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Dudas y preguntas frecuentes del Régimen Permanente de Contribuciones de la Seguridad Social para Microempleadores Ley 26.940
¿Quiénes son considerados Microempleadores?
La ley define como microempleador a aquellos que cuentan con hasta 5 empleados y que muestran en 2013 una facturación anual menor a los $2.400.000, excluyendo las empresas constituidas como sociedades anónimas (SA). Solo pueden ingresar al nuevo régimen personas físicas (autónomos o monotributistas), sociedades de hecho, sociedades de responsabilidad limitada (SRL), o asociaciones civiles. Los empleadores que incrementen su nómina a 7 trabajadores seguirán en el régimen aunque pagarán contribuciones sin descuento por los trabajadores número 6 y 7.
¿A partir de qué período rige el beneficio de reducción de contribuciones para Microempleadores?
El beneficio de reducción de contribuciones establecido rige a partir del período devengado agosto de 2014.
Fuente: Art. 18 Dto. 1714/14 y Art. 6 RG 3683/14
¿Qué sujetos quedan excluidos del Régimen para Microempleadores?
Quedarán excluidos del Régimen Permanente de Contribuciones a la Seguridad Social para Microempleadores, quienes:
Soy un empleador del Régimen Agrario y cuento con una nómina de un (1) trabajador permanente y cuatro (4) trabajadores permanentes discontinuos (de temporada) ¿La reducción de contribuciones que prevé el Régimen de Microempleadores sólo alcanza al trabajador permanente, o también a los trabajadores permanentes discontinuos?
Siendo que a los fines de determinar su inclusión en el Régimen de Microempleadores debe considerarse la facturación bruta total anual neta de impuestos correspondiente al último período fiscal vencido, ¿qué parámetro debe utilizar el empleador que realiza una actividad exenta de IVA, toda vez que en este caso el último período fiscal vencido puede no coincidir con el año calendario al que corresponde la facturación bruta total?
¿Considerando que el monto máximo de facturación para adherir al Régimen de Microempleadores, conforme lo determina el artículo 6º de la RG 3683, debe surgir de DDJJ de IVA o impuesto a las ganancias, pueden los monotributistas adherir al mismo, siendo que no presentan tales DDJJ?
¿Se encuentran comprendidos en el Régimen de Microempleadores los Consorcios de Propietarios del Régimen de Propiedad Horizontal?
Cuando la reglamentación determina la posibilidad de inclusión en el Régimen de Microempleadores de ¿otros tipos societarios requeridos para desarrollar actividades específicas en los ámbitos provinciales¿ que podrán ser incluidos en el mismo por el Comité de Seguimiento, ¿a qué sujetos se está refiriendo?
Soy un Microempleador que mantiene el beneficio de reducción de contribuciones al cincuenta por ciento (50%) otorgado por la Ley 25.250 respecto de determinados trabajadores de mi nómina de personal (vg. mujer jefa de hogar). Ante la vigencia de la Ley 26.940 que establece un beneficio de reducción de contribuciones al cincuenta por ciento (50%) -igual al que ya vengo usufructuando-, ¿debo sustituir este último respecto de tal trabajadora o puedo mantener el beneficio otorgado por la Ley 25.250?
Soy un Microempleador que mantiene el beneficio de reducción de contribuciones al treinta y tres por ciento (33%) otorgado por la Ley 25.250 respecto de determinados trabajadores de mi nómina de personal. Ante la vigencia de la Ley 26.940 que establece un beneficio de reducción de contribuciones al cincuenta por ciento (50%), ¿puedo usufructuar este último respecto de tales trabajadores o debo mantener el beneficio otorgado por la Ley 25.250?
Soy un Microempleador en tanto cumplo con los requisitos que fija la Ley 26.940 en la definición de esta condición. No obstante ello, recién ahora tomo conocimiento del referido Régimen y por lo tanto del beneficio que el mismo conlleva ¿Puedo hacer uso retroactivo de tal beneficio?
Maru dice
Hola me di de alta como empleador en diciembre de 2.017 para dos empleados. Gozaba del beneficio de la ley 26940. Di de baja a uno en abril y ahora al hacer el 931 me dice que no gozo del beneficio de dicha ley. Por un empleado no tengo derecho al beneficio de la ley 26.940????
Natalia dice
Hola, voy a contratar 2 empleados por primera vez (no tuve antes ninguno) Como discrimino que estan en periodo de prueba? o elijo el codigo 307 y al darle la baja antes de los 3 meses se considera periodo de prueba y puedo mantener el beneficio para el otro empleado?
Hola quiero dar de alta a dos empleados por primera vez (nunca tuve empleados antes) hay algún codigo para tener el beneficio y que se sepa que estan en pruba (por si después echo a alguno no perder el beneficio), o solo por echarlo antes de los 3 meses se considera en periodo de prueba y no pierdo el beneficio para el otro empleado que quede.
Soy monotributista, me dedico a la organizacion y ambientacion de eventos. Necesito tomar personal eventual que trabajara entre 20 y 40 horas por mes (los dias de eventos) el personal eventual es variabale pero seran aproximadamente cinco personas por mes. Puedo acojerme a la ley 26940? Que necesito.
Buenas tardes, tenemos un comercio que inicia sus actividades en el mes de 05/2017, tiene 4 empleados en periodo de prueba, pasado el periodo de prueba, puedo tomarme este beneficio??? Debo cambiar la modalidad de contratación???
Gracias
Una consulta, si se empieza a trabajar en modalidad de contrato como periodo de prueba, y luego se cambia al 313 – Arg 24 Ley 26940. 16 a 80 empleados. Tiempo indeterminado. Al empleado le siguen contando los días de periodo de prueba?, si lo quisiera despedir que debería tener en cuenta para realizar la liquidación final?. Gracias.
Al superar los 80 empleados se termina la promoción para el total de los empleados o los excedentes de 80.
ignacio, buenas tardes, te queria consultar si hay que modificar el alta cuando pasas del codigo 307 al 310 ??
gracias.
Una SRL dedicada a la construcción con hasta 80 empleados puede acogerse al beneficio? La lectura del artículo 27 del DR me sienta dudas respecto si es factible tal adhesión. Gracias