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Empleados de Comercio: liquidación abril 2014 con aumento

21 abril, 2014 Por Ignacio 135 comentarios

Ejemplo de liquidación abril 2014 para Empleados de Comercio con incremento del 17%. Caso explicado paso a paso.

Finalmente, con fecha 11 de abril de 2014, gremio y cámaras de comercio acordaron en el marco de la paritaria de Empleados de Comercio, la pauta salarial para el 2014. (ver acuerdo).


En sus aspectos principales, le acuerdo establece un incremento en un 27% las escalas vigentes de las remuneraciones básicas, a abonarse en dos tramos no acumulativos:

  • 17% a partir del mes de abril 2014
  • 10% a partir del mes de septiembre 2014

La base de cálculo, en todos los casos, serán las escalas salariales del convenio vigente al mes de marzo de 2014.

Por otra parte, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $2400 , de carácter no remunerativo. La misma, se abonará en dos cuotas iguales de $1200 cada una en los meses de julio y noviembre. 

Veamos como quedaría la liquidación  de abril según el nuevo acuerdo en un breve caso práctico.


Liquidación Abril 2014



Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico Marzo 2014: $6.762,73 
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta 1

Conceptos Remunerativos

Básico  $ 7.912,39

Como vimos más arriba, el acuerdo establece un 27% de “incremento se abonará en forma remunerativa y no acumulativamente,” de acuerdo con lo siguiente:

  • 17 % del total acordado, a partir del 1 de abril de 2014 
  • 10 % del total acordado, a partir del 1 de septiembre de 2014

A tal efecto, se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento, la suma resultante de la escala salarial convencional correspondiente para cada categoría, en ” el valor expresado para el mes de marzo de 2014, en razón de encontrarse conformado el salario con arreglo al acuerdo celebrado en mayo de 2013, que incluye los básicos de las escalas convencionales vigentes con las sumas no remunerativas, pactadas en el acuerdo anterior, que se incorporaron en el mes de febrero de 2014.

Para esta liquidación solo nos interesan el 1° tramo de 17%, que como vimos, y a diferencia de acuerdos anteriores, es REMUNERATIVO. 

Dicho esto, determinemos el incremento salarial del mes de abril, que para nuestro caso es para un empelado de Categoría Administrativo A jornada completa. El cálculo será el siguiente:

Básico Marzo 2014  Administrativo A: $ 6.762,73

6.762,73 x 17% =  1.149,66 —- > incremento abril 2014


Por lo que el básico de Abril 2014 será de $ 7.912,39 ( 6.762,73 + 1.149,66 )

Antigüedad: $ 395,62

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 5 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 5%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:


7.912,39 x 5 x 1%  = 395,62 
Asistencia y Puntualidad: $ 623,30


Según lo establecido en artículo 40 del CCT 130/75 el adicional por Asistencia y Puntualidad es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad. 
(7.912,39 + 395,62 ) / 12 =  692,33 

Acuerdo no homologado – Anticipo a cuenta

Por otro lado, las partes establecieron que en el caso de estar pendiente la homologación el  Acuerdo y se produzcan vencimientos de plazos pactados para el pago de los incrementos previstos, los empleadores abonarán las sumas devengadas con la mención de “pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo abril 2014”, los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes una vez homologado el Acuerdo.

Teniendo esto en cuenta, podemos exponer de dos maneras diferentes:
B. Liquidar como “Pago anticipo a cuenta del acuerdo abril 2014” el incremento del 17% sobre el básico mas los adicionales, quedaría:
Al incremento de $1.149,66 le sumamos al antigüedad y el adicional por Asistencia y Puntualidad:
Antigüedad: 1.149,66 x 1% x 5 = 57,48
Asistencia y Puntualidad: (1149.66 + 57,48) / 12 = 100.59
Pago anticipo a cuenta del acuerdo abril 2014: $1307,73

Solución Propuesta 2:

C. Liquidar como “Pago anticipo a cuenta del acuerdo abril 2014” solo el incremento del 17%, y los adicionales por separado, quedaría:
Pago anticipo a cuenta del acuerdo abril 2014: $1.149,96
Antigüedad: (6.762,73 + 1.149,66) x 1% x 5 = 395,62
Asistencia y Puntualidad: (6.762,73 + 1.149,66 +395,62) / 12 = 692,33
Solución Propuesta 3:

Descuentos
Para cualquier de las tres opciones los descuentos son los mismos, y como el incremento salarial es REMUNERATIVO, por lo tanto debemos realizar todos los descuentos (como siempre debió haber sido). 


