Ejemplo de liquidación julio 2014 para Empleados de Comercio. Asignación no remunerativa de $1.200.
- 17% a partir del mes de abril 2014
- 10% a partir del mes de septiembre 2014
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Básico $ 7.912,39
6.762,73 x 17% = 1.149,66 —- > incremento abril 2014
Por lo que el básico a partir de Abril, y hasta agosto de 2014, será de $ 7.912,39 ( 6.762,73 + 1.149,66 )
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 5 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 5%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
7.912,39 x 5 x 1% = 395,62
Asignación no remunerativa $ 1.200
Presentismo
Se presenta la discusión sobre si debe pagar el presentismo sobre los $1200, a mi entender si, por aplicación del artículo 40 del CCT 130/75.
Para el caso de ejemplo, no tenemos mayores inconvenientes, pero el problema se plantea cuando el trabajador labora a jornada parcial, ya el acuerdo ha dado para mas de una interpretación. Por parte de la FAECyS sostienen que la ANR sea para todos por igual, independientemente de la jornada realizada, en cambio desde la CAC, sostienen que la asignación se proporcional a la jornada que realice el trabajador. Y estamos hablando de la interpretación un acuerdo firmado por las partes, norma dictada por un tercero.
Lo cierto es que, tanto empleadores y quienes debemos hacer las liquidaciones, quedamos en medio de estas dos posiciones, sin una base cierta en la que apoyar uno u otro criterio. Desde las dos partes han intentado argumentar, a mi entender de manera muy pobre, sus posiciones. Pero no es motivo de este artículo analizarlas. Sigamos.
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- No lleva ningún descuento, ni aportes ni contribuciones. A diferencia de acuerdos anteriores, en donde los aumentos supuestamente no remunerativos, pero que llevaban descuento de obra social y sindicato, en este caso la asignación hace honor a su nombre y no lleva descuento de ninguna naturaleza.
Jorge Venturino dice
para una empleada con licencia por maternidad que la ANSES le esta abonando el sueldo durante OCTUBRE/NOVIEMBRE/DICIEMBRE, los $ 1200 tambien los paga ANSES..? y el aguinaldo tambien…?
Para una empleada con licencia por maternidad que la ANSES le paga el sueldo durante 3 meses OCTUBRE/NOVIEMBRE/DICIEMBRE, los $ 1200 los paga la ANSES también..? y el aguinaldo..?
Si, tienen que incluirlo en el 931 para que la ANSES lo pague
Hola! Entre a trabajar el 4 agosto. Trabajo 4 hs y a mis compañeros les pagaron 600 en agoto y 600 en este mes. Queria saber si a mi me corresponden estos 600 y si los 1200 de noviembre me correponden?? Gracias…
En el F931 hay que informar los 1200 para el calculo de la LRT?
Hola! Corresponde tener en cuenta los $1200 para la base de cálculo de las indemnizaciones? Muchas Gracias
hola!!!. yo entre a trabajar el 01/07/2014, me corresponde los $1200???. No me los pagaron y en mi recibo no figura.
Soy personal auxiliar A y trabajo 6 hs por semana. Cuál sería mi básico?
Una consulta el pago de los $1200,se paga $1200 aunque uno trabaje media jornada o solo se paga ese monto si uno trabaja jornada completa ?? Pregunto xq yo cobre de no remunerativo $980 trabajo en un shopping y hago 6hs por día y el finde trabajo 1 día 12hs y el otro tengo franco(por ej sábado 12hs y domingo franco o viceversa)
Ignacio, para el caso de un empleado con media jornada, respecto al sindicato y Faecys se liquida con las remuneraciones de media jornada o de jornada completa como en la Obra Social?
Hola Ignacio soy empleada de comercio vendedora b mi función es de encargada del local trabajo 10 hs cobra lo q ellos quieren $6900. Los 1200 no me los pagaron q puedo hacer desde el 2011 trabajo para esta agencia de claro ubicada en av.belgrano 378 alta gracia cdb. Aparte soy sostem de familia tengo 4 hijos. Me gustaria q alguien me de una respuesta.
Que pasa si el empleador se niega a pagarnos, los $1200? Aduce no tener plata. El sindicato no deberia actuar. En el sindicato no actuan nunca .Hay que ir hasta San Fernando, poner el nombre (tambien es logico) pero ellos con el aviso solo ni se molestan (ni han aparecido nunca por mi trabajo) Pienso que lo deberian hacer de oficio.Espero su respuesta porque nosotros pagamos y no tenemos a nadie que nos defienda
Buenos dias. Comento mi situacion. Trabajo en comercio de 9 a 20 hs de lunes a sabado, sin el medio franco por trabajar sabado a la tarde (osea que el unico dia de descanso es el domingo) Es un comercio a la calle, no shopping. Cuanto deberia cobrar por 11 hs de lunes a sabado?. Gracias!
Hola Ignacio me podras responder si es media jornada me deben pagar $600 en cada cuota? espero respuesta tuya muchas gracias saludos!!!
Hola ignacio.. yo soy de posadas misiones! Trabajo en un mayorista de nombre multiservi srl y no nos pagaron los 1200$ …. y si reclamamos o vamos al sindicato es lo mismo que nada! No nos hacen caso! Para nada! Que podemos hacer donde podemos dejar la queja o el reclamo! Gracias!!