El 25 DE ABRIL los trabajadores de vigilancia, seguridad comercial e investigaciones privadas de todo el país celebran su día.
El 25 de Abril de cada año se celebra el aniversario de la primera reunión que diera nacimiento a la Unión Personal de Seguridad Privada de la República Argentina (UPSRA), haciendo que cada año en esa fecha se festeje el Día del Trabajador de la Seguridad Privada.
Como resultado de ese cónclave gremial de abril del ´70, posteriormente la Unión obtendría la (Aprobación del Ministerio de Trabajo).
Desde la UPSRA se recuerda a las empresas de seguridad que el pago de la jornada trabajada el día 25 de Abril debe liquidarse como feriado al 100 % por ciento, según el Art. Nº26 del Convenio Colectivo de Trabajo 507/07:
DíA DEL VIGILADOR Art. 26 – Se fija como Día del Vigilador el 25 de Abril. El empleador tendrá las siguientes opciones:
a) Pagar una suma igual a la que tenga asignada el vigilador más una cantidad igual, en el supuesto que se prestare servicio.
b) Otorgar un franco compensatorio.
c) Adicionar un día a la licencia anual por vacaciones correspondientes
Fuente: UPSRA
MARTIN dice
BUENAS TARDES QUERIA SABER SI EL EMPLEADO ADMINISTRATIVO EN SEGURIDAD PRIVADA LE CORRESPONDE TAMBIEN COBRAR EL DIA DEL VIGILADOR
Rodo dice
En caso de q no se trabaje ese día se debe abonar algo?
Pablo dice
Es mentira trabajo en segrup no pagaron el dia del vigilador no pagan las horas cien tenemos hacer 208 horas para llegar al basico sino descuentan del básico
JULIO dice
K
Sergio dice
Hola buenos días . Yo tengo franco el día del vigilador, me deben pagar igual? Y acá en Concordia no funciona la obra social hace más de un año. Nuestro sindicato no tiene local si si NO TIENE LOCAL. Digo yo el gremio va a hacer algo o no?
Anónimo dice
Tiene que pagarse al 100% y dar un franco compensatorio igual
Igualdad para todos
Si te hiciste cargo sos un chupa culos y un sorete con todas las letras!
Estimado, buenas tardes. He investigado en diferentes fuentes y aun hay un punto que a mi entender queda a libre interpretación, ya que no hay ningun articulo que haga luz sobre esto: UPSRA proclama el "Dia del Vigilador" y no el "Dia del Trabajador de la Seguridad Privada", lo que no determina la inclusion de, por ejemplo, trabajadores administrativos que se encuentran dentro del convenio de seguridad. Cuenta Ud. con informacion sobre si es correspondiente reconocer este dia a otras categorias del convenio? Muchas gracias, felicidades por su trabajo.
No me parece, el vigilador es quien pone el lomo para mantener los servicios de los que vive la empresa, el personal administrativo cobra sus sueldos de lo que en vigilador trabaja y encima lo maltrata creyéndose superior al vigilador cuando éste va a expresar una disconformidad o tiene algún reclamo….
Estimado, buenas tardes. He investigado en diferentes fuentes y aun hay un punto que a mi entender queda a libre interpretación, ya que no hay ningun articulo que haga luz sobre esto: UPSRA proclama el "Dia del Vigilador" y no el "Dia del Trabajador de la Seguridad Privada", lo que no determina la inclusion de, por ejemplo, trabajadores administrativos que se encuentran dentro del convenio de seguridad. Cuenta Ud. con informacion sobre si es correspondiente reconocer este dia a otras categorias del convenio? Muchas gracias, felicidades por su trabajo.