LA AFIP HABILITÓ RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA EL APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que habilitó un régimen de facilidades de pago especial para pagar el Aporte Solidario y Extraordinario.
Plan de pago en 6 cuotas
La AFIP, estableció que las personas alcanzadas podrán optar entre el 23 de marzo y el 28 de abril, inclusive, por realizar un anticipo del 20% de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en cinco pagos mensuales y consecutivos.
La Resolución General 4942, próxima a publicar en el Boletín Oficial, dispone que la tasa de financiación para quienes opten por esta vía será la correspondiente a la de los intereses resarcitorios del organismo.
El Aporte Solidario y Extraordinario alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones de pesos.
La normativa busca contribuir al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes que más capacidad contributiva tienen.
La fecha para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir el 18 de diciembre de 2020.
Cómo adherir al plan
Para adherir al régimen de facilidades de pago es requisito concretar el anticipo del 20% de la deuda consolidada. Las cinco cuotas restantes se abonarán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente de concretado el pago inicial.
Plazo
El plazo para presentar la declaración jurada de los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario y Extraordinario es el 30 de marzo.
La solicitud de adhesión al régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en la normativa.
Buenas tardes. alguien sabe si ya está operativo en Mis Facilidades el plan de pago para el Aporte Solidario?
Muchas gracias.