Entonces calculamos:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte OSECAC
  • Aporte de $50 con destino a la O.S.E.C.A.C. (cuota 12 de 12)
Abril 2014 es el último mes en que se realiza el aporte de 50 pesos con destino a la Obra Social de Empelados de Comercio. Según lo establecido en el acuerdo Mayo 2013, era un aporte de $50, comenzó mensuales durante la vigencia del acuerdo (30/04/2014). El nuevo acuerdo salarial, con vigencia desde el 1º de abril 2014, no establece aporte extraordinario como en acuerdos anteriores.


ACTUALIZACIÓN: Según lo informado por FAECYS, no se debe realizar el aporte de $50 en el anterior. 
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, que si bien es para un Administrativo A, el mecanismo es el mismo para todas las categorías.  No tuve en cuenta los feriados del mes para hacer más sencilla la explicación.

Actualización: 

Planilla excel sueldos comercio ABRIL 2014

Pueden descargar la planilla excel actualizada para poder estimar los sueldos de comercio para abril 2014 AQUÍ
Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

Escalas salariales 2014:

table.tableizer-table {
border: 1px solid #CCC; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif
font-size: 12px;
}
.tableizer-table td {
padding: 4px;
margin: 3px;
border: 1px solid #ccc;
}
.tableizer-table th {
background-color: #61B5EB;
color: #FFF;
font-weight: bold;
}

Categorías Básico Básico Básico
Base de cálculo 17% sobre marzo 27% sobre marzo
Marzo 2014 Abril 2014 Septiembre 2014
Maestranza A $ 6.667,99 $ 7.801,55 $ 8.468,35
Maestranza B $ 6.693,24 $ 7.831,09 $ 8.500,41
Maestranza C $ 6.781,68 $ 7.934,57 $ 8.612,73
Administración A $ 6.762,73 $ 7.912,39 $ 8.588,67
Administración B $ 6.800,64 $ 7.956,75 $ 8.636,81
Administración C $ 6.838,47 $ 8.001,01 $ 8.684,86
Administración D $ 6.952,20 $ 8.134,07 $ 8.829,29
Administración E $ 7.046,95 $ 8.244,93 $ 8.949,63
Administración F $ 7.185,91 $ 8.407,51 $ 9.126,11
Cajeros A $ 6.794,29 $ 7.949,32 $ 8.628,75
Cajeros B $ 6.838,47 $ 8.001,01 $ 8.684,86
Cajeros C $ 6.895,36 $ 8.067,57 $ 8.757,11
Personal Auxiliar A $ 6.794,31 $ 7.949,34 $ 8.628,77
Personal Auxiliar B $ 6.857,47 $ 8.023,24 $ 8.708,99
Personal Auxiliar C $ 7.065,89 $ 8.267,09 $ 8.973,68
Auxiliar Especializado A $ 6.870,10 $ 8.038,02 $ 8.725,03
Auxiliar Especializado B $ 6.983,79 $ 8.171,03 $ 8.869,41
Vendedor A $ 6.794,29 $ 7.949,32 $ 8.628,75
Vendedor B $ 6.983,79 $ 8.171,03 $ 8.869,41
Vendedor C $ 7.046,95 $ 8.244,93 $ 8.949,63
Vendedor D $ 7.185,91 $ 8.407,51 $ 9.126,11

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Acuerdo Salarial 2014, Casos Prácticos, FAECYS, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Cecilia Lopez Borghesi dice

    20 junio, 2016 a las 5:09 pm

    Hola Ignacio, te hago una consulta. Si el empleado en el acuerdo del 2013, no trabajó todo el mes de mayo porque ingresó el 15. El aporte extraordinario de osecac es completo $50 o proporcional?
    Muchas gracias!!

    Responder
  3. Cecilia Lopez Borghesi dice

    20 junio, 2016 a las 5:07 pm

    Hola Ignacio, te hago una consulta. Si el empleado en el acuerdo del 2013, no trabajó todo el mes de mayo porque ingresó el 15. El aporte extraordinario de osecac es completo $50 o proporcional?
    Muchas gracias!!

