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A tener en cuenta en el F931: la cuota Fija ART pasa a $45,07

25 agosto, 2021 Por Ignacio 19 comentarios

El Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), será de un valor de $45,07 el lugar de 40 pesos.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció bajo la Resolución 467/21 que, a partir del 1 de septiembre, la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota de la ART, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), será de un valor de $45,07.

Por este motivo, a partir del mes de septiembre de 2021, se deberá pagar dentro del Formulario 931 sobre las cargas sociales de agosto 2021.

Cabe recordar, en abril pasado, este importe se había actualizado, después de muchos años, de $0.60 a 40 pesos

Ahora, en el F931 de Agosto, el importe será de $45,07 mensualmente por persona, en lugar de $40.

El aumento dispuesto por la normativa ya mencionada tiene como objetivo financiar los tratamientos, gastos médicos e indemnizaciones de los trabajadores contagiados o fallecidos por Covid cubiertos por las ART.

Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP

Actualización trimestral del FFEP

La resolución también establece que, la cuota se actualizará cada 3 meses (en enero, abril, julio y octubre).

Servicio doméstico

Esta medida es de aplicación para todos los empleadores, incluyendo a los empleadores del Régimen Especial de Casas Particulares, por lo tanto también se verá incrementado el importe a pagar en concepto de ART.


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Publicado en: Laboral Etiquetado como: ART

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Comentarios

  1. -
  2. sole dice

    6 abril, 2022 a las 1:41 pm

    Hola!! Cuando hago consulta de alícuota en e-SRT, me dice como suma fija $27.53, a eso le tenfo que sumar los $100?

    Responder
  3. JULIANA CEAGLIO dice

    29 marzo, 2022 a las 12:43 pm

    hola ignacio, consulto como hago para modificar la cuota fija de la LRT,? MUCHAS GRACIAS

    Responder
  4. Verónica dice

    22 octubre, 2021 a las 1:15 pm

    Buenas tardes Ignacio, tengo que presentar las cargas sociales de 10/2021. Aumenta el valor del FFEP?

    Responder
  5. Lorena dice

    13 octubre, 2021 a las 9:28 am

    Hola….para vencimiento octubre que valor de cuota fija se toma? Dónde figura publicado el índice de agosto?

    Responder
  6. Liliana dice

    14 septiembre, 2021 a las 2:46 pm

    Hola Ignacio, el valor de 45,07 de donde surge….quiero saber el calculo para llegar a ese monto…que meses se estan comparando de RIPTE? Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      14 septiembre, 2021 a las 10:08 pm

      Hola, es una actualización que está fijada por resolución Resolución 47/21 SRT suma fija FFEP pasa $45,07
      Y se actualizará trimestralmente

      Responder
  7. NATALIA dice

    14 septiembre, 2021 a las 11:01 am

    IGNACIO CONSULTA SI YO YA LIQUIDE SEPTIEMBRE SIN MODIFICAR EL VALOR , COMO SE PUEDE PAGAR POR AFUERA DEL 931 LA DIFERENCIA ? CON LA ART?

    Responder
  8. ESTUDIO CA dice

    2 septiembre, 2021 a las 6:13 pm

    Cuando hago consulta de alícuota en e-SRT, me dice suma fija 0,00. en esos no lo incluyo o aunque ahí no aparezca se paga igual?

    Responder
  9. Luciana dice

    30 agosto, 2021 a las 2:55 pm

    Y al final el nuevo valor no lo establece…

    Responder
  10. ivan dice

    27 agosto, 2021 a las 4:28 pm

    no me queda claro, aumenta a partir de septiembre? es decir con la presentación del 931 de octubre 2021 o en septiembre con la presentación del 931 de agosto 2021?

    Responder
    • Rocio orozcl dice

      30 agosto, 2021 a las 9:22 am

      Hola buenos dias ..aumenta en septiembre con la presentación del f.931 de agosto 2021

      Responder
      • Ignacio dice

        30 agosto, 2021 a las 9:58 am

        No, en la de agosto

        Responder
    • Romina dice

      30 agosto, 2021 a las 10:37 am

      ART se paga por adelantado, asi que como es septiembre VA EN LA DJ DE AGOSTO/2021

      Responder
  11. Cecilia Gaudencio dice

    26 agosto, 2021 a las 4:10 pm

    hola queria saber cuanto es el porcentaje de ART variable por trabajador empelado de comercio Gracias

    Responder
    • Alicia dice

      30 agosto, 2021 a las 8:18 am

      ESO DEPENDE DE CADA CONTRATO ENTRE EMPLEADOR Y ART, SEGÚN LOS RIESGOS

      Responder
  12. Natalia dice

    26 agosto, 2021 a las 12:29 pm

    Ignacio, como queda art de casas particulares entonces?
    Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      26 agosto, 2021 a las 11:59 pm

      También aumenta

      Responder
  13. Maria Di Mrco dice

    25 agosto, 2021 a las 2:49 pm

    Ignacio, una consulta como se hace el calculo del RIPTE? Gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      25 agosto, 2021 a las 9:11 pm

      Hola María, el RIPTE es la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables la calcula el Ministerio de trabajo y y para calcularlo se toma la movilidad jubilatoria del Régimen General del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y en el cálculo de las indemnizaciones por accidentes de trabajo.
      Y lo publica el MInisterio cada 45 días

      Responder

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