Mientras esperamos que el gremio de comercio publique las nuevas escalas salariales, y a pedido de muchos lectores, voy explicar a mi modo de ver, como pasar los acuerdos no remunerativos a no remunerativos. Para lo cual tomaré el ejemplo del caso práctico de junio.
En dicho recibo, la suma de acuerdos anteriores era de $763,91, compuesto por:
- Acuerdo Abril 2008 Art. 1a $263,91
- Acuerdo Abril 2008 Art. 1b $100,00
- Acuerdo Abril 2009 Art. 4 $300,00
- Acuerdo Enero 2010 Art. 2 $100,00
Según lo que dice el artícuo del acuerdo , dicho s acuerdos pasan a integrar el básico a partir de julio en 12 cuotas iguales, finalizando la incoporación en el mes de junio de 2011.
Entonces total de “Acuerdos anteriores” $263,91, se incorporará al básico en 12 cuotas de $763,91/12 = $63,66
- Incorporación al básico para el mes de julio 2010: $63,66
- Saldo de “Adicional acuerdos no remunerativos anteriores” para el mes de julio 2010: $700,25
Ahora, como el acuerdo dice que se “deberán incluir el monto equivalente a los aportes a cargo del trabajador. Ello tiene por finalidad permitir que el trabajador no sufra una merma en su ingreso real, y siga percibiendo en su salario de bolsillo el mismo monto que recibía cuando los conceptos le eran liquidados sin aportes, atento su carácter no remunerativo.”
El empleador deberá compensar los mayores aportes que ahora deberá realizar el empleado para que el neto a pagar no sufra cambios, y el sueldo de bolsillo sea el mismo.
Al respecto, debemos tener en cuenta que los acuerdos no remunerativos sufren una retención del 5,5% (3% obra social, 2% SEC, 0,5% FAECYS)
Y al incorporarse al básico pasarán a sufrir una retención del 19.50% (11% Jubilación, 3% Ley 19032, 3% obra social, 2% SEC, 0,5% FAECYS)
Veamos el caso en números:
1. No remunerativo: $63,66 – 5.5% = $60,16
2. Remunerativo: $63,66 – 19,5% = $51,25
Ahora compensar esa pérdida de $8,91 ($60,16 – $51,25), lo que dedemos hacer es multiplicar los 63,66 por 17,3913% mas.
Entonces $ 63,66 x 1,173913 = 74,73
Realizamos la comprobación:
3. Remunerativos: $63,66 – 5.5% = $60,16 (llegamos al mismo resultado que en 1.)
De esta manera comprobamos el resultado, el neto a pagar, una vez incrementada la base en un 17,39%, será el mismo.
Determinación del acrecentamiento o Grossing up
Ahora, seguramente la pregunta será de donde surge el 17,3913%, que debe sufrir la parte que pasa de remunerativo a no remunerativo. Veamos de donde surge y como se determina:
100 – porcentaje de aportes No Remunerativos
_____________________________________ = tasa acredentamiento (grossin up)
100 – porcentaje de aportes Remunerativos
Reemplazamos las variables:
100 – 5,50 94,50
___________ = ______ = 17,3913 (tasa de acrecentamiento)
100 – 19,5 80,50
Los distintos casos que se pueden presentar
Ahora, pueden, y de hecho existen, aparecer casos en que los porcentajes de aportes que sufre el empleado son diferentes.
Por ejemplo, en los casos de empleados que no están afiliados a OSECAC y, como yo sostienen que no corresponde descontarle el porcentaje destinado a la obra social, solo retenían el 2.5% (2% SEC y 0.5% FAECYS).
Para esos casos, el porcentaje a aplicar será otro, pero la formula la misma, solo debemos reemplazar por las variables correspondientes:
100 – 2,5 97,50
___________ = ______ = 12,1118
100 – 19,5 80,50
Lo mismo sucederá para el caso de empleados afiliados al sindicato, que deben realizar un aporte extra, que varía según la zona, pero que un muchos lugares es del 2%, entonces quedaría:
100 – 7,50 92,50
___________ = ______ = 17,8343
100 – 21,5 78,50
Pero si seguimos el procedimiento establecido en los acuerdos, el porcentaje de antiguedad, se aplica sobre los básicos de convenio. Por tal motivo, habrá que esperar a que el gremio publique los básicos correspondientes, y en todo caso, calcular sobre esos básicos básicos de convenio, el porcentaje de antiguedad. Y la direncia, quedará como un adicional.
gustavo dice
hola ignacio que pasa con los 75 pesos fijos cuando se termina con el acuerdo junio 2010, desaparecen
ignacio que pasa con los 75 pesos fijos cuando termina el acuerdo junio 2010 desaparecen o no
Hola Gustavo, habría que ver la liquidación, pero no debería haber diminuido
te entiendo Ignacio pero por ejemplo en junio el 15% que me pagaron fue 510 ahora en Julio fue de 439 entonces digo me bajaron $ 70 del aumento. y pense que era porque pasaron parte al basico.
sludo
Gustavo
Hola Gustavo, el 15 % se determinó en mayo o junio, no se vuelve a realizar el cálculo
ya que lo descuentan del no remunerativo y lo pasan al basico quedaria la misma suma del aumento. si antes de pasarlo al basico de aumento cobrabas 400. al pasarlo deberia ser lo mismo, no?
saludos Gustavo