Según el acuerdo logrado por la UOM en 2008, establece en su artículo quinto, que como base de cálculo para la siguiente negociación, se tomarán los valores del ANEXO BASE DE CÁLCULO.
“QUINTA. Base de cálculo de la próxima negociación salarial (abril/09). Las Partes han acordado que, al sólo efecto de ser utilizada como base de cálculo de la próxima negociación salarial a iniciarse en el mes de abril de 2009, tomarán como referencia los valores que se consignan en el Anexo denominado Base de Cálculo que también se adjunta formando parte integrante del presente acuerdo.”
Como varios lectores me ha preguntado por dicho anexo, ya que la UOM no lo ha publicado, lo pueden ver en la siguiente imagen.
Descarga del ANEXO BASE DE CALCULO.
También lo pueden bajar de la página de la UOM de capital, que si se tomaron la molestia de de subirlo.
gladys dice
Un operario de la UOM quisiera pasar a mensual el valor horario por cuantas horas se multiplica, por 176 o 200 horas (valor por 176 hs o valor por 200 hs.)
Anónimo dice
hola a todos queria saber, como me van subiendo de categorias, yo soy de la rama 17 y estoy en la cuarta categoria y llevo ya , 6 años trabajando keria saber, si se sube por años o por conocimientos , por favor contestarme desde ya muchas gracias….!!!!!!
Anónimo dice
Hola Ignacio, necesito saber como se calcula el sac para personal que cobra por horta trabajada convenio de la uom. Es sobre la suma de las dos quincenas mejores?
Gracias
Necesitaría mas información, de todo modos, si están en desacuerdo, no lo firmes.
hola, mi nombre es martin, me apercibieron y es injusto, se que puedo firmar bajo protesta, pero no se q poner,,, me pueden ayudar?
No comprendo bien la pregunta. Lo que te puedo decir, es que las asignaciones, o la base para saber si se pagan o no, es sobre el sueldo pagado al empleado, en su parte remunerativa, nada tiene que ver el anexo base de cálculo.
Y se toman en base a promedios semestrales.
hola! me podes informar como liquido las asignaciones familiares de
octubre de 2.009 , mi duda es la siguiente
si tomo como base de calculo de remuneraciones en base a las horas a
trabajar durante el mes o en su defecto si tomo como base 200 hrs.
otra: suponiendo que un empleado metalurgico jornalizado trabajando
la totalidad de las horas supera los $ 2.400,oo ¿cuanto debo abonarle
por asignacion por hijo ? y si ese mismo empleado por distintos motivos
no completa la totalidad de horas , o sea no supera los $ 2.400,00?
en esas condiciones puede darse el caso que un mes supere los $ 2.400
y otro mes que no ¿ que monto abono por cada hijo?
CLAUDIA: la verdad no lo se, en la UOM no figura ni el a resolución tampoco, solo está eso.
HOla Ignacio, el anexo base de cálculo sólo muestra los valores de los jornalizados, me podrías informar de dónde saco el anexo base cálculo para los mensualizados. Gracias. Claudia
Hola Ignacio, el aexo base de cálculo sólo muestra los valores de los jornalizados, me podrías informar de dónde saco la base de cálculo ded los mensualizados ?. Gracias. Claudia