticas de solvencia económica basadas en datos fiscales del contribuyente.
- Modificación en las garantías del fondo común solidario:
- Se actualizan los requisitos para organizaciones administradoras, incluyendo un depósito mínimo de $6.000.000 o el equivalente al riesgo máximo asegurado.
- Supresión de sistemas en desuso:
- Se eliminan los sistemas CUSE y OLS, así como la figura del Prestador de Servicio de Escaneo (PESE) y la Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA).
- Liberación de garantías obsoletas:
- Las garantías de actuación constituidas por despachantes de aduanas serán liberadas, siempre que no existan bloqueos o causas pendientes.
¿Qué implica para los operadores?
Estas medidas buscan simplificar procesos administrativos y reducir costos operativos en el comercio exterior, ajustándose al objetivo de eliminar barreras estatales innecesarias. Los operadores deberán revisar y adaptar sus procedimientos para cumplir con los nuevos requisitos de solvencia y presentación de garantías.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución entró en vigencia el 13 de enero de 2025, con aplicación inmediata en las operaciones y trámites correspondientes.
Fuente: Resolución General 5633/2025.
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