    Responder
  4. Anónimo dice

    5 marzo, 2015 a las 7:47 pm

    Buenas tardes soy de Córdoba y trabajo bajo un convenio de uocra haciendo redes e instalaciones de cableado en la calle, cuánto sería Mi sueldo básico,soy ayudante

    Responder
  5. Anónimo dice

    20 febrero, 2015 a las 4:14 pm

    Mari, Hola Ignacio, te consulto es correcto tener como categoria vendedor B y que las funciones designadas sean customer service? Gracias

    Responder
  6. vero dice

    7 febrero, 2015 a las 7:37 pm

    hola Igancio. te queria consultar yo trabaje 4 años en un comercio renunci y volvi ya hace 4 años. este año me entero que me tenian que sumar la antiguedad. mi pregunta es como me deberia pagar el retroactivo de la antiguedad y que pasa con las vacaciones no gozadas

    Responder
  7. vero dice

    7 febrero, 2015 a las 7:34 pm

    Hola te queria consultar. trabajo en un comercio hace ya 7 años, con una renuncia de tres meses a los 4 años de ingreso. hoy me entero que la antiguedad deberi ser sumada a la anterior. como se calcula el retroactico del 2011 a la fecha y que pasa con las semanas de vacaciones no gozadas.

    Responder
  8. vero dice

    7 febrero, 2015 a las 7:32 pm

    hola Igancio. te queria consultar yo trabaje 4 años en un comercio renunci y volvi ya hace 4 años. este año me entero que me tenian que sumar la antiguedad. mi pregunta es como me deberia pagar el retroactivo de la antiguedad y que pasa con las vacaciones no gozadas

    Responder
  9. vero dice

    7 febrero, 2015 a las 7:32 pm

    hola Igancio. te queria consultar yo trabaje 4 años en un comercio renunci y volvi ya hace 4 años. este año me entero que me tenian que sumar la antiguedad. mi pregunta es como me deberia pagar el retroactivo de la antiguedad y que pasa con las vacaciones no gozadas

    Responder
  10. Anónimo dice

    20 enero, 2015 a las 4:41 pm

    hola ignacio te queri hacer una consulta yo trabajo horario nocturno,queria saber cuanto % mas me corresponde ya q el pago de mi hora normal es de 48 $ 9 horas nocturnas

    Responder
  11. Anónimo dice

    18 enero, 2015 a las 6:14 am

    a un empleado de comercio de 8 hs.de trabajo se le puede reducir la jornada a 4 hs. al igual que el sueldo con antiguedad de 9 años ??

    Responder
  12. Anónimo dice

    13 diciembre, 2014 a las 4:59 am

    Hola Ignacio me podrias sacar una duda? Resulta que este lunes entraria por primera vez al mundo laboral en una cadena de super mercados como cajero B por 4hs diarias.
    El contrato decia 3995 y me dijeron que era basico, desde ahi se sacan los distintos porcentajes?
    desdd ya gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      15 diciembre, 2014 a las 12:42 pm

      Hola, si, sobre el básico se calcula la antigüedad y presentismo

      Responder
  13. Anónimo dice

    3 diciembre, 2014 a las 5:50 am

    Hola cobro en 2 dias y necesitaria saber como es lo de las paritarias… yo ingrese a trabajar hace 17 dias aproximadamente.. trabajo 30hs semanales y 2 sabados al mes de cuatro horas cada uno… me comentaron que me correaponde los $1200… quisiera saber qe hay de cierto en eso o cuanto me coresponderia cobrar con respecto a las paritarias… porque tengo una amiga que trabaja las mismas horas, tambien entro hace menos de un mes y se los pagan…por favor si me podrian informar que cobro el jueves y lo querria saber… saludos

    Responder
  14. Anónimo dice

    5 noviembre, 2014 a las 8:15 pm

    hola yo trabajo hace 8 años categoria a4 en turismo cual deveria ser mi sueldo trabajo de lunes a viernes de 10.00 a 18.00

    Responder
  15. Anónimo dice

    22 octubre, 2014 a las 2:43 pm

    HOLA IGNACIO, consulta para sacarme de la duda.
    Durante años, la empresa a la cual trabajo me pago los incrementos de las paritarias sobre lo remunerative (BASICO, PRESENTISMO, ANTIGUEDAD y a cuenta de futuros aumentos). Este ultimo, siempre existio y es casi similar al basico.
    En fin, en este nuevo incremento (10%), la empresa solo me pago sobre lo basico.
    Al reclamar a RRHH, dicen que por ley corresponde eso, cuando antes nunca hicieron asi.
    Puedo reclamar??? Me corresponde que me INCREMENTEN sobre el valor a cuenta de futuros aumentos cuando este SIEMPRE EXISTIO y es parte de mi salario desde que ingrese???
    Aguardo su ayuda.

    Responder
  16. Anónimo dice

    20 octubre, 2014 a las 1:32 pm

    hola Ignacio trabajo en un kiosco cuanto deberian pagarme la hora????

    Responder
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