Liquidación de haberes para el mes de Agosto 2013 con el feriado del lunes 19. Empleados de Comercio CCT 130/75.
Feriado del 19 de Agosto: no trabajó
Jornada: Completa
El básico para el mes de Agosto de 2013, es el mismo que determinamos en la liquidación de mayo, y lo podemos lo podemos buscar en la escala para cada categoría. Para el caso de un Administrativo A es de $ 5.276,22.
Ahora, para determinar el monto para los días normales trabajados en el mes, calculamos el valor día:
5.276,22 / 30 = 175,87
y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 29:
175,87 x 29 = $ 5.100,35
Feriado no trabajado: $211,05
Corresponde al Feriado del 19 de agosto que, según los datos del ejemplo, el trabajador no prestó servicios en ese día.
Veamos la forma de cálculo:
5.276,22 / 25 = 211,05 por el feriado
o lo que es lo mismo, sumarle un 20% al valor día normal 175,87 + 20% = 211,05
Ese 20% que se obtiene es lo que algunos denominan “plus por feriado.”
Es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
5.276,22 x 5 x 1% = 263,81
En la liquidación de mayo, vimos como calcular el aumento salarial no remunerativo acordado en la última paritaria, pero a modo de resumen digamos que es el 14% sobre el básico de mayo:
738,67 / 30 = $ 24,62
y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 28:
24,62 x 29 = $ 714,05
Feriado no trabajado: $29,55
Al igual que como hicimos con las sumas remunerativas, debemos determinar el valor del día feriado sobre el acuerdo no remunerativo.
Veamos la forma de cálculo:
738,67 / 25 = $ 29,55 por el feriado
Asistencia y puntualidad: $61,97
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para
este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el
cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este
porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
- 3% de Obra Social
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al
sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo
consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que
tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede
cambiar.
Hasta aquí el ejemplo, como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Hola Gente, me acabo de recibir. Me gustaría saber si por empleados de comercio me corresponde cobrar algo por el título.,
Trabajo como vendedor con la catergoría vendedor B.
Saludos y gracias
Hola quisiera saber cuánto tengo q ganar trabajo 46 1/2 horas semanales y me están x poner en blanco
Hola me están por poner en blanco y me quieren pagar 3400 soy empleada en una cafetería y heladeria, y trabajo 46 1/2 x semana. Cuánto me tiene q pagar realmente? Como sueldo basico
hola soy sergio yo trabajo como encargado en un local de ropa de lunes a lunes el horario es de lunes a sabado de 10 a 20 hs y los domingo de 14 a 19 hs con dos días de franco semanal cuanto tendría que estas ganando de sueldo