Recategorización Monotributo. ¿Cómo realizar ka recategorización?
¿CUÁNDO HAY QUE RECATEGORIZARSE?
Las recategorizaciones son cuatrimestrales, por ende existen 3 recategorizaciones en el año. Se efectuará hasta el día 20 de los meses de mayo, septiembre y enero, respecto de cada cuatrimestre calendario anterior a dichos meses. El pago que corresponde a la nueva categoría se deberá abonar al mes siguiente al de vencimiento para la recategorización.
PASO 1
Ingresá con su “Clave Fiscal” al Servicio “Sistema Registral”.
PASO 2
Luego de seleccionar el servicio aparecerán en pantalla los contribuyentes asociados a la CUIT ingresada. Deberás cliquear sobre el botón correspondiente al contribuyente
PASO 3
Debiendo seleccionar “Registro tributario” y dentro de las opciones desplegadas la denominada “Monotributo”:
PASO 4
Deberás tildar en el rubro 1, la opción denominada “Recategorización”, en el rubro 2 seleccionar tu número de CUIT y luego presionar el botón “Generar Declaración Jurada”
PASO 5
El sistema solicitará el ingreso de los siguientes datos necesarios para efectuar la recategorización:
Luego de lo cual deberás presionar el botón “Enviar Formulario”.
De no realizar venta de productos, debe ingresar “0” en este parámetro.
Los sujetos que para realizar su actividad alquilan el espacio físico necesario para la atención al público, deberán considerar para su categorización el monto anual de los alquileres devengados en los últimos 12 meses (sin importar el momento del vencimiento de los mismos).
De no corresponder considerar este parámetro ingresar “0”. Se considera “Energía eléctrica consumida” a la que resulte de las facturas cuyos vencimientos hayan operado en los últimos 12 meses anteriores.
No deberá considerarse este parámetro para ciertas actividades:
actividad primaria, prestaciones de servicios sin local fijo, lavaderos, tintorería, heladerías, kioscos, entre otras.
De no corresponder considerar este parámetro ingresar “0”.
Es el espacio físico destinado sólo a la atención al público; en consecuencia, no corresponde considerar afectada la superficie construida o descubierta en la que no se realice la actividad (por ejemplo depósitos, estacionamientos, jardines, accesos a los locales, etcétera).
No deberá considerarse este parámetro para ciertas actividades, como ser: actividad primaria, prestaciones de servicios sin local fijo, servicios de hospedaje, playas de estacionamiento y talleres
automotores.
De no corresponder considerar este parámetro ingresar “0”. Es el producido por las ventas, locaciones o prestaciones correspondientes a operaciones realizadas por cuanta propia o ajena durante los últimos doce meses anteriores, independientemente que se encuentren cobradas o no.
No deben considerarse los ingresos provenientes de: cargos públicos, trabajos ejecutados en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y retiros, prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios ni los relacionados con sociedades no comprendidas o no adheridas al monotributo.
De no corresponder considerar este parámetro ingresar “0”.
PASO 6
El sistema solicitará la confirmación de datos ingresados, luego de lo cual y de ser correctos deberás presionar el botón “CONFIRMAR”.
PASO 7
El sistema desplegará la constancia de realización del trámite y la credencial para efectuar los pagos con la nueva categoría. Para imprimirlos deberás cliquear sobre el botón “IMPRIMIR” que se encuentra en el margen superior derecho de la pantalla”
Anónimo dice
Hola Ignacio, Yo comencé mis actividades en Octubre de 2016. Cómo computo el periodo para la recategorización ya que comprende 7 meses. Gracias.
Hola Ignacion, tengo problemas para recategorizar en el chrome (ultima versión 55.0.2883.87) puedo completar los rubros pero a la hora de generar la ddjj no me deja avanzar a la proxima pagina. espero tu respuesta, muchas gracias
Hola Ignacio, tengo problemas para generar la recategorizacion en el chrome (ultima version 55.0.2883.87) puedo completar los rubros pero a la hora de generar la ddjj no avanza a la proxima pagina. Desde ya muchas gracias.
Hola, Ignacio: Quería compartir otra forma de Recategorizarse. Los siete pasos son bien claros y quiero agregar que si en el Paso 4 se selecciona la opción Modificacion de Datos también aparece un casillero con el actual Ingresos Brutos Anuales para modificar. Yo no lo actualice y me recategorizó a la A. Bueno fue un descuido. Saludos.
Ignacio, para rectificar una recategorización, como hago?? Hago una nueva??
eso quisiera saber yo también
En enero parece que debemos pagar con la categoría que de oficio determina AFIP, para febrero con la categoría correcta. alguien podría confirmar esto? gracias
Que pena que no cambiaron el obsoleto sistema web del monotributo.
Hola Ignacio, ¿cuándo comienzan a pagarse los nuevos montos de monotributo? ¿En enero o febrero luego de la recategorización?