Me han realizado varias consultas por algunos puntos poco claros respecto al nuevo acuerdo de la UOM del 05/08/2009, todos muy justificados ya que hay detalles muy importante que no se desprende claramente de la lectura del acta acuerdo del 05-08-2009. Después de hacer algunas averiguaciones al respecto, les comento la información que he podido obtener.
La primera de las dudas se refiere a la forma de calcular la proporcionalidad la “Gratifiacion extraordinaria no remunerativa 05/08/2009″ de $1350. Independientemente de las fechas de pago, los 1350 se distribuyen de la siguiente manera:
- Abril $200
- Mayo $200
- Junio $200
- Julio $250
- Agosto $250
- Septiembre $250
- Total: $1350
Ahora, de donde sale esta distribución? definitivamente no del “Acta acuerdo” del 05/08/2009, que es donde debería estar aclarado. Pero no, no encontrarán esto leyendo el acta. Lo que yo acabo de expliar surge de lo comunicado vía mail por una de las seccionales de la UOM y, de una consulta telefónica con uno de los inspectores.
Con respecto a los trabajadores que trabajan a jornada parcial, el pago se debe hacer como si trabajaran a jornada completa, al menos es lo que comunican desde la UOM. No parece lógico, pero el acuerdo no dice lo contrario.
O lo que sería lo mismo, tomar los valores del 1º de agosto de 2008 y aplicarla a la Categoría “operario” el 12% y a las demás el 16%, como se ve en la plantilla:
Con respecto a los mensualizados sucede lo mismo, se aplica un 12% sobre la base de cálculo, aunque debo decirles que para el caso de mensualizados no he podido encontrar ese anexo. De todas formas, podemos aplicar el 16% sobre los valores del 1º agosto de 2008 (Aunque si hacen el cálculo verán algunos centavos con la escala publicada por la UOM).
Para mas detalle, pueden ver la nueva escala salarial UOM vigente a partir del 1º de octubre de 2009.
Fuente: UOM
Anónimo dice
hola soy mauricio..como estas me gustaria saber cuanto puedo cobrar los jornales ya que en la solicitud de empleo me piden cuanto quiero cobrar?.. es una empresa metalurgica que tomaria entre 30 y 40 empleados hacen fundicion de metales y piezas para la peugeot… yo se soldar,ahora trabajo en montaje , fui tableriata en una cantera,te comento eso , para saber si puede servir en el sueldo que pida…cuanto podria pedir???
Ignacio dice
Hola Valentina, es una pregunta un poco dificil de contestar, porque el cargo de gerente se considera un cargo jerarquico por lo general. Por lo cual, generalemten, no está considerado en los convenios, sino que resulta de una negociación entre gerente y empresa.
Tampoco se que tipo de empresa es, que hace, de que tipo de gerencia hablamos. Pero bueno, te podría decir que el piso no debería bajar de los 3500 pesos en mano. De ahí, para arriba.
Anónimo dice
HOLA IGNACIO, MI PREGUNTA ES LA SGTE,TRABAJO HACE 6 AÑOS EN UNA EMPRESA, TENGO RECIBO MEDIO DIA, HACE 2 COMO ADMINISTRATIVA Y DESDE ESTE MES, RECIBO COMPLETO. PERO MI CARGO ES GERENTE ¿CUANTO DEBO COBRAR CONSIDERANDO QUE ES UNA EMPRESA PEQUEÑA?GRACIAS.
VALENTINA.
Si entraste en agosto te corresponden 250 proporcionales por el mes de agosto, que se cobran en la primera quincena de septiembre, y 250 pesos por septiembre que se cobran en la segunda de septiembre.
Ignacio, te hago una consulta, estoy trabajando desde el dia 10/8 en negro en una empresa fabricante de cables como administrativa, soy empleada mensual y el dia 1/9 me pagaron mi sueldo y dijeron que no me correspondia el premio de $350 (que si cobraron el resto de los operarios)pero si me correspondian los $500 de Septiembre. Esto es correcto o deberia reclamar!?
Agradezco desde ya tu respuesta a mi y a todos.
Gracias,
Estefanía.
si, opino lo mismo, que no te tengan en blanco no es una falta tuya, vos tenés lo mismo derechos que cualquier empleado desde el día que entraste a trabajar, que no te declaren legalmente, que no te quieran pagar, es otra cosa muy diferente.
q tal ignacio…ruben..ahora el tema es mas complejo al desirme q estando en negro igual me corresponde cobrar todo..te aclaro q al dia de la fecha va a ser poco mas de un año q estoy trabajando pero recien el 10 de julio me pagaron con recibo de sueldo..seguis opinando lo mismo?..necesito asesoramiento de ser asi…gracias
hola rubén, creo que te contesté lo mismo en otro post. Si hace mas de un año que estás te corresponde cobrar todo, como en realidad te corresponde que estar en blanco desde entonces. Así que reclamá que te lo paguen, que estuvieras en negro no es una falta tuya, sino del empleador.
hola q tal ignacio…tu aclaracion respecto de la proporcionalidad a los ingresados con posterioridad al 1 de abril me sirvio de mucho..yo cobre con recibo recien el 10 de julio a pesar de estar casi un año en negro…. y cobro por quincena pregunto si me corresponde esos valores dados en mi caso.. dedusco: cobraria en la primera quincena de agosto los 250 de julio ? y la 1 de sept los otros 250 de agosto etc….agradecere tu orientacion,,ruben
No, todavía no se homologó.
Hola queria saber si ya se homologo el acuerdo del 5-8-09
y la rama 21 cuando va a arreglar