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Ganancias: A partir de septiembre los sueldos de hasta $15 mil brutos quedarán exentos

27 agosto, 2013 Por Ignacio 17 comentarios

A partir del 1 de septiembre los sueldos y jubilaciones de hasta $15 mil brutos quedarán exentos del gravamen. Beneficia a 8,4 millones de trabajadores asalariados y al 99,3% de los jubilados 

La medida, que comenzará a regir a partir del 1º de septiembre, dejará exento del cobro del impuesto a los sueldos y jubilaciones de hasta $15 mil brutos, tanto para solteros como casados. El anuncio fue realizado por Cristina en la apertura del segundo encuentro de diálogo con empresarios y sindicalistas en Casa Rosada. Aumentó el tope para asignaciones familiares.
El 99.3 por ciento de los jubilados tampoco pagarán ganancias. Se volverán a gravar la compraventa de títulos que hagan sociedades del exterior y la distribución de dividendos.
El beneficio será percibido por los trabajadores en el sueldo que cobren el 1 de setiembre próximo.
Para los trabajadores en relación de dependencia que cobran entre 15.001 hasta 25.000 pesos se dispuso un aumento del Mínimo No Imponible del 20 por ciento.
También se modifican las escalas de los salarios familiares y se dispuso para los trabajadores de la Patagonia, que abarca desde Carmen de Patagones, provincia de Buenos Aires, hasta Tierra del Fuego, se les aumenta el Mínimo No Imponible al 30 por ciento.
Para complementar el esfuerzo fiscal que hará el Estado, se resolvió derogar una eximición que regía para  la compraventa de acciones de títulos valores que no cotizan en mercados en el caso de las sociedades en el exterior que compraban acciones de empresas argentinas, y se le vuelve a aplicar un gravamen del 15 por ciento a la compra venta de acciones y títulos acciones.
Además se gravará la distribución de dividendos con una tasa del 10 por ciento.
Asignaciones Familiares
El titular de la ANSES, Bossio, por su parte, explicó que a partir del 1 de setiembre se modifica el tope actual para percibir las asignaciones familiares, que era de 8.400 pesos por cada cónyuge y 16.800 pesos por grupo familiar, a 15.000 por cada uno de los cónyuges y 30 mil pesos por grupo familiar. Este grupo pasará a cobrar 110 pesos por cada uno de los hijos.
Esta modificación rige para todas las asignaciones familiares con tope de ingresos: asignación por hijo, por nacimiento, por adopción, por matrimonio y ayuda escolar anual.
Esto permite que todos los grupos familiares mantengan un beneficio mediante el cobro de asignaciones familiares o mediante la deducción del Impuesto a las Ganancias.
Esta medida implica que se incrementa la cantidad de hijos con cobertura en 865.556 , ya que pasó de 3.798.948 a 4.664.504.
Los grupos familiares con ingresos totales menores a 30 mil pesos y donde ninguno de los cónyuges tenga ingresos superiores a los 15.000 pesos cobrarán según la siguiente escala:
  • Grupo 1: de 200 pesos a 4.800 pesos de remuneración familiar recibirán 460 pesos en el valor de la asignación
  • Grupo 2:  de 4.801 pesos a 6.000 pesos de remuneración familiar recibirán 320 pesos de asignación
  • Grupo 3: de 6001 pesos a 7.800 pesos de remuneración familiar, recibirán 200 pesos de asignación
  • Grupo 4:  de 7801 pesos a 30.000 pesos de remuneración familiar recibirán 110 pesos de asignación.

Ganancias Incremento de la deducción especial septiembre 2013
Esta medida implica para lo que resta del año 2013, una inversión extra de 380 millones que, anualizada, se eleva a 1143 millones de pesos.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Ganancias, Mínimo No Imponible

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    20 noviembre, 2013 a las 10:24 pm

    xq la gente trabajadora que gana 4801 tiene que cobrar menos el salario todo aumenta dia a dia y a nosotros nos descuentan

    Responder
  3. Anónimo dice

    7 septiembre, 2013 a las 11:19 am

    Ayer se cobró el sueldo de agosto y no se observa que se haya aplicado las nuevas disposiciones, es más a mi mujer le sacaron por impuesto a las ganancias más que el mes pasado. Puede ser según leí que en próximos días haya una acreditación en concepto de devolución. Si alguien detecto lo mismo por favor hacerlo saber.

    Responder
    • Anónimo dice

      15 septiembre, 2013 a las 11:38 am

      Es tal cual como vos decís, descontaron más que el mes anterior y supongo que deberá haber un reajuste en próximos días.

      Responder
  4. Anónimo dice

    3 septiembre, 2013 a las 11:40 pm

    Soy jubilada docente .Agosto lo liquidó Anses los últimos días del mes.Me tienen que devolver lo que me descontaron para ganancias? o ¿ el beneficio es para los sueldos de septiembre, octubre, noviembre, y diciembre?

    Responder
    • Anónimo dice

      11 septiembre, 2013 a las 3:37 am

      soy jubilado agosto lo liquido anses los ultimos dias del mes me tienen que devolver lo que me descontaron en septiembre

      Responder
  5. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 8:12 pm

    qué pasa si hasta agosto no supero los $15000, pero en Septiembre ( o Octubre) tengo aumento y supero me descontaría impuesto a las ganancias??(en el decreto solo figura período enero a agosto).

    Responder
  6. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 6:47 pm

    Se debe exteriorizar con el monto. Entiendo que es el monto de la ganancia neta que incluís junto con el monto de la deducción especial. Constanza

    Responder
  7. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 5:56 pm

    hola, yo cobrè màs de 25.000,00 en el mes de marzo por vacaciones, me corresponde el aumento de mínimo no imponible?

    Responder
  8. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 5:54 pm

    es por lo percibido en septiembre?

    Responder
  9. carla dice

    28 agosto, 2013 a las 5:53 pm

    Hola ignacio, esto abarcaria los sueldos Periodo Agosto con fecha de pago Septiembre?

    Responder
  10. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 3:59 pm

    Que ocurre si una persona cobro un premio en Julio que lo prorreate hasta fin de año y en ese mes si supero los 15000 se considera parte del sueldo mensual?

    Responder
  11. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 3:10 pm

    Hola!

    en que situacion quedan los que pagaban hasta agosto y con estas noticias quedan fuera? se les devuelve algo o simplemente se deja de retener?

    Gracias!

    Responder
  12. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 2:23 pm

    Cómo se reflejaría "Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias – Beneficio Decreto PEN xxxx/2013”.Con una leyenda y ningún importe?

    Responder
  13. Cristian Paz dice

    28 agosto, 2013 a las 1:22 pm

    Buen dia. Esto abarcaria los sueldos de agosto ya que se pagan en Septiembre? que alguien saque esta duda

    Responder
  14. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 11:00 am

    Hola, esto abarcaria los sueldos Periodo Agosto con fecha de pago Septiembre?

    Responder
    • Anónimo dice

      28 agosto, 2013 a las 1:59 pm

      Del 1 al 5 de Septiembre se cobra el sueldo de Agosto. Acorde a lo que dijo hoy Etchegaray en el programa de Fabian Doman, aplica para los sueldos de Agosto.

      Responder
  15. Julian Alvarez dice

    28 agosto, 2013 a las 1:42 am

    Hola, como quedaron las cosas, entonces alguien que hasta ahora cobraba $15000 brutos va a pasar a cobrar mas que alguien que cobra $16000 brutos, es correcto?

    Responder

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