Ejemplo de liquidación Noviembre 2017 para Empleados de Comercio. Nueva Escala salarial con incporación de suma no remunerativa al básico. Planilla excel con modelo de recibo interactivo y versión online.
Recordemos, que el acuerdo salarial 2017 fijó un aumento salarial del 20% calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de abril de 2017. Que se paga en dos tramos no acumulativos, de la siguiente manera:
- 10% no remunerativo desde Abril a Junio. En julio pasará al básico como remunerativo
- 10% no remunerativo desde Julio a Octubre. En noviembre pasa al básico como remunerativo.
A tener en cuenta
Como el acuerdo no prevé el grossing up o acrecentamiento de la suma no remunerativa, esta incorporación al básico de convenio de la suma no remunerativa, hace que ahora toda la remuneración sufra todos los descuentos (19.50%), por lo tanto el neto a pagar, se verá disminuido respecto del neto a pagar del mes anterior.
Cláusula “gatillo”
Respecto de la llamada clausula “gatillo”, establecida en el acuerdo, hasta el momento no ha habido reuniones entre las partes.
Ahora, vamos al caso práctico con los siguientes datos:
Datos para la liquidación
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
El nuevo básico de noviembre surge de sumarle al básico de octubre la suma no remunerativa del 10% que en recibo aparece como “Acuerdo octubre 2017.”
16.677,35 + 1.516,12 = 18.193,47
Como vimos mas arriba, el acuerdo no prevé el grossing up por lo que el la suma no remunerativa pasa directamente sin modificaciones.
Pueden ve las escalas salariales de noviembre publicadas por la FAECyS para todas la categorías Aquí.
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
18.193,47 x 10 x 1% = 1.819,35
Liquidación Feriados trabajados y no trabajados
Veamos como liquidar ese día:
Feriados : – $ 722,68
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- Aporte de $100 con destino a la O.S.E.C.A.C.
Herramientas para el control de las liquidaciones
1. Planilla Excel nueva versión
El caso planteado sirve de guía para cualquier otra categoría. De todos modos, les dejo una planilla excel donde se pueden estimar los cálculos para cada categoría de abril a noviembre 2017.
2.Calculadora online
También, pueden probar la calculadora online de Empleados de Comercio, que está en etapa de prueba.
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