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Aumenta el aporte mensual de los trabajadores autónomos

2 septiembre, 2009 Por Ignacio 6 comentarios

Segundo y último aumento del 2009 en el aporte de los trabajadores autónomos

Desde el día de hoy, 1º de septiembre, los trabajadores autónomos verán, incrementados los aportes que deben ingresar periódicamente. Es el segundo incremento en el año, y se debe a la norma de movilidad jubilatoria aprobada el año pasado. Por lo tanto, la suba el 7,34% en los haberes jubilatorios aumenta en la misma proporción el aporte a cargo de los trabajadores autónomos.

Ahora, ¿A partir de cuándo rige el aumento de autónomos?

El incremento en el monto de las categorías de autónomos entra en vigencia para el devengado septiembre de 2009, cuyo vencimiento opera en octubre de 2009. Por tal razón, la AFIP no ha publicado todavía la resolución con las nuevas escalas.

Sin embargo, la Editorial Errepar y el portal iprofesional han recalculado los aportes y han publicado la escala. Pero, los importes difieren entre si, por lo que, a título informativo les dejo las dos escalas publicadas:

  • Según Errepar

Régimen General:

Categorías
Importe Mensual
V
675,20
IV
491,06
III
306,92
II
214,84
I
153,46

Actividades Penosas o Riesgosas:

Categorías
Importe mensual
I´ (I Prima)
$ 167,85
II´ (II Prima)
$ 234,84
III´ (III Prima)
$ 335.69
IV´ (IV Prima)
$ 537,10
V´ (V Prima)
$ 738,51
  • Según InfoProfesional:

Régimen General:

Categorías
Importe Mensual
V
675,79
IV
491,48
III
307,18
II
215,02
I
153,59

*InfoProfesional sólo ha publicado la escala correspondiente al régimen general.

Tomando la vieja tabla y aplicando el índice del 7,34% de incremento, los valores correctos serían los de que publica Errepar, pero de todas formas hay que esperar la publicación de la Resolución General por parte de la AFIP para tomar los valores oficiales a la hora de pagar.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Autónomos

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Comentarios

  1. Ignacio dice

    2 septiembre, 2009 a las 11:03 pm

    Lo que debés pagar es el valor anterior con los intereses correspondientes, separando aportes y contribuciones.

    Responder
  2. Daiana dice

    2 septiembre, 2009 a las 3:16 pm

    ….entonces???

    no me queda claro aún.

    Tenía entendido que si debo Autónomos de 12/08…debo pagar al valor que se paga hoy.

    Hoy es $ 200.14.

    Entonce pagaré el periodo 12/08 a $ 200.14 más los intereses resarcitorios.

    Responder
  3. Ignacio dice

    2 septiembre, 2009 a las 2:38 pm

    DAIANA: No, las cuotas anteriores se pagan a su correspondiente valor, el auemento es partir del devengado de septiembre.

    ANONIMO: no, todavía no se publicó.

    Responder
  4. Anónimo dice

    2 septiembre, 2009 a las 2:11 pm

    cual es el numero de la resolución/norma por la que aumentan los aportes?

    Responder
  5. Daiana dice

    2 septiembre, 2009 a las 2:00 pm

    Hola Ignacio, pero al día de hoy…..si voy a cancelar períodos que tenga adeudados los cancelo al valor de antes, es decir…si vengo pagando $ 200.14….y quiero cancelar meses pasados impagos…los cancelo, por ahora, a $ 200,14, no?

    Recién en Octubre pagaré $ 214??

    Es así….???

    Responder
  6. Rau dice

    2 septiembre, 2009 a las 1:26 pm

    Cuando se va a publicar la escla oficial?

    Responder

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