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Aportes a ADIMRA: no son son obligatorios para empresarios

12 agosto, 2019 Por Ignacio 5 comentarios

El Ministerio de Producción y Trabajo aclaró la situación, al igual que varios fallos judiciales

Mediante un comunicado de prensa, la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC) informa que, mediante Resolución Nº 649/2019, de fecha 21/05, de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación y conforme a lo solicitado por esta asociación, queda aclarado que los empresarios de la actividad metalúrgica no afiliados voluntariamente a la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA) no se encuentran obligados a pagar ningún tipo de contribución compulsiva a dicha entidad.

AFAC explica, que solicitó oportunamente a la Secretaría de Trabajo del MPYT que se expida sobre la cuestión de fondo, aclarando si existe obligación alguna por parte de las empresas metalúrgicas no asociadas voluntariamente a ADIMRA de efectuar a ésta algún tipo de aporte.

ARTICULO 1°.- Aclárese, conforme lo solicitado por parte de ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS DE COMPONENTES, que los empresarios de la actividad referida aún no afiliados a ADIMRA, no se encuentran obligados a pagar una contribución a dicha entidad, firmante del convenio colectivo.

AFAC se viene manifestando en contra de la obligatoriedad de dichos aportes, objetando su vigencia y validez legal. Los empresarios eran intimados por esta entidad a pagarle una contribución mensual equivalente al 1% de la nómina salarial, estuviesen o no asociadas, sólo por el hecho de estar encuadradas en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 260/75 (metalúrgicos).

Desde hace 18 años, y a pesar de varios fallos de segunda instancia que declararon la ilegalidad de este tipo de aportes (“Straplast S.A. c/ Cámara Argentina de la Industria Plástica”, “Straplast S.A. c/ADIMRA”, “Fabutor c/ADIMRA”, “Libermet S.R.L., Vametal S.R.L. y Alfametal S.R.L c/ ADIMRA”, entre otros), ADIMRA continuó con el envío de intimaciones a las empresas para que realizaran el aporte.

Llama la atención que a pesar del conocimiento fehaciente de dichos fallos, se ha continuado con la práctica de intimar e inducir a las empresas metalúrgicas, en su gran mayoría pymes, a seguir efectuando compulsivamente dicho pago, dice el comunicado de AFAC.

Durante muchos años se estuvo cobrando erróneamente a muchas empresas encuadradas en la actividad metalúrgica, incrementando sus costos laborales no salariales en el 1% en detrimento de la competitividad. Estas empresas metalúrgicas vieron incrementados sus costos injustamente.

Además de las cuestiones éticas y legales en cuestión, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo Nº 87 y 98 establecen la afiliación voluntaria como principio fundamental e internacionalmente aceptado para formar una organización de empleadores.

AFAC celebra que las autoridades hayan aclarado esta situación, lo cual brinda mayor seguridad jurídica en línea con los fallos judiciales sobre esta cuestión y reduce los costos laborales no salariales que se incrementaban infundadamente.

Comunicado

Resolución 649/19

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: ADIMRA, Construcción

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Comentarios

  1. -
  2. Graciela dice

    9 agosto, 2023 a las 8:54 am

    Hola Ignacio, está vigente esto?” Mediante un comunicado de prensa, la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC) informa que, mediante Resolución Nº 649/2019, de fecha 21/05, de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación y conforme a lo solicitado por esta asociación, queda aclarado que los empresarios de la actividad metalúrgica no afiliados voluntariamente a la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA) no se encuentran obligados a pagar ningún tipo de contribución compulsiva a dicha entidad.”.- Cómo puede defenderse o returar una empresa ante una intimación de Adimra.-

    Responder
  3. PEDRO EDUARDO VALENZUELA dice

    4 agosto, 2021 a las 1:59 pm

    Mi empresa es electrónica hace muchos años. Ni recuerdo haberme afiliado alguna vez. ¿Cómo debo actuar para que dejen de intimarnos.

    Responder
  4. OSVALDO dice

    20 agosto, 2019 a las 2:28 pm

    LAS EMPRESAS QUE ESTAN INTIMADA Y QUE NUNCA SE AFILIARON DEBEN ABONAR LO ADEUDADO ?? TENGAN O NO CAUSAS JUDICIALES ??

    Responder
  5. Franco dice

    13 agosto, 2019 a las 11:37 am

    Hola Ignacio una consulta si una empresa se encuentra afiliada a Adimra, puede la misma desafiliarce?

    Responder
  6. alejandra dice

    12 agosto, 2019 a las 6:28 pm

    Buenas tardes, y las que estan afiliadas porque no les quedo otra al ser intimadas…se pueden dar la baja?

    Responder

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