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Empleados de Comercio: liquidación de sueldo diciembre de 2010

9 diciembre, 2010 Por Ignacio 110 comentarios

Recibo de sueldos diciembre de 2010 empleados de comercio

Según el acuerdo junio 2010 de empleados de comercio CCT 130/75, en este mes de diciembre se debe aplicar el tercer y último tramo tramo del aumento acordado por el acuerdo firmado en junio pasado.  Y además se incrementa el porcentaje del adicional por antigüedad.

Antes de hacer la liquidación de diciembre recordamos los cambios establecidos para este mes según los últimos acuerdos de enero y junio de este año.

Último tramo del acuerdo 5%
Para este mes de diciembre se paga el último tramo de aumento que es del 5%. El acuerdo junio otorgó un incremento del 27% escalonado y acumulativo en tres partes:

  • 15% mayo de 2010
  • 7% Septiembre de 2010
  • 5% Diciembre de 2010

Incremento de la antigüedad
Según el acuerdo de enero de 2010 en su articulo décimo cuarto se modifica el porcentaje de antigüedad que era del 0.5%, aumentando en un 50% en Mayo y otro 50% en diciembre, quedando de esta manera:

  • Mayo 2010 0.75%
  • Diciembre 2010 1%

Liquidación diciembre 2010

Datos para el ejemplo

  • Liquidación Diciembre de 2010
  • CCT 130/75
  • Categoría Administravio A
  • Sin antiguedad
  • Obra Social OSECAC
  • No afiliado al sindicato

Los valores del recibo expuesto arriba se se determinaron de la siguiente forma:

1. SALARIO BÁSICO $ 1.767,94
Que surge de la “escala publicada por FAECYS,” y se determina tomando el básico según la escala 2008 y sumándole las 6 cuotas acrecentadas (julio a diciembre). Veamos:

El básico un “Administrativo A” según la “escala de empleados de comercio de 2008” era de $1.319.56

La suma de “acuerdos anteriores” era de $763,91

763,91 / 12 = 63,66

Cuota acredentada: 63,66 x 1,17391 = 74,73

74,73 x 6 = 448,38 + 1319,56 = 1.767,94

2. Antigüedad $17,66

Según lo establecido en el “acuerdo enero de 2010”, la antigüedad a partir del mes de diciembre es del 1% sobre el básico:

Básico 1.767,94 x 1% = 17,68

3. PRESENTISMO según Art. 40 130/75=  $ 128,65

Es la doceava parte de la remuneración del mes : (1.543,50 + 17,68 ) / 12 = 148,80

4. ACUERDOS ANTERIORES NO REMUNERATIVOS $381,96
Es la suma de las acuerdos abril 2008, abril 2009 y enero 2010, menos las 6 cuotas que se ya incorporaron al básico, como vimos en el punto 1.

Originalmente eran de $763,91, pero debemos restarles las 6 cuotas de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre que pasaron al básico:

763,91 – (63,66 x 6) = 381,96

5. ACUERDO JUNIO 2010 NO REMUNERATIVO:   $705,33 (75 + 630,33)

Se compone de 4 items $75 + 15% de mayo + 7% de septiembre + 5% de diciembre, y también lo podemos buscar en la escala publicada por FAECYS.

a) Con los $75 no hay problema, ya que son fijos.

b) El 15% y 7% acumulativos que suman un 23,05% ya lo habíamos determinado en el “recibo de septiembre de 2010,”  y era de $497,53.

c) Queda determinar el último tramo de aumento del acuerdo junio 2010 que es del 5% para este mes de diciembre. Para esto debemos tomar la misma base sobre la cual calculamos el aumento del 15% en el mes de junio, y se componía de la siguiente manera:

1319,56 + 293,91 + 100 + 300 + 100 + 75 = $2158,47  (Base junio)

497,53 (aumento junio + septiembre)

2.158,47 + 497,53 = 2956,00 (Base Diciembre)

2956,00 x 5% = 132,80

Entonces, sumamos los 3 items a, b y c:  75 + 497,53 + 132,80 = $705,33

Existe otra forma de determinar el valor del acuerdo junio para el mes de septiembre, y es aplicando el 29,2025% directamente sobre la base junio:

2158,47 x 29,2025 = 630,33 + $75 = $705,33

6.- PRESENTISMO según Art. 40 130/75=  $ 90,61

Es la doceaba parte de los acuerdos (381,96 + 75 + 630,33) / 12 = $90,61

DESCUENTOS:
Los descuentos son los mismos que en los meses anteriores. Para las sumas remunerativas:

  • 11% Jubilación
  • 3% Ley 19.032
  • 3% Obra Social
  • 2% SEC
  • 0.5% FAECYS.

Para las sumas no remunerativas:

  • 3% Obra Social (“a mi entender” solo para los afiliados a O.S.E.C.A.C.)
  • 2% SEC
  • 0.5% FAECYS.

En el caso de que el empleado esté afiliado al sindicato, se deberá retener el importe correspondiente, que en la mayoría de las jurisdicciones es del 2%.

Espero el ejemplo haya sido útil, fácil de comprender, sin errores y haya servido para comprender la la forma de liquidación.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Edgard dice

    30 diciembre, 2023 a las 9:52 pm

    Que me corresponde como chófer de comercio, que categoría y cuánto en plata gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    16 marzo, 2012 a las 8:14 pm

    Mi empleador me estaba pagando mitad en blanco y mitad en negro.cuando tube ciertos problemas xq me paga menos que lo q dice el convenio me puso en blanco.pero me hace figurar 4 inasistencias por mes que no tengo.obviamente que tengo derecho a reclamar.pero mi situacion es que necesito el recibo de sueldo los primeros dias xq acabo de tener una beba y necesita hacer controles igual que mi esposa.como puedo reclamar y que cumpla sin tener que esperar que se haga el boludo y me la patee?osea…si firmo el recibo asi como esta.me traeria consecuencias mas adelante?

    Responder
  4. Anónimo dice

    1 enero, 2012 a las 10:21 pm

    CUANTO ES LO NETO A PERCIBIR EN EASY SIENDO UN EMPLEADO PART TIME, 6 HORAS

    Responder
  5. Anónimo dice

    31 agosto, 2011 a las 6:04 pm

    hola mi pregunta es sencilla quiero saber cuanto es el sueldo de una empleada venta de mostrador horario de trabajo de lunes a viernes de 8 a 20 hs y sabados de 9.30 a 15 has. con antiguedad de 13 años. mi meil anyulina_72@hotmail.com

    Responder
  6. Anónimo dice

    6 julio, 2011 a las 9:11 pm

    hola, queria saber porque yo estoy de licencia desde el 1 de abril por maternidad y me correspnde el aginaldo este mes y el anses me dijo q no paga aginaldo sino que la empresa debe hacerlo en su totalidad.
    hable con el empleador y me dicen que los ultimos 3 meses no le corresponden a ellos sino al anses.
    me podrias asesorar por favor …

    Responder
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