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La Federación de Viajantes alcanzó un nuevo acuerdo paritario bajo el CCT 308/75 con vigencia desde febrero hasta abril 2025. Se actualizan los mínimos garantizados, se incorpora una suma fija mensual, un viático no remunerativo y continúan vigentes los aportes solidarios y contribuciones patronales.
Acuerdo salarial CCT 308/75: Viajantes Exclusivos y No Exclusivos
El acuerdo paritario firmado bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 308/75 tendrá vigencia desde el 1° de febrero hasta el 30 de abril de 2025, estableciendo las siguientes actualizaciones:
🔹 Mínimo Garantizado para Viajantes Exclusivos (Art. 16):
- Febrero 2025: $655.953,39 + antigüedad
- Marzo 2025: $666.448,64 + antigüedad
- Abril 2025: $676.445,37 + antigüedad
🔹 Suma Fija Remunerativa Mensual (Art. 23):
Aplicable tanto a viajantes exclusivos como no exclusivos:
- Febrero 2025: $65.004,39
- Marzo 2025: $66.044,46
- Abril 2025: $67.035,13
🔹 Viáticos – Art. 24:
Se incorpora un viático no remunerativo de $45.000, con obligación de rendición de comprobantes, exclusivamente para las actividades comerciales incluidas en el Anexo A del acuerdo.
🔹 Contribución Patronal (Acuerdo 09/2024):
$4.000 por cada viajante (exclusivo y no exclusivo)
Vigente hasta el 31 de agosto de 2025
🔹 Aporte Solidario (Acuerdo 09/2024):
$2.000 por cada viajante (exclusivo y no exclusivo)
Vigencia hasta el 31 de agosto de 2025
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