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Empleados de Comercio: liquidación de sueldo Marzo 2014

25 marzo, 2014 Por Ignacio 27 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de marzo de 2014 Empleados de Comercio CCT 130/75. Liquidación Feriados trabajados y no trabajados.

La liquidación de marzo no difiere de la del mes pasado donde se incorporaron las sumas no remunerativas del último acuerdo salarial al básico de convenio.
Suma fija a cuenta de paritarias
Hasta el momento gremio y cámaras de comercio no han acordado ninguna modificación a la escala salarial vigente desde febrero. Si bien el secretario general de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), Armando Cavalieri, realizó un pedido de pago de una suma fija mensual de 1.000 pesos para marzo y abril, a cuenta de las paritarias 2014, que comienzan en abril, pero hasta el momento no se informado de acuerdo alguno al tal respecto.

Aclarado esto, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de marzo. Para no repetir el ejemplo de febrero, incorporo la liquidación de los feriados del mes.
Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $6.762,73 
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
No trabajó feriados:  3 y 4  de marzo Carnaval

Trabajó feriado:  24 de marzo Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia

Solución Propuesta

Conceptos Remunerativos

Básico: 
$ 
6.086,46

El básico para el mes de marzo de 2014, es el mismo que determinamos en la liquidación de febrero, y lo podemos lo podemos buscar en la escala para cada categoría (ver escalas febero-abril 2014). Para el caso de un Administrativo A a jornada completa  es de $ $6.762,73

Ahora, para determinar el monto para los días normales trabajados en el mes, calculamos el valor día:

6.762,73  / 30 = 225,42

y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 27:

225,42 x 27  = $ 6.086,46

Feriado no trabajado:  $ 541,02


El empleado no trabajó los feriados de Carnaval del 3 y 4 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, veamos la forma de cálculo:

$6.762,73  / 25 = 270,51 por el feriado

o lo que es lo mismo, sumarle un 20% al valor día normal 225,42 + 20% = 270,51

Ese 20% que se obtiene, es lo que algunos denominan “plus por feriado.”

En este caso como son dos los días feriado, lo multiplicamos por 2:
270,51 x 2 = $541,02
Feriado trabajado:  $ 495,93

El que el trabajador prestó servicios el 24 de Marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, por lo que le corresponde cobrar el día por el feriado, más el valor del día trabajado.

Veamos la forma de cálculo:


Podemos encontrarnos con dos formas de liquidar los feriados, primero explicaré el método que tuve en cuenta para el caso de ejemplo:
1. Calculamos el día trabajado normal más el día como feriado:

a. 6.762,73  / 25 = 270,51 por el feriado

b. 6.762,73  / 30 = 225,42 por haber trabajado

Total: 270,51 + 225,42 = $493,93


2. La otra forma en que lo pueden encontrar liquidado, es tomando el valor día normal más una cantidad igual, que sería:
225,42 + 225,42 = $450,84

Antigüedad: $ 356,17

En esta caso la antiguedad son 5 años. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:


6.762,73 x 5 x 1%  = 338,14

Asistencia y Puntualidad: $ 623,30

Es la doceava parte de las remuneraciones del mes, en este caso Básico + Antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
(6.086,46 + 541,02 + 495,93 + 356,17  ) / 12 = 623,30
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario (y obligatorio) con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario (y obligatorio) con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
  • Aporte de $50 con destino a la O.S.E.C.A.C.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, que si bien es para un Administrativo A, el mecanismo es el mismo para todas las categorías.  

Planilla Excel
De todas maneras, pueden descargar la planilla excel actualizada para poder estimar los sueldos de comercio para los meses de febrero, marzo y abril 2014 AQUI

Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    28 enero, 2015 a las 6:53 pm

    como calculo para descontar un dia de falta injustificada a la empleada domestica? gracias

    Responder
  3. Gabriel dice

    1 diciembre, 2014 a las 10:05 pm

    Ignacio, buenas tardes. Un consulta. Si el empleador dispone que un feriado nacional se trabaja y el empleado tiene ese dia una inasistencia injustificada. Ese dia, se descuenta de los haberes??

    Responder
  4. Anónimo dice

    22 octubre, 2014 a las 12:47 pm

    hola, una consulta para poder orientarme.
    trabajo en relacion dependencia y durante años mis haberes fueron liquidados sobre todo lo que declaran como remunerativo. Dentro del mismo, esta el basico, presentismo, antiguedad y a cta. de futuros aumentos.
    Ahora, con el nuevo incremento de la paritaria (10%), RRHH calculo el incremento solo sobre el basico, con lo cual el aumento no fue el esperado. Obviamente todos se hacen los descentendidos y no reconocen las liquidaciones anteriores o en todo caso quien haya tomado la decision de liquidar de la forma en que se venia haciendo.
    CONSULTA: como empleado, tengo derecho de reclamar (7años de laburo)?, me avala alguna reglamentacion o ley o decreto?

    Mi consulta es:

    Responder
  5. Anónimo dice

    16 octubre, 2014 a las 4:49 pm

    Hola como estas, quería hacerte una pregunta cuanto deberia figurarme en la antigüedad si cumplí 10 años

    Responder
  6. camila miranda dice

    9 mayo, 2014 a las 3:25 am

    hola queria hacerte una consulta, yo trabajo de lunes a viernes de 16hs a 21hs y sabados de 13:30 a 21hs mi categoria es vendedora b como tendria q ser mi sueldo? gracias

    Responder
  7. Unknown dice

    24 abril, 2014 a las 8:17 am

    Hola Ignacio, gracias por responder en el otro post.
    No puedo diferir, puesto que no conozco el tema a fondo. Pero esperando tu respuesta, pase por el sindicato y me pasaron lo siguiente.

    Marzo 2014 // Admin. B // 3 feriados trabajados // Presentismo.

    Basico: 30 dias – 8 hs – $6800.64
    Antiguedad 10: $680.06
    Feriados (horas al 100%) 24 : $1795.37
    Presentismo: $772.70

    Sueldo Bruto: $10048.77
    Como ves, la gente del Sindicato calcula, el BASICO + (24horas al 100%) por cuanto en sentido practico, en vez de liquidar por 33 dias, lo hacen por 36 (30 habituales + 3 al doble).
    Es acá donde me pierdo… te dejo mi mail…. estoy en plena negociacion, y no quiero regalar nada, pero tampoco reclamar algo que no es.
    Gracias por la ayuda nuevamente.
    Te dejo mail vandorem@gmail.com

    Responder
  8. Anónimo dice

    23 abril, 2014 a las 5:55 pm

    Hola trabajo 4 hs, atendiendo una tienda de barrio que no entra casi mucha gente. Me podrías decir o informar cuanto tendria que cobrar??? Gracias. Espero su respuesta.

    Responder
  9. Anónimo dice

    23 abril, 2014 a las 5:31 pm

    Hola Ignacio, te agradezco pr la pagina , me ayuda muchisimo y esta siempre acualizada.
    Te quisiera consultar por algun curso o capacitacion bien completa del tema Liquidación de sueldos, y derechos laborales. Fui a varios y son basicos…..No termino de sentirme segura. Podras recomendarme para aplicarlo a mi pracica diaria?
    Muchas gracias, Belén.

    Responder
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