Ejemplo de liquidación mayo 2015 para Empleados de Comercio con incremento del 17%. Según el acuerdo salarial firmado en mayo.
En sus aspectos principales, el acuerdo establece un incremento en un 27% sobre las escalas vigentes de las remuneraciones básicas, a abonarse en dos tramos no acumulativos:
- 17% a partir del mes de abril 2015
- 10% a partir del mes de noviembre 2015
La base de cálculo, en todos los casos, serán las escalas salariales del convenio vigente al mes de marzo de 2015.
Por otra parte, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $3048, de carácter no remunerativo. La misma, se abonará en dos cuotas iguales de $1524 cada una en los meses de julio y septiembre.
También, se estableció un aporte a OSECAC de $70 mensuales que será retenido por el empleador solo a los afiliados a esa obra social.
Para mas detalles sobre acuerdo, pueden leer el artículo sobre el tema AQUÍ.
Ahora, veamos como quedaría la liquidación de mayo según el nuevo acuerdo en un breve caso práctico.
Liquidación mayo 2015
Datos para la liquidación
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Básico $ 10.048,73
- 17 % del total acordado, a partir del 1 de abril de 2015
- 10 % del total acordado, a partir del 1 de noviembre de 2015
A tal efecto, se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento, la suma resultante de la escala salarial convencional correspondiente para cada categoría, en el valor expresado para el mes de marzo de 2015, en razón de encontrarse conformado el salario con arreglo al acuerdo celebrado en mayo de 20154, que incluye los básicos de las escalas convencionales vigentes con las sumas no remunerativas, pactadas en el acuerdo anterior.
Dicho esto, determinemos el incremento salarial del primer tramo, que para nuestro caso es para un empelado de Categoría Administrativo A jornada completa. El cálculo será el siguiente:
Básico Marzo 2015 Administrativo A: $ 8.588,67
8.588,67 x 17% = 1.460,06 —- > incremento
Por lo que el básico desde abril y hasta octubre de 2015 será de $ 10.048,73 (8.588,67 + 1.460,06 )
También podemos ver las escalas salariales para cada categoría publicadas por FAECyS aquí.
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
10.048,73 x 10 x 1% = 1.004,87
Acuerdo no homologado – Anticipo a cuenta
– Antigüedad: 1.460,07 x 1% x 10 = 146,00
– Asistencia y Puntualidad: (1460.07 + 146,00) / 12 = 133.85
Entonces, Pago anticipo a cuenta del acuerdo 2015: $1739.91
Pago anticipo a cuenta del acuerdo 2015: $1.460,06
Descuentos
Entonces calculamos:
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- Aporte de $70 con destino a la O.S.E.C.A.C.
Anónimo dice
No logro advertir la diferencia entre los cajeros a) y c) y; los cajeros b) al efecto del cobro del adicional art. 30 CCT 130/75. Siendo que respecto a dicho adicional varía sustancialmente en favor de los cajeros b) le pregunto que diferencia habría para cobrar uno u otro adicional. Saludos. Victor
Hola Ignacio. Yo cumple 65 años en marzo de 2017. Hace 2 años que no hago aportes jubilado rios. Quisiera saber quê importe tendría por jubilación y qué porcentaje tendría de descuento por los aportes no efetuados. Mis aportes fueron como empleado de comércio. Mi mail es [email protected] .
Gracias
Hola una pregunta vino el aumento en diciembre?