a) 15% (quince por ciento) a partir del 1° de enero de 2015;
b) 10% (diez por ciento) a partir del 1° de julio de 2015;
c) 5% (cinco por ciento) a partir del 1° de octubre de 2015.
Las remuneraciones básicas de cada categoría a partir del 1° de enero de 2015 se consignan en un nuevo Anexo “A” del mencionado convenio colectivo que se firma por separado como formando parte del presente acuerdo.
“Articulo 20°: Adicionales: Se fijan los siguientes adicionales: a) Antigüedad: 1) A partir del 1° de diciembre de 2014 el 1,5% (uno coma cinco por ciento) calculado sobre la remuneración básica de la categoría en la que reviste el trabajador por cada año aniversario de servicios que registre, continuos o discontinuos, en la misma institución:
Cuarto: Las partes consideran que con el acuerdo alcanzado queda consolidado el año 2015 y asumen el compromiso de reunirse en la primera quincena de octubre de 2015 para iniciar las negociaciones salariales del año 2016. Asimismo en esa oportunidad se analizará la posibilidad de incorporar a la negociación representantes de las entidades radicadas en la Provincia de Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur, a fin tratar la inquietud referida a un adicional especial para los trabajadores de esa zona comprendidos en el CCT 700/14.
Quinto: Las partes se encuentran empeñadas en mantener la paz social. En tal sentido en relación a los puntos convenidos en el presente acuerdo y dado que los consideran una justa composición de intereses, se comprometen mutuamente a no tomar medidas de acción directa durante la vigencia del mismo.
Anónimo dice
Hola como andan. Hay aumento para el 2016? Desde que mes ?
Hola. Consulto… El acta que se publica aquí ya esta homologada. El viernes me pagaron 06/02 y no me pagaron el aumento… se cobraré el retroactivo en el mes venidero o cuando se amomologue? Desde ya muchas gracias. Saludos
Hola buenas tardes.
Es de aplicacion inmediata o hay que esperar que se homologue. Gracias.
Hola, como estn? Yase homologo?